Patentes de docencia e investigación científica
Según el artículo 6 de la Ley de Patentes, las invenciones y creaciones realizadas durante el desempeño de las tareas de la unidad o utilizando principalmente las condiciones materiales y técnicas de la unidad se clasifican como invenciones de servicios. El derecho a solicitar una patente para una creación o invención de servicios pertenece a la unidad, una vez aprobada la solicitud, la unidad se convierte en titular de la patente;
El derecho a solicitar una patente para invenciones y creaciones que no sean de servicio pertenece al inventor o diseñador; una vez aprobada la solicitud, el inventor o diseñador se convierte en titular de la patente;
Para invenciones y creaciones realizadas utilizando las condiciones materiales y técnicas de la unidad, si la unidad y el inventor o diseñador tienen un contrato que estipula el derecho a solicitar una patente y la propiedad del derecho de patente, dicho acuerdo prevalecerá.
Artículo 11 de las Normas de Aplicación de la Ley de Patentes. El término "invenciones y creaciones de servicios realizadas por las tareas de la unidad de ejecución" tal como se menciona en el artículo 6 de la Ley de Patentes se refiere a:
(1) Invenciones y creaciones en el ejercicio del trabajo;
(2) Invenciones y creaciones realizadas mediante la realización de tareas distintas al trabajo encomendado por la unidad
( 3) Invenciones y creaciones realizadas dentro de 1 año después de la renuncia, jubilación o transferencia de trabajo, invenciones y creaciones relacionadas con el trabajo original realizado por la unidad original o las tareas asignadas por la unidad original.
El término "unidad" mencionado en el artículo 6 de la Ley de Patentes incluye unidades de trabajo temporal; el término "condiciones materiales y técnicas de la unidad" mencionado en el artículo 6 de la Ley de Patentes se refiere a las unidades de trabajo; fondos, equipos, repuestos, materias primas o materiales no utilizados. Información técnica a disposición del público.