La primera ley importante de China que regula integralmente el trabajo antidrogas de China es
La 31ª reunión del 10º Comité Permanente del APN de la República Popular China fue adoptada el 29 de febrero de 2007, y por la presente se anuncia y entrará en vigor el 29 de junio de 2008.
Esta es la primera ley importante de mi país que regula integralmente el trabajo antidrogas y se adapta a las necesidades de desarrollo del trabajo antidrogas. Es una ley básica formulada para guiar el trabajo antidrogas de China basándose en un resumen de años de experiencia práctica en la lucha antidrogas, absorbiendo las leyes y regulaciones nacionales y extranjeras vigentes y escuchando ampliamente las opiniones de todas las partes. Su promulgación e implementación demuestra aún más la posición consistente y la firme determinación del gobierno chino de controlar estrictamente las drogas, mejora el sistema legal de China para prevenir y castigar los delitos relacionados con las drogas, es de gran importancia para el avance integral de la causa del control de drogas en China de conformidad con la ley, y Es un hito importante en la historia del control de drogas en China.
Base legal:
Ley de Estupefacientes
Artículo 2: Las drogas mencionadas en esta ley se refieren al opio, heroína, metanfetamina (metanfetamina), morfina, marihuana, cocaína y otros estupefacientes y psicotrópicos adictivos prescritos por el Estado.
De acuerdo con las necesidades de tratamiento médico, enseñanza e investigación científica, los estupefacientes y psicotrópicos podrán ser producidos, operados, utilizados, almacenados y transportados de conformidad con la ley.
Artículo 3: El control de las drogas es responsabilidad común de toda la sociedad. Los organismos estatales, grupos sociales, empresas, instituciones, otras organizaciones y ciudadanos desempeñarán deberes u obligaciones antidrogas de conformidad con las disposiciones de esta Ley y las leyes pertinentes.
Artículo 4: El trabajo antidrogas sigue los principios de centrarse en la prevención, el manejo integral y la prohibición de especies, drogas, tráfico e inhalación. El trabajo antidrogas está bajo el liderazgo unificado del gobierno, con los departamentos pertinentes asumiendo sus respectivas responsabilidades y con una amplia participación pública.
Artículo 5 El Consejo de Estado establecerá la Comisión Nacional Antidrogas, que será responsable de organizar, coordinar y orientar el trabajo nacional antidrogas.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior pueden, basándose en las necesidades del trabajo antidrogas, establecer comités antidrogas que sean responsables de organizar, coordinar y guiar el trabajo antidrogas dentro de sus respectivas administraciones. regiones.
Artículo 6 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior incorporarán el trabajo antidrogas en los planes nacionales de desarrollo económico y social e incluirán fondos antidrogas en el presupuesto fiscal al mismo nivel.
Artículo 7 El Estado alienta a la sociedad a realizar donaciones para la lucha contra las drogas y proporciona incentivos fiscales de conformidad con la ley.
Artículo 8 El Estado fomenta la investigación científica y tecnológica antidrogas y promueve tecnología, equipos y métodos de tratamiento antidrogas avanzados.
Artículo 9 El Estado alienta a los ciudadanos a denunciar los delitos relacionados con las drogas. Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos relevantes deben proteger a los denunciantes y elogiar y recompensar a aquellos que han realizado informes meritorios y a las unidades e individuos que han realizado contribuciones sobresalientes al trabajo antidrogas.
Artículo 10: El Estado alienta a los voluntarios a participar en la publicidad antidrogas y en los servicios sociales de educación y rehabilitación de drogas. Los gobiernos populares locales en todos los niveles deben brindar orientación y capacitación a los voluntarios y brindar las condiciones de trabajo necesarias.
Artículo 11 El Estado adopta diversas formas para llevar a cabo publicidad y educación antidrogas a nivel nacional, popularizar el conocimiento sobre la prevención de drogas, mejorar la conciencia antidrogas de los ciudadanos y mejorar la capacidad de los ciudadanos para resistir conscientemente a las drogas.
El Estado alienta a los ciudadanos y organizaciones a realizar actividades de publicidad antidrogas de bienestar público.
Artículo 12 Los gobiernos populares de todos los niveles organizarán y llevarán a cabo periódicamente diversas formas de publicidad y educación antidrogas.
Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista y las federaciones de mujeres deben organizar y llevar a cabo publicidad y educación antidrogas en función de las características de sus respectivos objetivos laborales.
Artículo 13: Los departamentos administrativos educativos y las escuelas deben incorporar conocimientos antidrogas en la educación y el contenido de la enseñanza, y realizar publicidad y educación antidrogas entre los estudiantes. Prestarán asistencia los órganos de seguridad pública, los departamentos administrativos judiciales y los departamentos administrativos de salud.