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Las obligaciones de los operadores turísticos son:

Obligaciones de los operadores turísticos:

Las obligaciones de los operadores turísticos se refieren a las responsabilidades que deben desempeñar los operadores turísticos en la operación de las actividades turísticas, es decir, los operadores turísticos deben realizar ciertas conductas de acuerdo con la ley O reprimir el propio comportamiento. Las obligaciones de los operadores turísticos corresponden a los derechos de los consumidores turísticos. La realización de los derechos de los consumidores turísticos se realiza en cierta medida mediante el cumplimiento de las obligaciones por parte de los operadores turísticos. De acuerdo con los artículos 16 a 25 de la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor, los operadores turísticos deben cumplir las siguientes obligaciones:

(1) Cumplir las obligaciones estipuladas en las leyes y reglamentos pertinentes y las obligaciones acordadas con los consumidores de viajes. El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en las leyes y reglamentos pertinentes incluye el siguiente contenido: ① Al proporcionar bienes o servicios a consumidores turísticos, los operadores turísticos deberán cumplir con la Ley de Calidad de Productos, la Ley de Higiene de los Alimentos, la Ley de Administración de Medicamentos, los Reglamentos de la Administración de Publicidad, la Ley de Marcas Registradas y la Ley de Marcas Registradas de mi país. otras leyes y reglamentos. ②Los operadores turísticos tienen la obligación de cumplir sus acuerdos legales con los consumidores turísticos. El acuerdo entre operadores turísticos y consumidores turísticos se refiere al acuerdo entre operadores turísticos y consumidores turísticos sobre bienes o servicios. Este es un contrato de doble obligación. Por supuesto, este acuerdo no debe violar las disposiciones de las leyes y reglamentos.

(2) Obligación de aceptar la supervisión del consumidor turístico. La obligación de aceptar la supervisión de los consumidores turísticos incluye lo siguiente: ① Los operadores turísticos deben aceptar las críticas y sugerencias de los consumidores turísticos a través de canales o métodos eficaces, como la creación de agencias especializadas, la asignación de personal de tiempo completo para recopilar, escuchar las críticas de los consumidores y sugerencias, diálogo con los consumidores, etc. ② Poner las actividades de suministro de bienes o servicios a los consumidores turísticos bajo la supervisión efectiva de los consumidores turísticos.

(3) Obligación de garantizar la seguridad de los bienes o servicios. Las obligaciones para garantizar la seguridad de los bienes y servicios incluyen lo siguiente: ① Los bienes o servicios proporcionados por los operadores turísticos deben cumplir con los requisitos para proteger la seguridad personal y de la propiedad. Los operadores turísticos deben estar equipados con instalaciones y equipos de seguridad turística, realizar inspecciones y mantenimiento periódicos de las instalaciones turísticas, establecer un sistema de responsabilidad de gestión de la seguridad y garantizar la seguridad personal y patrimonial de los turistas. La operación de instalaciones de entretenimiento debe obtener un certificado de aceptación del departamento de inspección técnica de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. ② Para los bienes y servicios que puedan poner en peligro la seguridad personal y de la propiedad, se deben dar explicaciones verdaderas y advertencias claras a los consumidores turísticos, y se deben explicar y marcar los métodos de uso correcto y los métodos para prevenir daños. ③ Si hay defectos graves en los bienes o servicios que pueden causar daños personales o a la propiedad de los consumidores turísticos, incluso si se usan correctamente, los operadores turísticos deben informar inmediatamente a los departamentos pertinentes e informar a los consumidores turísticos, y al mismo tiempo tomar medidas para prevenir el daño. de que ocurra.

(4) Obligación de proporcionar información veraz sobre bienes o servicios. La obligación de proporcionar información verdadera sobre bienes y servicios incluye lo siguiente: ① Los operadores turísticos deberán proporcionar información verdadera sobre bienes o servicios a los consumidores de viajes y no harán propaganda falsa que conduzca a malentendidos. ② Deben darse respuestas verdaderas y claras a las preguntas planteadas por los consumidores turísticos sobre la calidad de los bienes o servicios y cómo utilizarlos. ③ El precio de los bienes o servicios debe estar claramente marcado.

