Tratamiento de enfermera
El "Reglamento de Enfermería" No. 517 fue adoptado en la 206ª reunión ejecutiva del Consejo de Estado el 23 de octubre de 2008, y por la presente se anuncia y entrará en vigor el 2 de mayo de 2008.
Disposiciones generales del Capítulo 1 del Reglamento de Enfermería del 31 de enero de 2008, el artículo 1 está formulado con el fin de salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las enfermeras, estandarizar el comportamiento de enfermería, promover el desarrollo de la enfermería y proteger seguridad médica y salud humana.
Artículo 2 El término “enfermero” mencionado en este Reglamento se refiere a los técnicos en salud que hayan obtenido el certificado de práctica de enfermería después del registro de ejercicio, se dediquen a actividades de enfermería de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento y realicen las deberes de proteger la vida, aliviar el dolor y promover la salud.
Artículo 3 No se vulnerará la dignidad personal ni la seguridad personal de los enfermeros. Las enfermeras desempeñan sus funciones de conformidad con la ley y están protegidas por la ley.
Toda la sociedad debería respetar a las enfermeras.
Artículo 4 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes, y los gobiernos populares de municipios (ciudades) tomarán medidas para mejorar las condiciones de trabajo de las enfermeras, garantizar la tratamiento de las enfermeras, fortalecer la construcción del equipo de enfermería y promover que la industria de la enfermería se desarrolle saludablemente.
Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado y los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior deben tomar medidas para alentar a las enfermeras a trabajar en instituciones médicas y de salud primarias y rurales.
Artículo 5 El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de las enfermeras en todo el país.
Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de las enfermeras dentro de sus propias regiones administrativas.
Artículo 6 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado otorgarán a las enfermeras que hayan realizado contribuciones destacadas al trabajo de enfermería el título honorífico de Trabajador Avanzado del Sistema Nacional de Salud o la Medalla Bethune que disfrutarán. el título de trabajador modelo provincial y ministerial y el tratamiento de los trabajadores avanzados que han trabajado durante mucho tiempo en enfermería deben recibir certificados de honor; Las medidas específicas serán formuladas por los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes elogiarán y recompensarán a las enfermeras que hayan realizado contribuciones destacadas dentro de sus respectivas regiones administrativas de acuerdo con las regulaciones pertinentes de los gobiernos populares de las provincias y regiones autónomas. y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Capítulo 2 Registro de la práctica Artículo 7 Después de registrarse para la práctica, una enfermera deberá obtener un certificado de práctica de enfermería.
Para solicitar el registro de enfermero practicante deberá cumplir con las siguientes condiciones:
(1) Tener plena capacidad para la conducta civil
(2) Estudiar en; escuelas y colegios de secundaria vocacional Completar más de 3 años de cursos profesionales generales a tiempo completo en enfermería, partería, etc., incluidos más de 8 meses de práctica clínica de enfermería en hospitales docentes y generales, y obtener los certificados académicos correspondientes;
(3) Aprobado por el examen de calificación de enfermera del Consejo de Estado organizado por la autoridad sanitaria;
(4) Cumplir con los estándares de salud prescritos por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.
La solicitud de registro de enfermero practicante deberá presentarse dentro de los 3 años siguientes a la fecha de aprobación del examen de calificación de enfermero si la solicitud se presenta fuera del plazo, además de cumplir las condiciones especificadas en los puntos (1); ), (2) y (4) del párrafo anterior, y además deberá recibir tres meses de formación en enfermería clínica en una institución médico-sanitaria que cumpla con las condiciones estipuladas por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado, y aprobar la evaluación.
Las medidas para el examen de calificación de enfermera serán formuladas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado en conjunto con el departamento de personal del Consejo de Estado.
Artículo 8 Quienes soliciten el registro de práctica de enfermería deberán presentar una solicitud al departamento de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central donde planean ejercer. El departamento de salud competente que reciba la solicitud deberá resolver dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la misma, quienes cumplan con las condiciones previstas en este reglamento podrán registrarse y expedir un certificado de práctica de enfermería; que cumplan los requisitos de estas normas no serán registrados, y explicarán los motivos por escrito.
El registro de enfermero practicante tiene una vigencia de 5 años.
