Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Qué debo hacer si obtengo un poder de la fiscalía después de quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio?

¿Qué debo hacer si obtengo un poder de la fiscalía después de quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio?

Después de quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio, recibí una carta de la fiscalía sugiriendo que contratara a un abogado para defenderme y luchar por un castigo más leve.

Es un derecho legal de un ciudadano recibir una notificación de abogado de la fiscalía después de haber sido puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio. Se le informó que podía confiarle un abogado para que lo defendiera, pero la libertad bajo fianza era sólo una promesa de no eludir el juicio y la sentencia específica se mantuvo.

El sospechoso ha sido puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio y el caso aún no ha concluido. Por lo general, no será arrestado si lo cita la fiscalía. Explique que el caso ha sido trasladado por el órgano de seguridad pública a la Fiscalía, y ésta ha concluido los trámites para obtener la libertad bajo fianza en espera de juicio. Una vez que la fiscalía completa la revisión y el enjuiciamiento, si cree que se sospecha de un delito, presentará una acusación pública ante el tribunal en el plazo de un mes, y el tribunal finalmente dictará sentencia.

Después de recibir los materiales del caso transferidos, el tribunal popular informará al sospechoso dentro de los tres días que tiene derecho a confiar un defensor. El tribunal, dentro de los tres días siguientes a la fecha de admisión de la acusación particular, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. A estos efectos, significa que el caso ha sido trasladado a la Fiscalía para su revisión y seguimiento, y la Fiscalía se encuentra realizando los trámites de notificación legal. Tenga en cuenta que puede confiar un defensor y decidir si contratar a un abogado.

Artículo 67 de la "Ley de procedimiento penal de la República Popular China" Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública podrán liberar a los sospechosos de delitos o acusados ​​bajo fianza en espera de juicio en cualquiera de las siguientes circunstancias:

1. Podrá ser condenado a vigilancia, prisión preventiva o penas adicionales de aplicación independiente.

2. La persona podrá ser condenada a una pena de prisión o más, y su libertad bajo fianza en espera de juicio no causará ningún peligro social.

3. Si estás gravemente enferma, incapaz de cuidar de ti misma, embarazada o amamantando a tu propio bebé, quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio no supondrá un riesgo social.

4. El plazo de custodia ha expirado y el caso aún no ha concluido, siendo necesario quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio. La libertad bajo fianza en espera de juicio será ejercida por los órganos de seguridad pública. Artículo 68 El garante deberá cumplir las siguientes obligaciones:

1. Supervisar que la persona garantizada cumpla con lo dispuesto en el artículo 69 de esta Ley;

2. o ya haya cometido Cualquier violación a lo dispuesto en el artículo 69 de esta Ley deberá ser denunciada oportunamente al organismo de aplicación.

Si un fiador viola lo dispuesto en el artículo 69 de esta Ley y no cumple con sus obligaciones de garantía, será multado. Si se constituye delito, se perseguirá la responsabilidad penal conforme a la ley.