¿Tiene derecho a heredar una madrastra que no la mantiene?
No existe ningún derecho de herencia legal entre una madrastra y sus hijastros sin custodia. La formación de los derechos sucesorios se basa en el parentesco consanguíneo o la relación de apoyo jurídico. En ausencia de una relación de custodia, la madrastra no tiene derechos de herencia sobre el patrimonio de los hijastros y los hijastros no tienen la obligación de mantener a la madrastra. Si la madrastra no establece una relación jurídica con sus hijastros, no será considerada heredera legal en la herencia del patrimonio de los hijastros.
Orden jurídico de la herencia:
1. Primer heredero: cónyuge, hijos, padres;
2. Segundo orden: hermanos, hermanas, abuelos, abuelos maternos. Abuelos;
3. Herencia testamentaria: el heredero designado por el testamento;
4. Herencia legal por subrogación: cuando el heredero legal fallece antes que el causante, sus hijos pueden heredar. por subrogación;
5. Herencia estatal y colectiva: Cuando no hay heredero o el heredero renuncia a la herencia, la herencia pertenece al estado o a la colectiva.
En resumen, una madrastra que no tiene relación de custodia no tiene derecho a heredar la herencia de sus hijastros, porque el derecho de herencia depende del parentesco consanguíneo o de la relación de custodia legalmente reconocida. Sin esta relación, la madrastra no es reconocida como heredera legal en la herencia del patrimonio del hijastro, y el hijastro no tiene que asumir la responsabilidad de criar a la madrastra.
Base jurídica:
Código Civil de la República Popular China
Artículo 127
La herencia se heredará en el siguiente orden: (1) Primer Orden: cónyuge, hijos, padres; (2) Segundo orden: hermanos, hermanas, abuelos, abuelos maternos. Una vez que comience la herencia, los herederos del primer orden heredarán y los herederos del segundo orden no heredarán. Si no hay herederos del primer orden, heredarán los herederos del segundo orden. Los hijos mencionados en esta sección incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes. Los padres a los que se hace referencia en esta sección incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros dependientes. Los hermanos y hermanas a los que se hace referencia en esta sección incluyen hermanos y hermanas con los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros con relaciones de dependencia.