¿Cuál es la diferencia entre homicidio intencional y lesión intencional? ¿Cuáles son las similitudes?
(1) El orden de aplicación de la pena de muerte es diferente. Si no existen circunstancias atenuantes del homicidio intencional, se aplicará la pena de muerte; si no existen circunstancias agravantes, se aplicará la pena de muerte. Si no concurre circunstancias agravantes, se aplicará la pena privativa de libertad de duración determinada superior a diez años. Se puede ver que la determinación precisa de si la conducta sospechada es homicidio intencional o lesión intencional que causa la muerte está relacionada con si la pena de muerte se aplica preferentemente al acusado y está directamente relacionada con los intereses de la vida del acusado.
¿Conceptos diferentes
? El homicidio doloso se refiere al delito de homicidio doloso, que se refiere al acto de privar intencional e ilegalmente a otros de su vida, y es un acto que atenta contra el derecho a la vida de los demás. El daño intencional se refiere al comportamiento de dañar intencionalmente el cuerpo de otros, lo cual es un acto que infringe el derecho a la salud de los demás.
(3) Diferentes objetos de la infracción
El homicidio intencional es un acto que intencionalmente atenta contra el derecho a la vida de los demás, y el objeto de la infracción es el derecho a la vida de los demás . El daño intencional tiene como objetivo dañar la salud de otra persona, pero no pretende quitarle la vida a otra persona. Su objeto es únicamente el derecho a la salud de los demás.
(4) Las disposiciones para completado e intentado son diferentes.
? El homicidio doloso se puede dividir en homicidio consumado y tentativa de privación de la vida a otra persona, mientras que la falta de privación de la vida a otra persona por factores distintos a la voluntad se considera homicidio doloso. Sin embargo, el daño intencional se divide en daño intencional, daño leve y daño grave. Las lesiones menores intencionales no implican intentos delictivos, es decir, el perpetrador subjetivamente solo quiso causar lesiones menores, pero en realidad no causó lesiones menores, por lo que no debe castigarse como un delito. La intención de causar una lesión grave era obvia y ya había comenzado a cometer una lesión grave. Si el intento fracasa por motivos distintos a la voluntad, se tratará como lesión grave intencionada (intento). La lesión intencional con resultado de muerte es un delito agravado. Subjetivamente, el perpetrador fue intencional al causar daño y fue negligente al causar la muerte.
(5) Las consecuencias legales son diferentes.
? Si se causa el mismo grado de daño, las consecuencias jurídicas del homicidio intencional son mayores que las del daño intencional. El que cometa homicidio intencional será condenado a muerte, cadena perpetua o prisión de duración determinada no menor de diez años, si las circunstancias son relativamente menores, se le impondrá pena de prisión de duración determinada no menor de tres años pero no; más de diez años. El perpetrador cometió subjetivamente un homicidio intencional, pero finalmente no lo logró por motivos ajenos a su voluntad, causando daño a la víctima. Se trata de una tentativa de homicidio doloso y aún así se tramitará de conformidad con las disposiciones pertinentes del delito de homicidio doloso.
El que intencionalmente dañe el cuerpo de otra persona, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause daño grave a otra persona, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, quien cause la muerte o cause una discapacidad grave por medios especialmente crueles; a pena privativa de libertad no menor de diez años pero no mayor de diez años, cadena perpetua o muerte. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Si el autor subjetivamente quiere infringir el derecho a la salud de otros, pero causa la muerte de otros por razones distintas a su propia voluntad, se trata de un delito de lesión intencional y aún así se castigará de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley. el delito de lesiones intencionales.
(6) Los derechos e intereses infringidos son distintos.
El delito de lesiones intencionales vulnera los derechos corporales de otros, mientras que el delito de homicidio intencional es generalmente fácil de distinguir, ya que vulnera el derecho a la vida de otros.
2. El homicidio intencional y las lesiones intencionales violan el derecho penal; son subjetivos e intencionales; son privativos de la salud de otros; tienen elementos subjetivos y objetivos del delito; leyes.
