Normativas aplicables al equipaje facturado
Base jurídica: “Ley de Aviación Civil de la República Popular China”
Artículo 134 Si un pasajero o consignatario acepta equipaje o mercancías facturadas y no plantea objeción alguna, es Preliminar evidencia de que el equipaje o carga facturada ha sido entregada en buenas condiciones y cumple con los documentos de transporte. Si el equipaje o la carga facturada resultan dañados, el pasajero o el destinatario debe presentar una objeción al transportista después de descubrir la pérdida. Si el equipaje facturado se pierde, la reclamación deberá realizarse dentro de los siete días siguientes a la fecha de recepción del equipaje facturado, a más tardar; si la mercancía está dañada, la reclamación deberá realizarse dentro de los 14 días siguientes a la fecha de recepción de la mercancía; a más tardar. Si el equipaje o carga facturada se retrasa, la solicitud deberá realizarse dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el equipaje o carga facturada sea entregado al pasajero o consignatario. Cualquier objeción deberá hacerse constar en el certificado de transporte o plantearse en otra forma escrita dentro del plazo especificado en el párrafo anterior. A menos que el transportista cometa fraude y el pasajero o el destinatario no presente una objeción dentro del plazo especificado en el párrafo 2 de este artículo, no podrá presentar una reclamación contra el transportista.
Artículo 136 Para el transporte continuo realizado por varios transportistas aéreos, cada transportista que acepte pasajeros, equipaje o carga estará sujeto a las disposiciones de esta Ley y realizará el transporte de conformidad con el artículo 136. ser parte en el contrato de transporte. Para el transporte continuo especificado en el párrafo anterior, a menos que el contrato estipule claramente que el primer transportista es responsable de todo el transporte, el pasajero o su sucesor sólo podrá demandar al transportista en el tramo de transporte donde ocurrió el accidente o el retraso. Si el equipaje o la carga facturados se pierde, daña o retrasa, el pasajero o el consignador tiene derecho a presentar una demanda contra el primer transportista, y el pasajero o el consignatario tiene derecho a presentar una demanda contra el último transportista. , y todos los consignatarios pueden entablar demandas contra el primer transportista. El transportista del tramo de transporte donde se produjo la pérdida, daño o retraso deberá interponer acción. Los transportistas antes mencionados responderán solidariamente frente a los pasajeros, cargadores o consignatarios.