(5) Obligación de indicar el verdadero nombre y marca del operador. La obligación de indicar el verdadero nombre y marca del operador turístico incluye lo siguiente: ① Los operadores turísticos y operadores que alquilan mostradores o locales comerciales ajenos deben indicar verazmente el nombre de la empresa y la marca comercial. ②Solo puede utilizar el nombre real de su empresa de turismo o su marca comercial. No está permitido utilizar un nombre de empresa registrado y no aprobado; no está permitido cambiar o utilizar un nombre de empresa registrado y aprobado sin autorización; no está permitido falsificar nombres de empresas y marcas comerciales de otras personas; No está permitido falsificar o utilizar nombres comerciales o marcas comerciales de otras personas, nombres de empresas o marcas comerciales que sean suficientes para causar malentendidos entre los consumidores turísticos.

(6) Obligación de expedir comprobantes de compra o documentos de servicio. La obligación de emitir vales de compra o documentos de servicio incluye lo siguiente: ① Cuando los operadores turísticos proporcionan bienes o servicios, deben emitir vales de compra o documentos de servicio a los consumidores de conformidad con las regulaciones o prácticas comerciales nacionales pertinentes. ② Cuando los consumidores turísticos solicitan vales y documentos de consumo, los operadores deben emitirlos. El comprobante de compra se refiere al comprobante escrito emitido por el vendedor del producto al comprador del producto después de la ejecución del contrato de venta para demostrar el cumplimiento del contrato. Las prácticas comerciales se refieren a las prácticas generalmente seguidas por los operadores de una determinada industria al vender bienes o prestar servicios, especialmente las prácticas al emitir vales de compra o recibos de servicio a los consumidores. Aunque no está estipulado por las leyes y reglamentos nacionales, los operadores pertinentes lo reconocen y respetan y desempeña un papel importante en el mantenimiento del orden normal de las transacciones y la protección de los derechos e intereses de los consumidores.

(7) Obligación de garantizar la calidad de los bienes o servicios. La obligación de garantizar la calidad de los bienes o servicios incluye lo siguiente: ① A menos que los consumidores turísticos sean conscientes de los defectos antes de comprar los bienes o recibir los servicios, los operadores turísticos se asegurarán de que, bajo el uso normal de los bienes de viaje o de la recepción de los servicios de viaje, , Los productos turísticos o servicios turísticos que proporcione deben tener cierta calidad, desempeño, finalidad y período de vigencia. ② Cuando los operadores turísticos indiquen el estado de calidad de los productos turísticos o servicios turísticos a través de anuncios, productos, descripciones, muestras físicas u otros medios, se asegurarán de que la calidad real de los productos turísticos o servicios turísticos que brindan sea consistente con el estado de calidad indicado. .

(8) Obligación de asumir “tres garantías” y otras responsabilidades. La obligación de asumir las "Tres Garantías" y otras responsabilidades incluye lo siguiente: ① El operador turístico asume la responsabilidad de la reparación, reemplazo y devolución de los productos turísticos de acuerdo con las regulaciones o acuerdos, u otras responsabilidades (como incumplimiento de contrato, infracción e incumplimiento de otras obligaciones); ② basándose en las características de las diferentes industrias de servicios, serán responsables de los servicios que prestan de conformidad con las regulaciones o acuerdos nacionales pertinentes; ③ no retrasarán intencionalmente ni se negarán injustificadamente a realizar los servicios pertinentes; obligaciones.

