Las denominadas organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos incluyen ()
Las organizaciones autorizadas por las leyes y reglamentos incluyen principalmente los siguientes tipos:
(1) Instituciones. Las instituciones públicas se refieren a unidades que crean o mejoran las condiciones de producción para el país, se dedican a actividades de servicios de producción agrícola para industrias y campos, y no tienen fines de lucro.
(2) Organización social. Aunque las organizaciones sociales no son organismos administrativos y no pertenecen al sistema administrativo, las leyes y reglamentos a menudo las autorizan a realizar determinadas funciones administrativas. Por ejemplo, varias asociaciones industriales tienen derecho a gestionar y operar determinados asuntos administrativos en su industria con base en el. autorización de leyes y reglamentos.
(3) Organizaciones autónomas de masas de base. Las organizaciones autónomas de masas de base se refieren a los comités de residentes y comités de aldeanos establecidos en ciudades y áreas rurales según las áreas donde viven los residentes y aldeanos.
(4) Organización empresarial. Las organizaciones empresariales son principalmente objeto de gestión administrativa, pero, en determinadas circunstancias, las leyes y reglamentos también pueden autorizarlas a ejercer determinadas facultades administrativas.
(5) Diversas instituciones de inspección y tasación técnica. Las leyes y reglamentos suelen autorizar a algunas instituciones técnicas pertinentes a manejar asuntos que requieren el uso de conocimientos, habilidades y equipos especializados para la inspección e identificación.
El estatus jurídico de las organizaciones autorizadas se refleja en los siguientes tres aspectos:
(1) En el ejercicio de las facultades que les confieren las leyes y reglamentos, las organizaciones autorizadas gozan del mismo estatus de sujeto administrativo que agencias administrativas.
(2) La organización autorizada gestiona en nombre propio las facultades que le confieren las leyes y reglamentos y soporta las consecuencias legales correspondientes.
(3) Cuando una organización autorizada realiza funciones propias distintas de las autorizadas, no goza de poder administrativo y no tiene la condición de sujeto administrativo.