Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Es útil una carta de entendimiento sobre extorsión? 1. ¿Es útil una carta de entendimiento sobre extorsión? Por supuesto que funciona. Quienes obtengan el perdón de la víctima podrán recibir un castigo más leve. Entre ellos, aquellos que cumplan con las disposiciones de las "Interpretaciones sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de las leyes en el tratamiento de casos penales de extorsión" pueden quedar exentos de procesamiento: si el monto de la extorsión es relativamente grande, el autor se declara culpable, se arrepienta, devuelva los bienes robados o indemnice, o concurra cualquiera de las siguientes circunstancias, podrá quedar exento de procesamiento: Si el delito se considera menor, no se iniciará el procesamiento o se renunciará a la pena penal, y los departamentos correspondientes imponer sanciones administrativas de conformidad con la ley: 1. Hay circunstancias de indulgencia legal 2. La persona no participó en la distribución de los bienes robados o los bienes robados son pequeños y no es el principal culpable; Otras circunstancias son menores y no graves. En segundo lugar, ¿cuál es el estándar de sentencia para el delito de extorsión? El que extorsione bienes públicos o privados en cantidad relativamente grande o que extorsione múltiples veces, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva o vigilancia pública, y también o únicamente multa si la cantidad es elevada; o concurran otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a diez años, y multa si la cuantía es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves; El infractor será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años y también con multa. 3. ¿Cuál es la diferencia entre extorsión y fraude? Los sujetos penales del delito de extorsión y estafa son ambos sujetos generales. El aspecto subjetivo del delito es la intención directa y la finalidad es la posesión ilícita. La diferencia fundamental entre los dos delitos radica en el objeto del delito y la finalidad del delito: en términos del objeto del delito, este delito atenta contra un objeto complejo, es decir, la propiedad de los bienes públicos y privados y la los derechos personales u otros derechos e intereses de los ciudadanos; el fraude infringe un solo objeto, es decir, la propiedad de la propiedad pública y privada. En cuanto al aspecto objetivo del delito, este delito se manifiesta en el uso de amenazas o coacciones para obligar a la víctima a entregar bienes por temor; el delito de estafa se manifiesta en el uso de la invención de hechos u ocultación de la verdad para engañar a la persona; víctima y entregar "voluntariamente" sus bienes. En los casos de extorsión, los comportamientos específicos de ciertos actores pueden contener elementos de fraude, pero dichos elementos de fraude son sólo el "motivo" o la "excusa" de la extorsión, más que la implementación de la extorsión, es decir, no son un aspecto objetivo. del crimen. En otras palabras, el delito de extorsión no depende de si existe una excusa o si la excusa es genuina. Artículo 274 de la Ley Penal: El que extorsione bienes públicos o privados por una cantidad relativamente grande o por extorsiones múltiples, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública, y también o únicamente multa. si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a diez años, y también se le impondrá multa si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras; circunstancias especialmente graves, será condenado a una pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años y no inferior a una multa. En resumen, la extorsión es un acto ilegal y criminal, y la víctima puede denunciarlo en la comisaría. Si se cumplen los criterios para presentar un caso, la fiscalía presentará una demanda ante el tribunal. Para este tipo de delito penal, si el acusado obtiene una carta de entendimiento de la víctima antes de dictar sentencia, el tribunal puede considerar un castigo más leve. Si el monto de la extorsión no es elevado y el delito no es grave, se eximirá de responsabilidad penal y se perseguirá la responsabilidad administrativa.

¿Es útil una carta de entendimiento sobre extorsión? 1. ¿Es útil una carta de entendimiento sobre extorsión? Por supuesto que funciona. Quienes obtengan el perdón de la víctima podrán recibir un castigo más leve. Entre ellos, aquellos que cumplan con las disposiciones de las "Interpretaciones sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de las leyes en el tratamiento de casos penales de extorsión" pueden quedar exentos de procesamiento: si el monto de la extorsión es relativamente grande, el autor se declara culpable, se arrepienta, devuelva los bienes robados o indemnice, o concurra cualquiera de las siguientes circunstancias, podrá quedar exento de procesamiento: Si el delito se considera menor, no se iniciará el procesamiento o se renunciará a la pena penal, y los departamentos correspondientes imponer sanciones administrativas de conformidad con la ley: 1. Hay circunstancias de indulgencia legal 2. La persona no participó en la distribución de los bienes robados o los bienes robados son pequeños y no es el principal culpable; Otras circunstancias son menores y no graves. En segundo lugar, ¿cuál es el estándar de sentencia para el delito de extorsión? El que extorsione bienes públicos o privados en cantidad relativamente grande o que extorsione múltiples veces, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva o vigilancia pública, y también o únicamente multa si la cantidad es elevada; o concurran otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a diez años, y multa si la cuantía es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves; El infractor será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años y también con multa. 3. ¿Cuál es la diferencia entre extorsión y fraude? Los sujetos penales del delito de extorsión y estafa son ambos sujetos generales. El aspecto subjetivo del delito es la intención directa y la finalidad es la posesión ilícita. La diferencia fundamental entre los dos delitos radica en el objeto del delito y la finalidad del delito: en términos del objeto del delito, este delito atenta contra un objeto complejo, es decir, la propiedad de los bienes públicos y privados y la los derechos personales u otros derechos e intereses de los ciudadanos; el fraude infringe un solo objeto, es decir, la propiedad de la propiedad pública y privada. En cuanto al aspecto objetivo del delito, este delito se manifiesta en el uso de amenazas o coacciones para obligar a la víctima a entregar bienes por temor; el delito de estafa se manifiesta en el uso de la invención de hechos u ocultación de la verdad para engañar a la persona; víctima y entregar "voluntariamente" sus bienes. En los casos de extorsión, los comportamientos específicos de ciertos actores pueden contener elementos de fraude, pero dichos elementos de fraude son sólo el "motivo" o la "excusa" de la extorsión, más que la implementación de la extorsión, es decir, no son un aspecto objetivo. del crimen. En otras palabras, el delito de extorsión no depende de si existe una excusa o si la excusa es genuina. Artículo 274 de la Ley Penal: El que extorsione bienes públicos o privados por una cantidad relativamente grande o por extorsiones múltiples, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública, y también o únicamente multa. si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a diez años, y también se le impondrá multa si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras; circunstancias especialmente graves, será condenado a una pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años y no inferior a una multa. En resumen, la extorsión es un acto ilegal y criminal, y la víctima puede denunciarlo en la comisaría. Si se cumplen los criterios para presentar un caso, la fiscalía presentará una demanda ante el tribunal. Para este tipo de delito penal, si el acusado obtiene una carta de entendimiento de la víctima antes de dictar sentencia, el tribunal puede considerar un castigo más leve. Si el monto de la extorsión no es elevado y el delito no es grave, se eximirá de responsabilidad penal y se perseguirá la responsabilidad administrativa.