La edad laboral estipulada en la legislación laboral de mi país es
Disposiciones sobre la prohibición del trabajo infantil
Segundo
Agencias estatales, grupos sociales, empresas e instituciones, unidades privadas no empresariales o hogares industriales y comerciales individuales ( en adelante denominadas colectivamente Unidades de empleadores) no reclutarán a menores de 16 años (en adelante, el reclutamiento de menores de 16 años se denominará colectivamente trabajo infantil). Está prohibido que cualquier unidad o individuo introduzca empleo a menores de 16 años. Los menores de 16 años tienen prohibido iniciar un negocio y ejercer actividades por cuenta propia. Artículo
Los padres u otros tutores de menores de 16 años protegerán su salud física y mental, garantizarán su derecho a recibir la educación obligatoria y no permitirán que sean contratados ilegalmente por empleadores. Si los padres u otros tutores de menores de 16 años permiten que el empleador los reclute ilegalmente, el gobierno popular del municipio local, la oficina del subdistrito de la ciudad, el comité de aldea o el comité de residentes deberán brindar crítica y educación. .