Artículo 9 Si una enfermera cambia el lugar de su práctica dentro del período de validez de su registro de práctica, deberá informar al departamento de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. donde pretende ejercer. La autoridad sanitaria que reciba el informe deberá tramitar los trámites de cambio dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de recepción del informe. Si una enfermera cambia el lugar de su práctica entre provincias, regiones autónomas o municipios directamente dependientes del Gobierno Central, la autoridad sanitaria que reciba el informe también notificará a la autoridad sanitaria del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio donde originalmente experto.
Artículo 10 Si una enfermera necesita continuar ejerciendo después de que expire el período de validez de su registro de enfermera practicante, debe presentar una solicitud al departamento de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente bajo el Gobierno Central para la renovación del registro 30 días antes del vencimiento del registro de enfermera practicante. El departamento de salud competente que reciba la solicitud otorgará la prórroga a quienes cumplan con las condiciones previstas en este Reglamento. La renovación del registro de práctica tendrá una vigencia de 5 años; si la solicitud no cumple con lo establecido en este Reglamento, la prórroga será válida; no se concederá y se explicarán los motivos por escrito.
Si una enfermera necesita cancelar su registro de práctica de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Licencias Administrativas, el departamento de registro original deberá cancelar su registro de práctica de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Licencias Administrativas.
Artículo 11 Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior establecerán registros buenos y malos de enfermeras dentro de sus respectivas regiones administrativas y los registrarán en el sistema de información de la práctica de enfermería.
Los registros de buenas prácticas de las enfermeras incluyen elogios y premios recibidos por enfermeras y la finalización de tareas encomendadas por el gobierno. Los antecedentes de malas prácticas de las enfermeras incluyen situaciones en las que las enfermeras han violado este Reglamento y otras leyes, reglamentos, reglas o especificaciones técnicas de gestión de la salud para el diagnóstico y tratamiento y han sido objeto de penalidades y sanciones administrativas. Capítulo 3 Derechos y obligaciones Artículo 12 Las enfermeras tienen derecho a recibir salarios, disfrutar de prestaciones sociales y participar en el seguro social de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes.
Ninguna unidad o individuo puede deducir los salarios de las enfermeras, reducir o cancelar los beneficios de las enfermeras y otros beneficios.
Artículo 13 Después de ejercer, el enfermero tiene derecho a obtener servicios de seguridad en salud y atención médica adecuados a su labor de enfermería. Las enfermeras que están en contacto directo con sustancias tóxicas y nocivas y que corren el riesgo de contraer enfermedades infecciosas tienen derecho a recibir control de salud ocupacional de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes; quienes padecen enfermedades profesionales tienen derecho a; recibir una compensación de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Artículo 14 Las enfermeras tienen derecho a obtener puestos y títulos profesionales y técnicos correspondientes a sus capacidades profesionales y niveles académicos de conformidad con las normas nacionales pertinentes; tienen derecho a participar en la formación profesional y realizar investigaciones académicas; e intercambios, y unirse a asociaciones industriales y grupos académicos profesionales.
Artículo 15 Las enfermeras tienen derecho a obtener diagnóstico de enfermedades, tratamientos, información de enfermería y otras informaciones relacionadas con el desempeño de las funciones de enfermería, y pueden emitir opiniones y sugerencias sobre el trabajo de las instituciones médicas y sanitarias y de las autoridades sanitarias.
Artículo 16 El enfermero deberá observar las leyes, reglamentos, normas y especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento.
Artículo 17: Cuando una enfermera descubra que un paciente se encuentra en estado crítico durante la práctica, deberá notificarlo inmediatamente al médico; en caso de emergencia, a fin de salvar la vida del paciente moribundo, deberá realizar el rescate de emergencia necesario; realizarse primero.
Si una enfermera descubre que una orden médica viola leyes, reglamentos, reglas o especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento, debe informarlo oportunamente al médico que emitió la orden; cuando sea necesario, deberá informarlo al médico que emitió la orden; Informe del responsable del departamento donde labora el médico o de la institución médica y de salud responsable de la gestión del personal del servicio médico.
Artículo 18 Las enfermeras deben respetar, cuidar y amar a los pacientes, y proteger su privacidad.
