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Reglamento legislativo del Congreso Popular de la Región Autónoma Uygur de Xinjiang y su Comité Permanente

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 De conformidad con la "Ley de autonomía étnica regional de la República Popular China", la "Ley de legislación étnica de la República Popular China" y la "Ley orgánica de las asambleas populares locales y los gobiernos populares locales". a todos los niveles de la República Popular China", combinado con la situación real de la región autónoma, formulan estas normas. Artículo 2 El Congreso Popular de la Región Autónoma y su Comité Permanente formulan, modifican y derogan los reglamentos locales, los reglamentos autónomos y los reglamentos separados. El Comité Permanente del Congreso Popular de la Región Autónoma (en adelante, el Comité Permanente) aprueba el local. Normativa, reglamento de autonomía y normativa aparte que resulte aplicable. La presentación y revisión de los reglamentos se realizará de conformidad con las disposiciones pertinentes de este Reglamento. Artículo 3 La legislación local se ajustará a los principios básicos establecidos en la Ley Legislativa, se adherirá a los principios de salvaguardar la unificación de la patria, la unidad nacional y la estabilidad social, y promover la prosperidad y el desarrollo de todos los grupos étnicos y el progreso social.

La legislación local debe partir de las necesidades reales de la comunidad autónoma, resaltar las características locales y nacionales, ser operativa y evitar el proteccionismo local y los intereses departamentales. Capítulo 2 Poderes Legislativos Artículo 4 El Congreso Popular de la Región Autónoma tiene el poder de formular reglamentos de autonomía y reglamentos separados de conformidad con las disposiciones de la Constitución y la Ley de Autonomía Étnica Regional, y presentarlos al Comité Permanente de la APN para su aprobación antes de su implementación. . Artículo 5 El Congreso Popular de la Región Autónoma y su Comité Permanente podrán, dentro de la autoridad especificada en la Constitución y las leyes, formular reglamentos locales sobre las siguientes materias:

(1) Para implementar las disposiciones de leyes y reglamentos administrativos, de acuerdo con esto La situación real de la región administrativa requiere disposiciones específicas;

(2) Asuntos distintos del poder legislativo exclusivo del estado aún no han formulado leyes y reglamentos administrativos;

(3) Asuntos pertenecientes a asuntos de gobiernos locales, asuntos que requieren la formulación de regulaciones locales;

(4) Asuntos para los cuales las regulaciones locales son formuladas por el Congreso Popular o el Comité Permanente de la Región Autónoma según lo establezca la ley;

(5) Las demás materias que deban ser formuladas por las Materias dictadas por la normativa local.

Para los asuntos previstos por la ley que formulará el Congreso Popular de la Región Autónoma, asuntos particularmente importantes que involucren las competencias del Congreso Popular de la Región Autónoma y asuntos que el Congreso Popular de la Región Autónoma considere En caso de ser formulado por éste, el Congreso Popular de la Región Autónoma dictará los reglamentos locales. Artículo 6 Cuando el Congreso Popular de la Región Autónoma no esté en sesión, el Comité Permanente podrá complementar y modificar parcialmente los reglamentos locales promulgados por el Congreso Popular de la Región Autónoma, pero esto no entrará en conflicto con los principios básicos de los reglamentos. Capítulo 3 Procedimientos legislativos del Congreso Popular de la Región Autónoma Artículo 7 El Presidium del Congreso Popular de la Región Autónoma podrá presentar leyes locales al Congreso Popular de la Región Autónoma para su revisión.

El Comité Permanente, el Gobierno Popular de la Región Autónoma, el Tribunal Superior Popular de la Región Autónoma, la Fiscalía Popular de la Región Autónoma y los comités especiales del Congreso Popular de la Región Autónoma podrán proponer las leyes y reglamentos locales al Congreso Popular de la Región Autónoma, y ​​el presidium decidirá incluirlos en el orden del día de la reunión. Artículo 8 Una delegación o más de diez representantes podrán presentar conjuntamente un proyecto de ley local al Congreso Popular de la Región Autónoma, y ​​el Presidium decidirá si lo incluye en el orden del día de la reunión o lo presenta al comité especial correspondiente para revisarlo primero y luego decidir si incluirlo en la agenda de la reunión.

Cuando el comité especial considere leyes y reglamentos, podrá invitar al proponente a asistir a la reunión y expresar opiniones. Artículo 9 Cuando el Congreso Popular de la Región Autónoma no esté en sesión, las propuestas sobre reglamentos locales, reglamentos autónomos y reglamentos separados propuestos al Congreso Popular de la Región Autónoma podrán presentarse primero al Comité Permanente, que luego los revisará de conformidad con los procedimientos especificados en el Capítulo 4 de este Reglamento, posteriormente la decisión se somete al Congreso Popular de la Región Autónoma para su deliberación, y el Comité Permanente o el proponente dará explicación al pleno del Congreso. Artículo 10 Si el Comité Permanente decide presentar reglamentos locales al Congreso Popular de la Región Autónoma para su deliberación, los reglamentos locales se distribuirán a los diputados antes de la reunión. Artículo 11 Los reglamentos locales que estén incluidos en el orden del día del Congreso Popular de la Región Autónoma serán revisados ​​por cada delegación después de que el pleno del Congreso escuche la explicación del proponente. Artículo 12 Para las leyes y proyectos de ley locales que están incluidos en la agenda del Congreso Popular de la Región Autónoma, el Comité de Asuntos Legislativos del Congreso Popular de la Región Autónoma llevará a cabo una deliberación unificada sobre las leyes y proyectos de ley locales con base en las opiniones de deliberación de cada delegación, y presentar un informe sobre los resultados de la revisión y las regulaciones al presidium. El borrador revisado se entregará a la reunión después de ser revisado y aprobado por el Presidium. Los desacuerdos importantes deben indicarse en el informe de resultados de la revisión. Artículo 13 El presidente ejecutivo del presidium puede convocar una reunión de jefes de delegación para escuchar las opiniones de deliberación de cada delegación sobre cuestiones importantes en las regulaciones locales, o convocar a representantes relevantes elegidos por cada delegación para discutir cuestiones especializadas importantes en las regulaciones locales. discusiones e informar las discusiones y opiniones al Presidium. Artículo 14 Si hay cuestiones importantes que requieren mayor estudio durante la revisión de las regulaciones locales, a propuesta del presidium y la decisión de la sesión plenaria de la Asamblea General, el Comité Permanente podrá ser autorizado a revisar más a fondo y tomar una decisión basada sobre las opiniones de los representantes e informar a la próxima reunión del Congreso Popular de la Región Autónoma. El Comité Permanente también podrá estar autorizado a deliberar más a fondo sobre la base de las opiniones de los diputados, proponer planes revisados ​​y presentarlos a la próxima reunión del Congreso; Congreso Popular de la Región Autónoma para su revisión y decisión.