(9) No se utilizarán obligaciones que restrinjan los derechos de los consumidores mediante contratos de formato u otros medios. La obligación de no restringir los derechos de los consumidores a través de contratos de formato y otros medios incluye lo siguiente: ① Los operadores turísticos no deberán hacer disposiciones injustas e irrazonables para los consumidores de turismo a través de contratos de formato, avisos, declaraciones, avisos de tienda, etc. ② La responsabilidad civil por dañar los derechos e intereses legítimos de los consumidores turísticos no se reducirá ni eximirá de la manera anterior. ③Si el contrato de formato viola las dos primeras obligaciones, el contenido no será válido. Un contrato de formato también se denomina contrato estereotipado o contrato estandarizado en el ámbito del consumidor, se refiere a los términos del contrato redactados unilateralmente cuando un operador celebra un contrato con un consumidor. Sus características son: el sujeto de formulación del contrato tipo es el operador; la contraparte sólo es libre de aceptar el contrato, pero no tiene libertad de participar en la determinación del contenido del contrato: el destinatario del contrato es una mayoría no especificada. de los consumidores, y tiene ciertos derechos en términos de objetos aplicables. Universalidad una vez formulada, puede ser utilizada por un largo período de tiempo y es fija y continua. Los avisos, declaraciones, avisos en tiendas y otros medios se refieren a que los operadores utilizan medios explícitos para informar a los consumidores sobre sus condiciones comerciales relevantes. Los avisos, extractos y avisos de tienda son métodos habituales en la práctica. Además, también existen instrucciones, avisos, instrucciones al cliente, etc.

(10) Obligación de respetar los derechos personales de los consumidores. La obligación de respetar los derechos personales de los consumidores incluye lo siguiente: ① No insultar ni difamar a los consumidores turísticos. Los operadores u otros utilizan a otros para fabricar y difundir hechos falsos, o utilizan un lenguaje incivilizado y descortés para menospreciar y difamar la dignidad humana de los consumidores turísticos, lo cual es un acto que infringe el derecho de los ciudadanos a la reputación. ② No se permite registrar el cuerpo de los consumidores turísticos ni los objetos que transportan. ③No se infringirá la libertad personal de los consumidores turísticos.

(11) Los operadores turísticos deben respetar la ética profesional y operar de acuerdo con la ley en sus actividades comerciales; seguir los principios de igualdad, voluntariedad, equidad y buena fe y divulgar los servicios y estándares de cobro; .

(12) Los operadores turísticos deberán establecer y mantener archivos comerciales completos, aceptar la supervisión y gestión del departamento administrativo de turismo y proporcionar verazmente información relevante, como operaciones turísticas y estadísticas turísticas.

(13) Los operadores turísticos deben fortalecer la educación y la capacitación de los empleados e implementar servicios estandarizados y estandarizados de acuerdo con los estándares nacionales y de la industria turística.

(14) Los operadores turísticos deben obtener calificaciones de calidad del servicio de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes e implementar una gestión estandarizada de la calidad del servicio. Los operadores turísticos que no hayan obtenido un grado de calidad de servicio no pueden utilizar carteles y títulos de grado de calidad de servicio para publicidad o actividades comerciales. El Estado alienta a los operadores turísticos a solicitar la certificación del sistema de calidad empresarial.

Base legal:

"Ley de Protección de los Derechos e Intereses del Consumidor"

Artículo 16 Los operadores que suministren bienes o servicios a los consumidores deberán cumplir con esta Ley y cumplir con las obligaciones establecidas en otras leyes y reglamentos pertinentes.

Si los operadores y consumidores tienen un acuerdo, deberán cumplir con sus obligaciones de acuerdo con el acuerdo, pero el acuerdo entre las dos partes no violará las disposiciones de las leyes y reglamentos.

Los operadores que proporcionan bienes o servicios a los consumidores deben respetar la ética social, operar con integridad y proteger los derechos e intereses legítimos de los consumidores; no deben establecer condiciones de transacción injustas o irrazonables, ni forzar transacciones.

Artículo 17 Los operadores escucharán las opiniones de los consumidores sobre los bienes o servicios que proporcionan y aceptarán la supervisión de los consumidores.