El homicidio intencional se refiere al acto de privar intencionalmente (incluida la intención directa y la intención indirecta) ilegalmente a otros de su vida. Es el delito más grave que atenta contra los derechos personales de los ciudadanos. La vida es la base y el requisito previo para el ejercicio de todos los demás derechos, y la vida de cualquier ciudadano está protegida por la ley.
El delito de lesión intencional se refiere a un delito que intencional e ilegalmente lesiona el cuerpo de otra persona en cierta medida y debe ser sancionado.
Base jurídica:
Según los artículos 234, 238, 247 y 240 de la “Ley Penal” Según lo dispuesto en el artículo 8, artículo 289, artículo 292 y artículo 333. , la violencia se utiliza en la detención ilegal para causar discapacidad, la tortura se utiliza para extraer confesiones o la obtención de pruebas mediante la violencia, lo que provoca discapacidad. Quienes abusan de los detenidos y les provocan discapacidades, reúnen a la gente para "golpear, aplastar y robar". personas que están heridas o discapacitadas, reúnen gente para pelear y causan lesiones graves a otros, se organizan ilegalmente y obligan a otros a vender. Estas regulaciones son ficción y no merecen atención.
(1) El que cometa el delito de lesiones intencionales será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia pública.
(2) Quien cometa el delito de lesión intencional causando daño grave será condenado a pena privativa de libertad no menor de 3 años pero no mayor de 10 años.
(3) El que intencionalmente dañe el cuerpo de otra persona, causándole la muerte o provocando una discapacidad grave por medios especialmente crueles, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte.
Observaciones: Quedan exentos de pena quienes reúnan las condiciones de legítima defensa.
El tema del delito de lesiones intencionales es un tema general. Podrá ser culpable de lesión dolosa toda persona física que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad de responsabilidad penal. Entre ellos, tendrá responsabilidad penal toda persona física que sea mayor de 14 años pero menor de 16 y cause intencionadamente lesiones graves o la muerte.
[Artículos de Derecho Penal]
Artículo 232: El que intencionalmente matare a alguien, será condenado a muerte, cadena perpetua o prisión no menor de diez años si; las circunstancias sean relativamente menores, será condenado a una pena de prisión de duración determinada no superior a diez años.
Artículo 238 El que detenga ilegalmente a otros o prive a otros de su libertad personal por otros medios, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos.
Quienes sean golpeados o insultados serán severamente castigados.
Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años; quien cause la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad fija; prisión no menor de diez años. El que utilice la violencia para causar lesión, invalidez o muerte será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 234 y 232 de esta Ley.
Quien detenga ilegalmente a otros para cobrar deudas será sancionado conforme a lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.
Cualquier miembro del personal de una agencia estatal que se aproveche de su autoridad para cometer los delitos previstos en los tres primeros párrafos será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en los tres primeros párrafos.
Artículo 247: El personal judicial que torturare a presuntos delincuentes o imputados para obtener confesiones o obligar a testigos a declarar será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva. El que cause lesión, invalidez o muerte será condenado y severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 234 y 232 de esta Ley.
Artículo 248: Los supervisores de prisiones, cárceles, centros de detención y otras instituciones de control que golpeen o insulten a los detenidos, si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años o pena penal. detención, si las circunstancias son particularmente graves, será condenado a una pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años ni superior a diez años. El que cause lesión, invalidez o muerte será condenado y severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 234 y 232 de esta Ley.
Si el supervisor ordena al supervisado que golpee o castigue físicamente a otros supervisados, éste será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Artículo 289: El que reúna multitud para "golpear, destrozar y saquear" causando lesión, invalidez o muerte, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en los artículos 234 y 232 de esta Ley. . El que destruya o saquee bienes públicos o privados, además de ser condenado al pago de una indemnización, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en el artículo 263 de esta Ley.
Quien reúna multitud para pelear en el párrafo segundo del artículo 292 y cause lesiones graves o la muerte, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en los artículos 234 y 232 de esta Ley.