¿Qué debo hacer si mi marca está registrada por otra persona?
1. Solicitar oposición de marca.
El artículo 30 de la Ley de Marcas estipula que cualquier persona puede presentar una objeción a una marca aprobada preliminarmente dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio. Si no hay objeciones al vencimiento del período de anuncio, se aprobará el registro, se emitirá un certificado de registro de marca y se anunciará la marca.
2. Presentar una solicitud de nulidad de marca
El artículo 45 de la Ley de Marcas exige que la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas de la Administración Estatal de Industria y Comercio declare la nulidad de una marca registrada.
3. Compra de marca
La compra de marca es el acto de donar, vender o transferir una marca registrada propiedad de otros y utilizada por ellos. Los solicitantes pueden solicitar la transferencia de la marca a la empresa registrada y pagar una tarifa determinada para comprar la marca.