Artículo 18 Los operadores deberán garantizar que los bienes o servicios que proporcionen cumplan con los requisitos para proteger la seguridad personal y de la propiedad. Para los bienes y servicios que puedan poner en peligro la seguridad personal o de la propiedad, se darán explicaciones verdaderas y advertencias claras a los consumidores, y se explicarán y marcarán los métodos correctos de usar los bienes o recibir servicios y los métodos para prevenir daños.

Los operadores de hoteles, centros comerciales, restaurantes, bancos, aeropuertos, estaciones, puertos, cines y otros locales comerciales deberán cumplir con sus obligaciones de seguridad y protección para con los consumidores.

Artículo 19 Si los operadores descubren que los bienes o servicios que brindan son defectuosos y ponen en peligro la seguridad personal o patrimonial, informarán inmediatamente a los departamentos administrativos pertinentes e informarán a los consumidores, y tomarán medidas para detener las ventas y emitir advertencias. , retirada, tratamiento inofensivo, destrucción, cese de producción o servicio y otras medidas. Si se toman medidas de retirada, los operadores correrán con los gastos necesarios en que incurran los consumidores debido a la retirada de mercancías.

Artículo 20: Los operadores deberán proporcionar información veraz y completa a los consumidores sobre la calidad, desempeño, uso, período de validez, etc. de los bienes o servicios, y no realizarán publicidad falsa o engañosa.

Los operadores deberán dar respuestas verdaderas y claras a las consultas de los consumidores sobre la calidad y el uso de los bienes o servicios que brindan.

Los operadores comerciales deben marcar claramente los precios al proporcionar bienes o servicios.

Artículo 21 Los operadores deberán indicar su verdadero nombre y marca.

Los operadores que alquilen mostradores o locales ajenos deberán indicar sus verdaderos nombres y marcas.

Artículo 22 Cuando los operadores proporcionen bienes o servicios, emitirán facturas y otros vales de compra o documentos de servicio a los consumidores de conformidad con las regulaciones o prácticas comerciales nacionales pertinentes. Los consumidores que soliciten facturas y otros vales de compra o servicios; Si el documento es requerido, el operador deberá emitirlo.

Artículo 23 Los operadores garantizarán la calidad, el desempeño, el propósito y el período de validez de los bienes o servicios que brindan bajo el uso normal de los bienes o la recepción de los servicios; sin embargo, cuando los consumidores compren los bienes o servicios, se harán excepciones; si ya se sabe que los bienes o servicios son defectuosos antes de recibir el servicio, y la existencia de los defectos no viola las disposiciones obligatorias de la ley.

Si los operadores indican el estado de calidad de bienes o servicios a través de anuncios, descripciones de productos, muestras físicas u otros medios, deberán asegurarse de que la calidad real de los bienes o servicios que brindan sea consistente con el estado de calidad indicado. .

Para vehículos de motor, computadoras, televisores, refrigeradores, aires acondicionados, lavadoras y otros bienes duraderos o servicios de decoración y decoración prestados por los operadores, los consumidores deberán descubrirlos dentro de los seis meses siguientes a la fecha de recepción de los bienes o servicios. Si surge una disputa sobre defectos, el operador asumirá la carga de probar los defectos.

Artículo 24 Si los bienes o servicios prestados por los operadores no cumplen con los requisitos de calidad, los consumidores podrán devolver los bienes de conformidad con la normativa nacional y el acuerdo de las partes, o exigir a los operadores que realicen reemplazo, reparación, etc. obligaciones. En ausencia de regulaciones nacionales y de un acuerdo entre las partes, los consumidores pueden devolver los bienes dentro de los siete días siguientes a la fecha de recepción si las condiciones legales para la rescisión del contrato se cumplen después de siete días, los consumidores pueden devolver los bienes de manera oportuna si lo establece la ley; Si no se cumplen las condiciones para la rescisión del contrato, los consumidores pueden exigir al operador que cumpla con obligaciones tales como reemplazo y reparación.

En caso de devolución, sustitución o reparación de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, el operador correrá con los gastos necesarios como el transporte.

