Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cómo afrontar las nuevas normas del nuevo Código Civil?

¿Cómo afrontar las nuevas normas del nuevo Código Civil?

Análisis jurídico: La ley recién promulgada no tiene disposiciones especiales sobre el trato a terceros, pero sí estipula que las parejas tienen la obligación de ser leales entre sí y que si es falta conyugal convivir con otras personas o tener bigamia , deben asumir la responsabilidad de la compensación por culpa. Si un cónyuge vive con otra persona, la otra parte puede solicitar el divorcio. Si la mediación del tribunal popular fracasa, se puede decretar el divorcio. Al mismo tiempo, la parte no culpable puede solicitar una indemnización por el daño mental. se determina en función del grado de lesión y los ingresos de la parte no culpable.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 1.079 Si uno de los cónyuges solicita el divorcio, la organización pertinente podrá realizar una mediación o presentar directamente la solicitud al Tribunal Popular. Expediente judicial de trámites de divorcio.

Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio.

Si la mediación fracasa en cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:

(1) Bigamia o convivencia con otros

(2) Implementación de; derecho de familia Violencia, abuso o abandono de miembros de la familia;

(3) Apuestas, abuso de drogas y otros malos hábitos;

(4) Separación por más de dos años debido a problemas emocionales discordia;

(5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal.

Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio. Después de que el tribunal popular dictamine que no se permite el divorcio, si las dos partes han vivido separadas durante un año y una de las partes presenta nuevamente un procedimiento de divorcio, se concederá el divorcio.

Artículo 1091 Al divorciarse, si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la parte sin culpa tiene derecho a reclamar una indemnización:

(1) Bigamia;

( 2) Vivir con otros;

(3) Realizar violencia doméstica

(4) Abusar o abandonar a miembros de la familia

(5) Tener otros; faltas graves.