Artículo 19 Las enfermeras tienen la obligación de participar en la salud pública y en la prevención y control de las enfermedades. Cuando ocurren desastres naturales, incidentes de salud pública y otras emergencias que amenazan gravemente la vida y la salud públicas, las enfermeras deben obedecer las disposiciones de las autoridades sanitarias de los gobiernos populares a nivel de condado o superior o sus instituciones médicas y de salud y participar en el rescate médico. . Capítulo 4 Responsabilidades de las instituciones médicas y de salud Artículo 20 El número de enfermeras en las instituciones médicas y de salud no será inferior a los estándares de enfermería prescritos por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.
Artículo 21 Las instituciones médicas y de salud no permitirán que el siguiente personal realice las actividades de enfermería especificadas en las especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento en la institución:
(1) Las personas que tengan no obtuvo un certificado de práctica de enfermería;
(2) Enfermeras que no siguen los procedimientos para cambiar su ubicación de práctica de conformidad con el artículo 9 de este Reglamento;
(3) Enfermeras cuyo registro de práctica haya expirado y cuyo registro de práctica no haya sido renovado.
El personal dedicado a la práctica clínica de enfermería en hospitales docentes y generales debe realizar el trabajo pertinente bajo la dirección de enfermeras.
Artículo 22 Las instituciones médicas y de atención sanitaria proporcionarán a las enfermeras suministros de protección de la salud y adoptarán medidas eficaces de protección de la salud y atención médica.
Artículo 23 Las instituciones médicas y de salud implementarán regulaciones nacionales sobre salarios y beneficios, pagarán primas completas de seguro social a las enfermeras que realicen trabajos de enfermería en sus instituciones de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y protegerán los derechos e intereses legítimos. de enfermeras.
Para las enfermeras que trabajan en áreas difíciles y remotas, o que están directamente expuestas a sustancias tóxicas y nocivas o que corren el riesgo de contraer enfermedades infecciosas, sus instituciones médicas y de salud deben proporcionar subsidios de acuerdo con las normas nacionales pertinentes. regulaciones.
Artículo 24 Las instituciones médicas y de salud deberán formular e implementar planes de capacitación en el trabajo para enfermeras en sus propias instituciones para garantizar que las enfermeras reciban capacitación.
La formación de enfermería debe centrarse en la aplicación de nuevos conocimientos y nuevas tecnologías; proporcionar formación de enfermería especializada a las enfermeras basada en el desarrollo de la enfermería clínica especializada y las necesidades de los puestos de enfermería especializada.
Artículo 25 Las instituciones médicas y de salud, de conformidad con las disposiciones del departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, establecerán instituciones especiales o asignarán personal a tiempo completo (a tiempo parcial) para que sea responsable de la enfermería. gestión.
Artículo 26 Las instituciones médicas y de salud establecerán un sistema de responsabilidad del puesto de enfermera y realizarán supervisión e inspección.
Si una enfermera es acusada de no desempeñar sus funciones o violar la ética profesional, la institución médica y de salud donde trabaja debe realizar una investigación. Después de la verificación, la institución de atención médica se comunicará con la enfermera e informará al denunciante sobre el estado de la investigación y el manejo. Capítulo 5 Responsabilidades Legales Artículo 27 Si algún miembro del personal del departamento de salud no cumple con sus deberes de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento, abusa de su poder, incurre en malas prácticas para beneficio personal o comete otro incumplimiento del deber, será sancionado. conforme a la ley; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.
Artículo 28 Si una institución médica y de salud tiene alguna de las siguientes circunstancias, el departamento de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior le ordenará que haga correcciones dentro de un plazo y le dará una advertencia. según la división de responsabilidades, si no realiza las correcciones dentro del plazo, será sancionado de acuerdo con el Consejo de Estado de Salud. Según las normas de dotación de personal de enfermería establecidas por el departamento competente y el número de enfermeras que ejercen legalmente en la medicina y instituciones de salud, se reducirán sus temas de diagnóstico y tratamiento, o se suspenderán sus actividades de práctica por no menos de 6 meses pero no más de 1 año una institución médica y de salud administrada por el estado tiene una de las siguientes circunstancias y las circunstancias; son graves, el responsable responsable y demás personal directamente responsable serán sancionados de acuerdo con la ley:
(1) Violando las disposiciones de este reglamento, el número de enfermeras es inferior al estándar de enfermería estipulado. por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado;
(2) Permitir a las personas que no hayan obtenido un certificado de práctica de enfermería o a las enfermeras que no hayan pasado por los procedimientos para cambiar la ubicación de la práctica y extender el período de validez de la práctica. registrarse de conformidad con lo establecido en este reglamento para ejercer las actividades de enfermería estipuladas en las especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento en esta institución.