Artículo 25: Los operadores venden bienes a través de Internet, televisión, teléfono, venta por correo, etc., y los consumidores tienen derecho a devolver los bienes dentro de los siete días siguientes a la fecha de recepción sin indicar los motivos, salvo el siguientes productos: Excepto:

(1) Hechos a medida por los consumidores

(2) Artículos frescos y perecederos

(3) Descargas o desmontajes en línea; por parte de los consumidores productos audiovisuales sellados, programas informáticos y otros productos digitales;

(4) Periódicos y publicaciones periódicas entregados.

A excepción de los productos enumerados en el párrafo anterior, otros productos que no sean aptos para devolución debido a la naturaleza del producto y confirmado por el consumidor en el momento de la compra no son aptos para devolución sin motivo.

Los bienes devueltos por los consumidores deben estar en buenas condiciones. Los operadores devolverán el precio de los bienes pagados por los consumidores dentro de los siete días siguientes a la fecha de recepción de los bienes devueltos. El flete de devolución de la mercancía correrá a cargo del consumidor; si el operador y el consumidor tienen otros acuerdos, prevalecerá el acuerdo.

Artículo 26 Si los operadores utilizan cláusulas tipo en sus actividades comerciales, deberán llamar la atención de los consumidores sobre la cantidad y calidad de los bienes o servicios, los precios o tarifas, los plazos y métodos de ejecución y las precauciones de seguridad de manera visible. Las cuestiones y advertencias de riesgos, servicios posventa, responsabilidad civil y demás contenidos que sean de mayor interés para los consumidores se explicarán de acuerdo con las necesidades de los consumidores.

Los operadores no excluirán ni limitarán los derechos de los consumidores, reducirán o eximirán a los operadores de responsabilidades ni aumentarán las responsabilidades de los consumidores a través de términos estándar, avisos, declaraciones, avisos de tiendas, etc., que sean injustos e injustos para los consumidores. Las regulaciones no permiten el uso de cláusulas formales y medios técnicos para forzar transacciones.

Serán inválidos los términos de formato, avisos, declaraciones, avisos de tienda, etc. que contengan el contenido enumerado en el párrafo anterior.

Artículo 27 Los operadores no insultarán ni difamarán a los consumidores, no podrán registrar el cuerpo de los consumidores y los artículos que transportan, ni vulnerar la libertad personal de los consumidores.

Artículo 28 Los operadores que proporcionen bienes o servicios a través de Internet, televisión, teléfono, venta por correo, etc., así como los operadores que proporcionen valores, seguros, servicios bancarios y otros servicios financieros, deberán proporcionar a los consumidores servicios comerciales. servicios Dirección, información de contacto, cantidad y calidad de bienes o servicios, precio o tarifas, período y método de ejecución, precauciones de seguridad y advertencias de riesgos, servicio postventa, responsabilidad civil y otra información.

Artículo 29: Los operadores deberán seguir los principios de legalidad, legitimidad y necesidad al recopilar y utilizar la información personal de los consumidores, indicar claramente el propósito, método y alcance de la recopilación y el uso de la información, y obtener el consentimiento de los consumidores. . Los operadores que recopilan y utilizan información personal de los consumidores deben divulgar sus reglas de recopilación y uso, y no deben recopilar ni utilizar información en violación de las leyes, regulaciones y acuerdos entre las partes.

Los operadores y su personal deben mantener estrictamente confidencial la información personal de los consumidores recopilada y no la divulgarán, venderán ni proporcionarán ilegalmente a otros. Los operadores deben tomar medidas técnicas y otras medidas necesarias para garantizar la seguridad de la información y evitar la filtración y pérdida de información personal de los consumidores. Cuando ocurre o puede ocurrir una fuga o pérdida de información, se deben tomar medidas correctivas de inmediato.

Los operadores no pueden enviar información comercial a los consumidores sin su consentimiento o solicitud, o si los consumidores se niegan explícitamente.