Reportando a mi jefe, ¿puedo solicitar horas extras?
La ley protege la salud de los trabajadores y su derecho al descanso, y no fomenta el trabajo de horas extras. Salvo en las circunstancias especiales previstas en el artículo 42 de la Ley del Trabajo, el empleador debe obtener el consentimiento del empleador para organizar horas extraordinarias. Por otro lado, si los trabajadores trabajan horas extras voluntariamente sin acuerdos con el empleador, la ley no lo respaldará y el empleador no podrá pagar salarios por horas extras ni concertar licencias compensatorias.
Ley del Trabajo
Artículo 41: Por necesidades de producción y operación, el empleador podrá ampliar la jornada laboral previa consulta con el sindicato y los trabajadores, generalmente no más de 1 hora diaria; Porque si por razones especiales fuera necesario ampliar la jornada laboral, la jornada ampliada no excederá de 3 horas diarias y no excederá de 36 horas mensuales, siempre que se garantice la salud de los trabajadores.
Artículo 42 En cualquiera de las siguientes circunstancias, la extensión de la jornada laboral no estará restringida por lo dispuesto en el artículo 41 de esta Ley:
(1) Los desastres naturales o accidentes ocurren o otras razones que amenazan la vida, la salud y la seguridad de la propiedad de los empleados y requieren tratamiento de emergencia;
(2) Cuando los equipos de producción, las líneas de transporte y las instalaciones públicas funcionan mal y afectan la producción y los intereses públicos, deben ser reparados en tiempo y forma;
(3) Otras circunstancias previstas en leyes y reglamentos administrativos.