Artículo 29 Si una institución médica y de salud tiene una de las siguientes circunstancias, será sancionada de acuerdo con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes si una institución médica y de salud organizada por el Estado tiene una; de las siguientes circunstancias y las circunstancias son graves, será sancionado. El responsable responsable y otro personal directamente responsable serán sancionados de acuerdo con la ley:
(1) Incumplimiento del salario nacional correspondiente y normas de bienestar;
(2) Realizar trabajos de enfermería en esta institución. Las enfermeras no pagaron las primas del seguro social en su totalidad de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes;
(3) No proporcionar suministros de protección de la salud a las enfermeras, o no tomar medidas efectivas de protección de la salud y atención médica;
>(4) No proporcionar subsidios de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes a las enfermeras que trabajan en áreas difíciles y remotas o están expuestos directamente a sustancias tóxicas y nocivas o que corren el riesgo de contraer enfermedades infecciosas.
Artículo 30: Si una institución médica y de salud tiene alguna de las siguientes circunstancias, el departamento de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior le ordenará que haga correcciones dentro de un plazo y dé una advertencia según la división de responsabilidades:
(1) ) No formular e implementar el plan de capacitación laboral de enfermeras de la institución o no garantizar que las enfermeras reciban capacitación;
(2) Falla desempeñar las responsabilidades de gestión de enfermería de acuerdo con lo establecido en este reglamento.
Artículo 31 Si una enfermera comete cualquiera de las siguientes circunstancias mientras ejerce, el departamento de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior ordenará correcciones y dará una advertencia de acuerdo con la división de responsabilidades; las circunstancias son graves, la enfermera será suspendida por seis meses si el certificado de práctica de enfermería es revocado por el departamento emisor original si la actividad práctica dura más de 1 mes pero menos de 1 año: (1) No notificar al médico. inmediatamente cuando el paciente se encuentre en estado crítico;
(2) Se descubre que el consejo médico viola leyes, reglamentos, normas o especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento, y no es presentado o informado. de conformidad con el Artículo 17 de este Reglamento;
(3) Se filtra la privacidad del paciente;
(4) Desobedecer los acuerdos para participar en el rescate médico cuando se produzcan desastres naturales, incidentes de salud pública y se producen otras emergencias que amenazan gravemente la vida y la salud públicas.
Los enfermeros que provoquen accidentes médicos durante su actividad profesional asumirán la responsabilidad legal de acuerdo con la normativa aplicable sobre el tratamiento de accidentes médicos.
Artículo 32 Si se revoca el certificado de ejercicio de una enfermera, ésta no podrá solicitar el registro de ejercicio dentro de los 2 años siguientes a la fecha de la revocación.
Artículo 33: Quien perturbe el orden médico, impida el ejercicio lícito del enfermero, insulte, amenace, golpee al enfermero o realice otros actos que atenten contra los derechos e intereses legítimos del enfermero, será sancionado por la seguridad pública. los órganos de conformidad con las disposiciones de la "Ley de Sanciones para la Gestión de la Seguridad Pública" serán sancionados si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con la ley; Capítulo 6 Disposiciones complementarias Artículo 34 Antes de la implementación de este Reglamento, las enfermeras deben obtener certificados de práctica de enfermería o títulos profesionales y técnicos de enfermería de acuerdo con la normativa nacional pertinente para ejercer actividades de enfermería. Este reglamento estipula claramente el tratamiento de las enfermeras y el decreto del Consejo de Estado de la República Popular China.
El "Reglamento de Enfermería" No. 517 fue adoptado en la 206ª reunión ejecutiva del Consejo de Estado el 23 de octubre de 2008, y por la presente se anuncia y entrará en vigor el 2 de mayo de 2008.
Disposiciones Generales del Capítulo 1 del Reglamento de Enfermería del 31 de enero de 2008, el artículo 1 está formulado con el fin de salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las enfermeras, estandarizar el comportamiento de enfermería, promover el desarrollo de la enfermería y proteger seguridad médica y salud humana.
