Asesoramiento legal en la etapa de arresto
Base jurídica: “Normas de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular”
Artículo 143: Si el sospechoso de un delito concurre alguna de las siguientes circunstancias, la Fiscalía Popular tomará la decisión de no aprobar la detención:
1. No cumple las condiciones de detención previstas en los artículos 139 a 142 de estas normas;
2. Hay violación del artículo 10 de la Ley de Procedimiento Penal; Una de las situaciones previstas en el artículo 5.
Artículo 487: Cuando la Fiscalía Popular se encargue de la revisión y detención de menores sospechosos de delitos, realizará una evaluación integral basada en los hechos del presunto delito, malignidad subjetiva, tutela y asistencia social del menor sospechoso. y la educación. Sus peligros sociales limitan estrictamente la aplicación de medidas de arresto.