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¿Las lesiones intencionales son siempre un delito violento?

Los delitos violentos se refieren a actos delictivos que utilizan medios violentos (incluidas amenazas de violencia) para atacar a personas u objetos específicos o no específicos y poner en peligro intencionalmente la seguridad personal, la seguridad de la propiedad y la seguridad social de otros. * * * Se caracteriza por una violencia evidente.

(1) Estipular directamente la “violencia” como elemento constitutivo del delito. Por ejemplo, delitos de violencia que ponen en peligro la seguridad de los vuelos, resistencia fiscal, transacciones forzadas, violaciones, indecencia forzada, insultos a las mujeres, interferencia violenta con la libertad matrimonial, robo, obstrucción de deberes oficiales, obstrucción de testimonios, venta de sangre forzada, etc. Excepto por unos pocos de estos delitos que utilizan la violencia como elemento principal, la mayoría de ellos también estipulan que métodos y medios como la coerción pueden constituir delitos.

(2) Aunque "violencia" no se define directamente, el término legal en realidad se refiere al uso de violencia (incluida la violencia como coerción) para cometer tales delitos, mientras que "rebelión" se usa en el derecho penal. "disturbios", "coerción", "secuestro", "golpes", "reuniones para molestar", "reuniones para luchar", "robo", "disturbios". Como rebelión armada, disturbios, secuestros, secuestros de personas escoltadas, fugas de disturbios, reunión de personas armadas para robar cárceles, prostitución forzada, etc.

(3) No existe un requisito directo para la violencia y los términos legales no significan que tales crímenes solo puedan cometerse con violencia. Sin embargo, en la práctica, dichos crímenes generalmente se cometen con conceptos y formas tradicionales. Las teorías también creen que este tipo de delitos sólo pueden cometerse con violencia. El delito es un delito violento. Como explosión, incendio provocado, homicidio intencional, lesiones intencionales y otros delitos.

(4) Aunque no concurran las características o rasgos antes mencionados, la ley establecerá que quienes cometan delitos con violencia serán severamente castigados, o sancionados conforme a los delitos correspondientes previstos en la ley penal. . Por ejemplo, el delito de organización, liderazgo y participación en una organización terrorista en el ítem 5, el delito de cobertura armada para diversos delitos de contrabando, el delito de detención ilegal, el delito de secuestro de mujeres y niños en los ítems 2 y 3, y el delito de compra de mujeres y niños secuestrados. Debido a la inconsistencia de las disposiciones legales sobre estos delitos, no existe un entendimiento unificado sobre cómo definir la connotación y extensión de los delitos violentos.