Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Nueva política sobre la adición de nombres a los certificados de bienes raíces

Nueva política sobre la adición de nombres a los certificados de bienes raíces

Análisis legal: Diferentes personas (cónyuge, padres, hermanos y hermanas, etc.) deben agregar sus nombres al certificado de propiedad inmobiliaria y las regulaciones son diferentes. El nombre añadido al certificado inmobiliario se puede solicitar por donación o venta. Si se trata de un regalo, primero debe acudir a la notaría para solicitar un certificado de regalo y luego acudir al centro de comercio inmobiliario con su cédula de identidad, certificado inmobiliario y certificado notarial para completar los trámites de registro. Si se trata de una compra o venta, ambas partes primero deben firmar un contrato de venta y luego llevar el certificado de propiedad, la tarjeta de identificación y el certificado de pago del impuesto a la propiedad al centro de comercio de bienes raíces para su procesamiento.

Base jurídica: “Reglamento Transitorio sobre Registro de Bienes Raíces”

Artículo 14 Si se solicita el registro de bienes inmuebles por venta o hipoteca, ambas partes deberán solicitarlo al mismo tiempo. En cualquiera de las siguientes circunstancias, el interesado podrá solicitar unilateralmente:

(1) Solicitar la inscripción por primera vez de un inmueble no registrado; (2) Adquirir derechos inmobiliarios mediante herencia o aceptación de legado;

(3) El establecimiento, modificación, transmisión o eliminación de derechos inmobiliarios mediante documentos legales efectivos o decisiones del gobierno popular.

(4) El nombre, la propiedad o la naturaleza; condiciones del obligante Si se produce un cambio, solicitar el registro de cambio;

(5) El inmueble se pierde o el titular del derecho renuncia a los derechos inmobiliarios y solicita la baja;

(6) Solicitar registro de corrección o registro de objeción;

(7) Otras circunstancias previstas en leyes y reglamentos administrativos que podrán ser aplicados unilateralmente por las partes.