Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - No hay ningún beneficio en plagiar canciones, es sólo para entretenimiento. ¿Debo pagar por los daños?

No hay ningún beneficio en plagiar canciones, es sólo para entretenimiento. ¿Debo pagar por los daños?

Este asunto puede ser grande o pequeño, depende principalmente de si has causado consecuencias graves. Si las circunstancias son obviamente menores, puedes disculparte y eliminar los elementos infractores.

El artículo 217 de la Ley Penal estipula cuatro tipos de infracción de derechos de autor: (1) Copiar y distribuir obras literarias, música, películas, televisión, videos, software y otras obras sin el permiso del propietario de los derechos de autor. (2) Publicar libros sobre los cuales otros tienen el derecho exclusivo de publicar; (3) Copiar y distribuir productos de audio y video sin el permiso de los productores de audio y video; (4) Producir o vender obras de arte que falsifiquen las firmas de; otros. Siempre que el autor tenga una de las cuatro conductas anteriores, cumple con las características objetivas del delito de infracción de derechos de autor. Entre ellos, "sin el permiso del propietario de los derechos de autor" se refiere a la situación de no obtener la autorización del propietario de los derechos de autor, falsificar o alterar el documento de licencia autorizado por el propietario de los derechos de autor o exceder el alcance de la autorización. Reproducción y distribución se refiere al acto de producir una o más copias de una obra mediante impresión, copia, copia, frotamiento, grabación, videograbación, rehacer, etc., y venderla o alquilarla al público.

Sanciones legales por el delito de infracción de derechos de autor

El artículo 217 de la "Ley Penal" estipula que quien cometa el delito de infracción de derechos de autor será condenado a pena privativa de libertad de duración determinada de no más de tres años o prisión penal, y será también o únicamente multado si el monto de las ganancias ilícitas es enorme o concurren otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años pero no; más de siete años, y también será multado. "La cantidad de ganancias ilegales es enorme" y "existen otras circunstancias particularmente graves", véanse las disposiciones del artículo 5, párrafo 2, de la "Interpretación de varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en la tramitación de casos penales por infracción de la propiedad intelectual". ".