Varios problemas relacionados con la entrega de mercancías sin conocimiento de embarque
Lord Diplock afirmó una vez en el caso Barclays Bank Ltd. contra comisiones de aduanas y excesos [1963] 1 lrl 81 que el armador no está obligado a entregar las mercancías sin recibir el conocimiento de embarque original. a cualquier persona, incluso al destinatario designado. A falta de un conocimiento de embarque original, el propietario del buque tiene derecho a tomar posesión de las mercancías, a menos que pueda dar una explicación razonable. Si el armador entrega las mercancías, será responsable el armador si el consignatario no es el verdadero armador. 22
El artículo 71 de la Ley Marítima de mi país no excluye los conocimientos de embarque designados cuando exigen obligaciones de entrega de documentos del porteador. El transportista bajo el conocimiento de embarque designado también tiene obligaciones de entrega de documentos. La razón por la que la ley exige que el transportista entregue las mercancías con el conocimiento de embarque original es para garantizar el objeto de entrega correcto, proteger los derechos del titular del conocimiento de embarque sobre las mercancías, garantizar el cumplimiento del contrato comercial y proporcionar servicios efectivos. alivio al vendedor cuando falla el cumplimiento. En el caso de un conocimiento de embarque registrado, el transportista no entrega las mercancías al destinatario registrado con el conocimiento de embarque original. Aunque el objeto de la entrega sea correcto, el vendedor pierde la garantía de cobro y el derecho a controlar y disponer de la mercancía. Por lo tanto, incluso si se trata de un conocimiento de embarque designado, la entrega de mercancías sin un conocimiento de embarque original puede infringir los derechos de propiedad del vendedor según el conocimiento de embarque y brindar una oportunidad para que el comprador eluda las obligaciones de pago de un conocimiento de embarque designado; no es una excepción al conocimiento de embarque original. El Tribunal Marítimo de Guangzhou confirmó en el caso Wanbao Group Guangzhou Feida Electrical Appliance Factory contra American President Steamship Co., Ltd. y el Tribunal Marítimo de Qingdao en el caso Laiwu Aishidi Biochemical Co., Ltd. contra Haicheng Bonda International Freight Forwarding Co., Ltd. que el transportista aún debe presentar el conocimiento de embarque original Principios de entrega de mercancías bajo conocimiento de embarque
2. Copia del conocimiento de embarque y garantía de entrega. Aunque es obligación estricta del transportista entregar las mercancías contra el conocimiento de embarque original, si las mercancías se liberan fácilmente, el transportista puede enfrentar reclamaciones por parte del transportista, del titular del conocimiento de embarque o del banco. Pero la situación real es complicada, y hacer demasiado hincapié en la entrega según el conocimiento de embarque original puede tener consecuencias graves: a veces, a menos que se notifique inmediatamente al tercero y se dé una respuesta inmediata, el porteador tendrá que sufrir algunas pérdidas, como la pérdida del cronograma de envío y la pérdida de costos de almacenamiento. Aunque legalmente suele ser posible reclamar sobreestadía por la negativa del armador a descargar la carga sin el conocimiento de embarque original, el armador no puede obtener ganancias por el retraso y sufrirá más o menos pérdidas, al menos los costos del litigio no pueden ser reclamado. Si los retrasos continúan, habrá un efecto de bola de nieve y es posible que se pierdan la fecha de envío y la fecha de terminación del próximo contrato de fletamento, o se prometa una fecha como la próxima fecha de envío listo pero la promesa no se cumpla. Por lo tanto, en la práctica, los transportistas suelen adoptar algunos métodos alternativos. Si el destinatario presenta una copia del conocimiento de embarque y proporciona una carta de garantía legítima y acreditada (es decir, emitida por un banco u otra institución), garantiza que asumirá toda la responsabilidad que surja de la entrega de mercancías por parte del transportista sin una conocimiento de embarque; y garantiza que el destinatario recibirá inmediatamente el conocimiento de embarque y devolverá el conocimiento de embarque original al transportista), el transportista casi siempre lo aceptará, es decir, entregará la mercancía con una copia del conocimiento de embarque. presentado por el consignatario más una carta de garantía. Las leyes de Japón, el Reino Unido y la provincia de Taiwán reconocen todas las garantías de entrega y también lo reconocen las prácticas comerciales de varios países.
En la práctica judicial de nuestro país también se reconoce que la garantía por entrega de mercancías sin conocimiento de embarque (la principal deuda garantizada por la garantía es la deuda de enriquecimiento injusto entre el transportista y el consignatario sin un conocimiento de embarque), y la relación entre el acreedor y la deuda es siempre que no violen el orden público y las buenas costumbres, como la colusión maliciosa o el engaño a un tercero, y estén protegidas por la ley). Sólo cuando el porteador sabe o debe saber que el destinatario tiene malas intenciones, o sabe que el destinatario no es el destinatario, pero aun así le permite garantizar la entrega de las mercancías, se puede determinar que el porteador ha cometido fraude contra el vendedor, y la carta de garantía no es válida.
Sin embargo, reconocer la validez de la carta de garantía no significa que el porteador pueda quedar exento de la responsabilidad de liberar mercancías sin conocimiento de embarque. La entrega de mercancías contra el conocimiento de embarque original sigue siendo su obligación básica. La validez o no de la carta de garantía no sólo afectará al transportista, garante y consignatario, sino que nunca afectará a terceros incluido el titular del conocimiento de embarque original. Por muy eficaz que sea la carta de garantía, no puede eximir al porteador de su responsabilidad legal ante el titular legal del conocimiento de embarque original. El Tribunal Marítimo de Guangzhou adoptó esta opinión en su sentencia sobre la disputa sobre la entrega de mercancías por un barco alemán sin un conocimiento de embarque original, sosteniendo que el porteador violó la práctica generalmente aceptada de entregar mercancías contra un conocimiento de embarque original y causó daños económicos. pérdidas al titular del conocimiento de embarque y debe asumir la responsabilidad de la compensación. La aceptación por parte del porteador de una carta de garantía para la entrega de las mercancías no lo exime de su responsabilidad frente al tenedor del conocimiento de embarque. Una garantía marítima es esencialmente un acuerdo de garantía entre el destinatario y el transportista. Sólo puede vincular a las partes de la garantía y no puede utilizar la garantía contra terceros, incluido el titular del conocimiento de embarque. Cuando el titular del conocimiento de embarque hace valer derechos contra el transportista con base en el conocimiento de embarque original, el transportista deberá compensar y luego determinar si puede obtener una compensación del emisor con base en la efectividad de la carta de garantía. Este caso reafirma el principio básico de entregar mercancías con un conocimiento de embarque original, y es muy representativo del proceso de garantía para la entrega de mercancías sin conocimiento de embarque. Se puede observar que la copia del conocimiento de embarque y la liberación de las mercancías mediante la carta de garantía no eximen al porteador de responsabilidad, y la eficacia de la carta de garantía no puede confundirse con la responsabilidad del porteador.