Reglamento de gestión del monopolio del tabaco de Chengdu
Los puros, los cigarros puros, el tabaco cortado y las hojas de tabaco recurrentes se denominan colectivamente productos del tabaco. Artículo 3 Las unidades y personas que se dediquen a la producción, transporte, almacenamiento, venta y supervisión y gestión monopólica de productos de monopolio de tabaco dentro del área administrativa de esta ciudad deberán cumplir con este reglamento. Artículo 4 El departamento administrativo del monopolio municipal de tabaco será responsable de la supervisión y gestión del monopolio de tabaco dentro de la región administrativa de esta ciudad. Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco de distrito (ciudad) y condado son responsables de la supervisión y gestión del monopolio del tabaco dentro de sus propias regiones administrativas. Están bajo la doble dirección del departamento administrativo del monopolio del tabaco municipal y del gobierno popular al mismo nivel. el departamento administrativo del monopolio municipal de tabaco como principal líder.
Los departamentos de seguridad pública, industria y comercio, supervisión de calidad, transporte, gestión urbana, aduanas, ferrocarriles, aviación civil, correos, impuestos, precios y otros, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, cooperarán con la Departamento administrativo del monopolio del tabaco en la supervisión y gestión del monopolio del tabaco. Artículo 5 Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco municipal, distrital (ciudad) y condado trabajarán con los departamentos pertinentes para fortalecer la publicidad y la educación sobre los riesgos para la salud del tabaquismo y organizarán o participarán activamente en diversas actividades beneficiosas que prohíben la venta de cigarrillos a menores. Artículo 6 El departamento administrativo del monopolio del tabaco fortalecerá la capacitación sobre las leyes y reglamentos del monopolio del tabaco para los representantes legales (responsables) y operadores que soliciten licencias minoristas del monopolio del tabaco. Capítulo 2 Gestión de la producción, transporte, almacenamiento y ventas Artículo 7 Para producir productos de monopolio de tabaco, se debe obtener una licencia de empresa de producción de monopolio de tabaco aprobada por el departamento administrativo de monopolio de tabaco del Consejo de Estado de conformidad con la ley.
Las unidades e individuos que no hayan obtenido una licencia de empresa de producción de monopolio de tabaco no pueden comprar papel para cigarrillos, varillas de filtro, remolques para cigarrillos ni maquinaria específica para tabaco. Artículo 8 La maquinaria especial de tabaco, las varillas de filtro inferiores, los remolques de cigarrillos y los desechos eliminados, desguazados y ensamblados ilegalmente serán supervisados y manejados por el departamento administrativo del monopolio municipal de tabaco de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Otras unidades y personas no pueden vender, adquirir, o deshacerse de ellos sin autorización. Artículo 9 El transporte de productos del monopolio del tabaco estará sujeto al sistema de permisos de transporte. Para transportar productos del monopolio del tabaco entre ciudades (ciudades) y condados, debe tener una licencia de transporte emitida por el departamento administrativo del monopolio del tabaco. El permiso de transporte de productos especiales de tabaco deberá ser consistente con el certificado de mercancías.
Las empresas y personas físicas que se dediquen al comercio minorista de productos de tabaco dentro del área administrativa donde se encuentra ubicada la autoridad licenciante, al consignar o transportar productos de tabaco, deberán poseer un certificado de compra válido emitido por el monopolio y mayorista de tabaco local. empresa. Artículo 10 Para almacenar productos de especialidad de tabaco se deberán poseer certificados legales y válidos como vales de compra, contratos o permisos de envío. La unidad de almacenamiento verificará los certificados legales y válidos de los productos especiales de tabaco almacenados.
Está prohibido almacenar ilegalmente productos de especialidad de tabaco o proporcionar condiciones de almacenamiento para la operación ilegal de productos de especialidad de tabaco. Artículo 11 La venta al por mayor de productos de tabaco debe ser una empresa mayorista monopolista de tabaco autorizada por el departamento administrativo provincial del monopolio de tabaco.
Las empresas mayoristas de productos de tabaco deberán realizar negocios mayoristas de productos de tabaco dentro del ámbito comercial y geográfico indicados en la licencia de empresa mayorista del monopolio del tabaco, y no venderán productos de tabaco al por mayor a empresas e individuos sin una licencia de venta al por menor del monopolio del tabaco. . Artículo 12 Para vender productos de tabaco al por menor, se debe solicitar una licencia de venta minorista de monopolio de tabaco de conformidad con la ley.
Las empresas y los individuos que hayan obtenido una licencia minorista de monopolio de tabaco no pueden cambiar su alcance comercial ni su dirección comercial sin aprobación.
Las empresas y las personas que hayan obtenido una licencia minorista de monopolio de tabaco deberán comprar productos de tabaco de una empresa mayorista de monopolio de tabaco designada por la autoridad otorgante de licencias, y deben encender la licencia en el lugar indicado en la licencia minorista de monopolio de tabaco. y marcar claramente el precio.
Los operadores minoristas de productos del tabaco deben colocar carteles que indiquen “Fumar es perjudicial para la salud” y “Prohibida la venta de cigarrillos a menores” en lugares destacados de sus locales comerciales. Artículo 13 Las empresas fabricantes de cigarrillos, las empresas tabacaleras extranjeras y sus oficinas de representación permanente deberán informar al departamento administrativo del monopolio municipal de tabaco para su aprobación cuando realicen actividades de promoción de cigarrillos dentro del área administrativa de esta ciudad.
Las empresas o instituciones que lleven a cabo actividades de promoción de cigarrillos deben solicitar al departamento administrativo del monopolio municipal de tabaco con anticipación determinar el contenido, la escala, el alcance, el tiempo y la ubicación de las actividades de promoción. Después de recibir la solicitud, el departamento administrativo del monopolio municipal de tabaco tomará una decisión dentro de los 10 días de acuerdo con las regulaciones pertinentes y notificará al solicitante si no se toma una decisión dentro del plazo, se considerará aprobada; Artículo 14 Están prohibidas las siguientes actividades promocionales:
(1) Vender productos de tabaco en nombre de la promoción;
(2) Utilizar menores como objetivos promocionales para productos de tabaco;
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(3) Actividades de promoción de productos de tabaco utilizando métodos de competencia desleal;
(4) Otras conductas prohibidas por leyes, reglamentos y normas. Artículo 15 Está prohibido producir, transportar, enviar por correo, almacenar y vender productos de tabaco falsificados y de mala calidad, productos de tabaco de contrabando, productos de tabaco que se reexportan fuera del país y productos de tabaco que salen de tiendas libres de impuestos y zonas francas. sin pagar derechos.
Está prohibido establecer condiciones para la producción, transporte, envío postal, almacenamiento y venta de productos de tabaco falsificados y de calidad inferior, productos de tabaco de contrabando, productos de tabaco reenviados fuera del país y productos de tabaco productos que salen de tiendas libres de impuestos y zonas francas sin pagar derechos.