Artículo 2 El término “enfermero” mencionado en este Reglamento se refiere a los técnicos en salud que hayan obtenido el certificado de práctica de enfermería después del registro de ejercicio, se dediquen a actividades de enfermería de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento y realicen las deberes de proteger la vida, aliviar el dolor y promover la salud.
Artículo 3 No se vulnerará la dignidad personal ni la seguridad personal de los enfermeros. Las enfermeras desempeñan sus funciones de conformidad con la ley y están protegidas por la ley.
Toda la sociedad debería respetar a las enfermeras.
Artículo 4 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes, y los gobiernos populares de municipios (ciudades) tomarán medidas para mejorar las condiciones de trabajo de las enfermeras, garantizar la tratamiento de las enfermeras, fortalecer la construcción del equipo de enfermería y promover que la industria de la enfermería se desarrolle saludablemente.
Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado y los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior deben tomar medidas para alentar a las enfermeras a trabajar en instituciones médicas y de salud primarias y rurales.
Artículo 5 El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de las enfermeras en todo el país.
Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de las enfermeras dentro de sus propias regiones administrativas.
Artículo 6 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado otorgarán a las enfermeras que hayan realizado contribuciones destacadas al trabajo de enfermería el título honorífico de Trabajador Avanzado del Sistema Nacional de Salud o la Medalla Bethune que disfrutarán. el título de trabajador modelo provincial y ministerial y el tratamiento de los trabajadores avanzados que han trabajado durante mucho tiempo en enfermería deben recibir certificados de honor; Las medidas específicas serán formuladas por los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes elogiarán y recompensarán a las enfermeras que hayan realizado contribuciones destacadas dentro de sus respectivas regiones administrativas de acuerdo con las regulaciones pertinentes de los gobiernos populares de las provincias y regiones autónomas. y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Capítulo 2 Registro de la práctica Artículo 7 Después de registrarse para la práctica, las enfermeras deberán obtener un certificado de práctica de enfermería.
Para solicitar el registro de enfermero practicante deberá cumplir con las siguientes condiciones:
(1) Tener plena capacidad para la conducta civil
(2) Estudiar en; escuelas y colegios de secundaria vocacional Completar más de 3 años de cursos profesionales generales a tiempo completo en enfermería, partería, etc., incluidos más de 8 meses de práctica clínica de enfermería en hospitales docentes y generales, y obtener los certificados académicos correspondientes;
(3) Aprobado por el examen de calificación de enfermera del Consejo de Estado organizado por la autoridad sanitaria;
(4) Cumplir con los estándares de salud prescritos por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.
La solicitud de registro de enfermero practicante deberá presentarse dentro de los 3 años siguientes a la fecha de aprobación del examen de calificación de enfermero si la solicitud se presenta fuera del plazo, además de cumplir las condiciones especificadas en los puntos (1); ), (2) y (4) del párrafo anterior, y además deberá recibir tres meses de formación en enfermería clínica en una institución médico-sanitaria que cumpla con las condiciones estipuladas por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado, y aprobar la evaluación.
Las medidas para el examen de calificación de enfermera serán formuladas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado en conjunto con el departamento de personal del Consejo de Estado.
Artículo 8 Quienes soliciten el registro de práctica de enfermería deberán presentar una solicitud al departamento administrativo de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central donde planean ejercer. El departamento de salud competente que reciba la solicitud deberá resolver dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la misma, quienes cumplan con las condiciones previstas en este reglamento podrán registrarse y expedir un certificado de práctica de enfermería; que cumplan los requisitos de estas normas no serán registrados, y explicarán los motivos por escrito.
El registro de enfermero practicante tiene una vigencia de 5 años.
Artículo 9 Si una enfermera cambia el lugar de su práctica dentro del período de validez de su registro de práctica, deberá informar al departamento de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. donde pretende ejercer. La autoridad sanitaria que reciba el informe deberá tramitar los trámites de cambio dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de recepción del informe. Si una enfermera cambia el lugar de su práctica entre provincias, regiones autónomas o municipios directamente dependientes del Gobierno Central, la autoridad sanitaria que reciba el informe también notificará a la autoridad sanitaria del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio donde originalmente experto.
