Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Me estafaron en línea. ¿Puedo llamar a la policía para recuperarlo? Si voy a la policía, ¿le enviaré un mensaje a mi familia?

Me estafaron en línea. ¿Puedo llamar a la policía para recuperarlo? Si voy a la policía, ¿le enviaré un mensaje a mi familia?

Pregunta: Me estafaron en línea. ¿Puedo llamar a la policía para recuperarlo? Si voy a la policía, ¿le enviaré un mensaje a mi familia?

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Después de que la víctima denuncie a la policía que su propiedad ha sido defraudada, los órganos de seguridad pública deben investigar oportunamente, determinarlo como un caso penal y archivar el caso, y recolectar y obtener de manera integral y objetiva. pruebas sobre el sospechoso del delito. Una vez resuelto el caso, todos los bienes obtenidos ilegalmente por los delincuentes serán recuperados o se ordenará su devolución como compensación, los bienes legales de la víctima serán devueltos de manera oportuna. Base jurídica: 1. Disposiciones sobre el Procedimiento para la Tramitación de Causas Penales por los Órganos de Seguridad Pública Artículo 175: Después de aceptar una causa, el órgano de seguridad pública considera necesario perseguir la responsabilidad penal por hechos delictivos que sean de su competencia, y deberá archivar la causa con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior si no hay hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no requieren responsabilidad penal, o existen otras circunstancias que no requieren responsabilidad penal; Según la ley, el caso no se presentará con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior. Si se decide no archivar un caso que involucra a un denunciante, el órgano de seguridad pública preparará un aviso de no presentación y lo notificará al denunciante dentro de los tres días. Artículo 187 Los órganos de seguridad pública investigarán con prontitud las causas penales interpuestas y recogerán y obtendrán de manera integral y objetiva pruebas que demuestren que el presunto delincuente es culpable o inocente y que el delito es leve o grave. 2. Disposición de objetos delictivos Artículo 64 de la Ley Penal: Todos los bienes obtenidos ilegalmente por los delincuentes serán recuperados o se ordenará su devolución como compensación; los bienes legales de la víctima se devolverán sin demora y los objetos personales utilizados en los delitos; recuperado debe ser confiscado. Todos los bienes confiscados y las multas se entregarán al tesoro estatal y uno mismo no podrá apropiarse ni disponer indebidamente de ellos.