Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Quiero divorciarme, pero mi marido es un gángster. ¿Qué debo hacer?

Quiero divorciarme, pero mi marido es un gángster. ¿Qué debo hacer?

Reúna pruebas de violencia doméstica, busque un abogado y presente una demanda.

Condiciones para el divorcio:

1. Si tanto un hombre como una mujer solicitan el divorcio, los departamentos pertinentes pueden llevar a cabo una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.

Al conocer de un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio.

Si la mediación fracasa en cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:

(1) Bigamia o cónyuge que convive con otros;

(2) Llevar a cabo violencia doméstica o abusar o abandonar a miembros de la familia;

(3) Apuestas, abuso de drogas y otros malos hábitos;

(4) Vivir separados durante más de dos años debido a problemas emocionales. discordia;

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(5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal.

Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio. Nota: Entre ellos, la separación durante dos años debido a discordia emocional solo prueba que la relación efectivamente se rompió y la mediación no es válida. Sin embargo, si tiene pruebas suficientes para demostrar que los dos efectivamente han estado separados durante dos años, puede apelar el divorcio. Si se trata de un divorcio por acuerdo, después de la negociación, ambas partes deben llevar el acuerdo de divorcio, el certificado de matrimonio y la tarjeta de identificación a la oficina de registro de matrimonio original para realizar los procedimientos de divorcio y recibir el certificado de divorcio, si una de las partes no está de acuerdo; deberán divorciarse mediante litigio y presentar demanda en el tribunal donde tenga domicilio el demandado, o Proceder en un tribunal donde el demandado tenga domicilio por más de un año.

Presentar demanda ante el juzgado donde tiene domicilio el demandado, o presentar demanda ante el tribunal donde tiene domicilio el demandado.

Generalmente tarda 6 meses en primera instancia y 3 meses para la segunda instancia. Si el tribunal decide no abandonar el caso la primera vez, usted puede presentar una demanda nuevamente seis meses después. El tribunal que presenta la segunda demanda generalmente debería decidir abandonar el caso.