Artículo 10 Si una enfermera necesita continuar ejerciendo después de que expire el período de validez de su registro de enfermera practicante, debe presentar una solicitud al departamento de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente bajo el Gobierno Central para la renovación del registro 30 días antes del vencimiento del registro de enfermera practicante. El departamento de salud competente que reciba la solicitud otorgará la prórroga a quienes cumplan con las condiciones previstas en este Reglamento. La renovación del registro de práctica tendrá una vigencia de 5 años; si la solicitud no cumple con lo establecido en este Reglamento, la prórroga será válida; no se concederá y se explicarán los motivos por escrito.
Si una enfermera necesita cancelar su registro de práctica de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Licencias Administrativas, el departamento de registro original deberá cancelar su registro de práctica de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Licencias Administrativas.
Artículo 11 Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior establecerán registros buenos y malos de enfermeras dentro de sus respectivas regiones administrativas y los registrarán en el sistema de información de la práctica de enfermería.
Los registros de buenas prácticas de las enfermeras incluyen elogios y premios recibidos por enfermeras y la finalización de tareas encomendadas por el gobierno. Los antecedentes de malas prácticas de las enfermeras incluyen situaciones en las que las enfermeras han violado este Reglamento y otras leyes, reglamentos, reglas o especificaciones técnicas de gestión de la salud para el diagnóstico y tratamiento y han sido objeto de penalidades y sanciones administrativas. Capítulo 3 Derechos y obligaciones Artículo 12 Las enfermeras tienen derecho a recibir salarios, disfrutar de prestaciones sociales y participar en el seguro social de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes. Ninguna unidad o individuo puede deducir los salarios de las enfermeras, reducir o cancelar los beneficios de las enfermeras y otros beneficios.
Artículo 13 Después de ejercer, el enfermero tiene derecho a obtener servicios de seguridad en salud y atención médica adecuados a su labor de enfermería. Las enfermeras que están en contacto directo con sustancias tóxicas y nocivas y que corren el riesgo de contraer enfermedades infecciosas tienen derecho a recibir control de salud ocupacional de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes; quienes padecen enfermedades profesionales tienen derecho a; recibir una compensación de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Artículo 14 Las enfermeras tienen derecho a obtener puestos y títulos profesionales y técnicos correspondientes a sus capacidades profesionales y niveles académicos de conformidad con las normas nacionales pertinentes; tienen derecho a participar en la formación profesional y realizar investigaciones académicas; e intercambios, y unirse a asociaciones industriales y grupos académicos profesionales.
Artículo 15 Las enfermeras tienen derecho a obtener diagnóstico de enfermedades, tratamientos, información de enfermería y otras informaciones relacionadas con el desempeño de las funciones de enfermería, y pueden emitir opiniones y sugerencias sobre el trabajo de las instituciones médicas y sanitarias y de las autoridades sanitarias.
Artículo 16 El enfermero deberá observar las leyes, reglamentos, normas y especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento.
Artículo 17: Cuando una enfermera descubra que un paciente se encuentra en estado crítico durante la práctica, deberá notificarlo inmediatamente al médico; en caso de emergencia, a fin de salvar la vida del paciente moribundo, deberá realizar el rescate de emergencia necesario; realizarse primero.
Si una enfermera descubre que una orden médica viola leyes, reglamentos, reglas o especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento, debe informarlo oportunamente al médico que emitió la orden; cuando sea necesario, deberá informarlo al médico que emitió la orden; Informe del responsable del departamento donde labora el médico o de la institución médica y de salud responsable de la gestión del personal del servicio médico.
Artículo 18 Las enfermeras deben respetar, cuidar y amar a los pacientes, y proteger su privacidad.
Artículo 19 Las enfermeras tienen la obligación de participar en la salud pública y en la prevención y control de las enfermedades. Cuando ocurren desastres naturales, incidentes de salud pública y otras emergencias que amenazan gravemente la vida y la salud públicas, las enfermeras deben obedecer las disposiciones de las autoridades sanitarias de los gobiernos populares a nivel de condado o superior o sus instituciones médicas y de salud y participar en el rescate médico. . Capítulo 4 Responsabilidades de las instituciones médicas y de salud Artículo 20 El número de enfermeras en las instituciones médicas y de salud no será inferior a los estándares de enfermería prescritos por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.
