Los artículos 28 y 31 de la nueva Ley de Sociedades establecen respectivamente la responsabilidad por incumplimiento de contrato y la responsabilidad solidaria de los accionistas que tengan capital insuficiente y de los accionistas que hayan realizado aportaciones de capital falsas. ¿Cómo lo entiendes jurídicamente?
2. El patrocinador responderá solidariamente de todas las aportaciones de capital. Cuando un accionista no aporte la totalidad del capital, los demás accionistas serán solidariamente responsables del déficit.
3. El demandado es la empresa, no los accionistas individuales. La responsabilidad de los accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada se limita únicamente al importe de su aportación de capital. Si está fuera del alcance de su aporte de capital, no pertenece a la responsabilidad limitada.
Datos ampliados:
En diferentes etapas (etapa de establecimiento o después del establecimiento), los accionistas tienen diferentes responsabilidades hacia los acreedores en la etapa posterior.
Primero, la preparación es diferente de la preparación
En términos simples, el establecimiento es un acto jurídico y el establecimiento es una consecuencia jurídica.
La constitución de una sociedad es un acto de creación realizado por los promotores de acuerdo con las condiciones y procedimientos legales, y es un acto civil.
La constitución de una empresa no es un acto jurídico, sino un estado de hecho en el que el promotor obtiene la personalidad jurídica de la empresa o las consecuencias jurídicas de la constitución de la empresa por parte del promotor. (La fecha de emisión de la licencia comercial es la fecha de establecimiento de la empresa. La empresa utiliza la licencia comercial emitida por la autoridad de registro para grabar su sello, abrir una cuenta y pagar impuestos. Es decir, antes de obtener la licencia comercial , la empresa no se ha constituido y no puede disfrutar de derechos ni capacidad.)
En segundo lugar, las responsabilidades son diferentes en las diferentes etapas
1 Etapa de establecimiento
En la etapa de establecimiento. En la etapa de constitución, si no se paga o no se paga en su totalidad el aporte de capital que debe pagarse al constituirse la sociedad, el acreedor tendrá derecho a exigir a los accionistas que no hayan cumplido o no hayan cumplido íntegramente sus obligaciones de aporte de capital. asumir la responsabilidad solidaria, pudiendo también exigir la responsabilidad solidaria de los promotores y accionistas de la sociedad.
Al mismo tiempo, con el fin de proteger los derechos e intereses de los promotores que han cumplido con sus obligaciones de aportación de capital, esta cláusula también otorga a los promotores el derecho a recuperar una compensación de los accionistas demandados después de asumir la responsabilidad.
Nota: Dado que los promotores tienen obligaciones de supervisión (otros promotores o accionistas) durante la etapa de constitución, los promotores de la empresa (incluso si han aportado capital en su totalidad) deben comunicarse con los accionistas insuficientes * * * para la la parte impaga de las deudas de la empresa tiene responsabilidad solidaria.
2. Después de constituida la empresa,
Por ejemplo, aunque la empresa esté constituida y los accionistas hayan pagado íntegra y oportunamente sus obligaciones de aporte de capital, que generalmente se refiere a la primer aporte de capital, los restantes aportes de capital no han sido pagados íntegramente dentro del plazo acordado, los acreedores sólo pueden exigir a los accionistas que no hayan cumplido con sus obligaciones de aporte de capital o que no hayan cumplido íntegramente sus obligaciones de aporte de capital que asuman la responsabilidad suplementaria por la parte de. la deuda de la empresa que no se puede pagar dentro del alcance del principal y los intereses impagos.
Materiales de referencia:
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