Artículo 21 Las instituciones médicas y de salud no permitirán que el siguiente personal realice las actividades de enfermería especificadas en las especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento en la institución:
(1) Las personas que tengan no obtuvo un certificado de práctica de enfermería;
(2) Enfermeras que no siguen los procedimientos para cambiar su ubicación de práctica de conformidad con el artículo 9 de este Reglamento;
(3) Enfermeras cuyo registro de práctica haya expirado y cuyo registro de práctica no haya sido renovado.
El personal dedicado a la práctica clínica de enfermería en hospitales docentes y generales debe realizar el trabajo pertinente bajo la dirección de enfermeras.
Artículo 22 Las instituciones médicas y de atención sanitaria proporcionarán a las enfermeras suministros de protección de la salud y adoptarán medidas eficaces de protección de la salud y atención médica.
Artículo 23 Las instituciones médicas y de salud implementarán las regulaciones nacionales pertinentes sobre salarios, beneficios sociales, etc. y pagar las primas del seguro social en su totalidad a las enfermeras que realizan trabajos de enfermería en esta institución de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes para proteger los derechos e intereses legítimos de las enfermeras.
Para las enfermeras que trabajan en áreas difíciles y remotas, o que están directamente expuestas a sustancias tóxicas y nocivas o que corren el riesgo de contraer enfermedades infecciosas, sus instituciones médicas y de salud deben proporcionar subsidios de acuerdo con las normas nacionales pertinentes. regulaciones.
Artículo 24 Las instituciones médicas y de salud deberán formular e implementar planes de capacitación en el trabajo para enfermeras en sus propias instituciones para garantizar que las enfermeras reciban capacitación.
La formación de enfermería debe centrarse en la aplicación de nuevos conocimientos y nuevas tecnologías; proporcionar formación de enfermería especializada a las enfermeras basada en el desarrollo de la enfermería clínica especializada y las necesidades de los puestos de enfermería especializada.
Artículo 25 Las instituciones médicas y de salud, de conformidad con las disposiciones del departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, establecerán instituciones especiales o asignarán personal a tiempo completo (a tiempo parcial) para que sea responsable de la enfermería. gestión.
Artículo 26 Las instituciones médicas y de salud establecerán un sistema de responsabilidad del puesto de enfermera y realizarán supervisión e inspección.
Si una enfermera es acusada de no desempeñar sus funciones o violar la ética profesional, la institución médica y de salud donde trabaja debe realizar una investigación. Después de la verificación, la institución de atención médica se comunicará con la enfermera e informará al denunciante sobre el estado de la investigación y el manejo. Capítulo 5 Responsabilidades Legales Artículo 27 Si algún miembro del personal del departamento de salud no cumple con sus deberes de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento, abusa de su poder, incurre en malas prácticas para beneficio personal o comete otro incumplimiento del deber, será sancionado. conforme a la ley; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.
Artículo 28 Si una institución médica y de salud tiene alguna de las siguientes circunstancias, el departamento de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior le ordenará que haga correcciones dentro de un plazo y le dará una advertencia. según la división de responsabilidades, si no realiza las correcciones dentro del plazo, será sancionado de acuerdo con el Consejo de Estado de Salud. Según las normas de dotación de personal de enfermería establecidas por el departamento competente y el número de enfermeras que ejercen legalmente en la medicina y instituciones de salud, se reducirán sus temas de diagnóstico y tratamiento, o se suspenderán sus actividades de práctica por no menos de 6 meses pero no más de 1 año una institución médica y de salud administrada por el estado tiene una de las siguientes circunstancias y las circunstancias; son graves, el responsable responsable y demás personal directamente responsable serán sancionados de acuerdo con la ley:
(1) Violando las disposiciones de este reglamento, el número de enfermeras es inferior al estándar de enfermería estipulado. por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado;
(2) Permitir a las personas que no hayan obtenido un certificado de práctica de enfermería o a las enfermeras que no hayan pasado por los procedimientos para cambiar la ubicación de la práctica y extender el período de validez de la práctica. registrarse de conformidad con lo establecido en este reglamento para ejercer las actividades de enfermería estipuladas en las especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento en esta institución.
Artículo 29 Si una institución médica y de salud tiene una de las siguientes circunstancias, será sancionada de acuerdo con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes si una institución médica y de salud organizada por el Estado tiene una; de las siguientes circunstancias y las circunstancias son graves, será sancionado. El responsable responsable y otro personal directamente responsable serán sancionados de acuerdo con la ley:
(1) Incumplimiento del salario nacional correspondiente y normas de bienestar;
(2) Realizar trabajos de enfermería en esta institución. Las enfermeras no pagaron las primas del seguro social en su totalidad de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes;
(3) No proporcionar suministros de protección de la salud a las enfermeras, o no tomar medidas efectivas de protección de la salud y atención médica;
>(4) No proporcionar subsidios de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes a las enfermeras que trabajan en áreas difíciles y remotas o están expuestos directamente a sustancias tóxicas y nocivas o que corren el riesgo de contraer enfermedades infecciosas.
Artículo 30: Si una institución médica y de salud tiene alguna de las siguientes circunstancias, el departamento de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior le ordenará que haga correcciones dentro de un plazo y dé una advertencia según la división de responsabilidades:
(1) ) No formular e implementar el plan de capacitación laboral de enfermeras de la institución o no garantizar que las enfermeras reciban capacitación;
(2) Falla desempeñar las responsabilidades de gestión de enfermería de acuerdo con lo establecido en este reglamento.
Artículo 31 Si una enfermera comete cualquiera de las siguientes circunstancias mientras ejerce, el departamento de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior ordenará correcciones y dará una advertencia de acuerdo con la división de responsabilidades; las circunstancias son graves, la enfermera será suspendida por seis meses si el certificado de práctica de enfermería es revocado por el departamento emisor original si la actividad práctica dura más de 1 mes pero menos de 1 año: (1) No notificar al médico. inmediatamente cuando el paciente se encuentre en estado crítico;
(2) Se descubre que el consejo médico viola leyes, reglamentos, normas o especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento, y no es presentado o informado. de conformidad con el Artículo 17 de este Reglamento;
(3) Se filtra la privacidad del paciente;
(4) Desobedecer los acuerdos para participar en el rescate médico cuando se produzcan desastres naturales, incidentes de salud pública y se producen otras emergencias que amenazan gravemente la vida y la salud públicas.
Los enfermeros que provoquen accidentes médicos durante su actividad profesional asumirán la responsabilidad legal de acuerdo con la normativa aplicable sobre el tratamiento de accidentes médicos.
Artículo 32 Si se revoca el certificado de ejercicio de una enfermera, ésta no podrá solicitar el registro de ejercicio dentro de los 2 años siguientes a la fecha de la revocación.
Artículo 33: Quien perturbe el orden médico, impida el ejercicio lícito del enfermero, insulte, amenace, golpee al enfermero o realice otros actos que atenten contra los derechos e intereses legítimos del enfermero, será sancionado por la seguridad pública. los órganos de conformidad con las disposiciones de la "Ley de Sanciones para la Gestión de la Seguridad Pública" serán sancionados si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con la ley; Capítulo Sexto Disposiciones complementarias Artículo 34 Quienes hayan obtenido un certificado de práctica de enfermería o un título técnico profesional de enfermería de acuerdo con la normativa nacional pertinente antes de la implementación del presente Reglamento y se dediquen a actividades de enfermería deberán ser certificados por las autoridades sanitarias de los gobiernos populares de las provincias. regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Las instituciones médicas y de salud que aún no hayan alcanzado los estándares de personal de enfermería antes de la implementación de este Reglamento deberán seguir los pasos de implementación prescritos por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado y cumplir con los estándares de personal de enfermería dentro de los 3 años siguientes a la fecha de aplicación del presente Reglamento.
Artículo 35 El presente Reglamento entrará en vigor el 2 de mayo de 2008. Los funcionarios de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central deben aprobar la evaluación del departamento de salud competente del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central y recibir un certificado de práctica de enfermería.
Las instituciones médicas y de salud que aún no hayan alcanzado los estándares de personal de enfermería antes de la implementación de este Reglamento deberán seguir los pasos de implementación prescritos por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado y cumplir con los estándares de personal de enfermería dentro de los 3 años siguientes a la fecha de aplicación del presente Reglamento.
Artículo 35 El presente Reglamento entrará en vigor el 2 de mayo de 2008.