Leyes, regulaciones y políticas de orientación sobre vehículos de nueva energía
Base legal: Artículo 5 del “Reglamento Administrativo de Acceso de Fabricantes y Productos de Vehículos de Nuevas Energías” Para solicitar la admisión de un fabricante de vehículos de nuevas energías se deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Cumplir con los requisitos de las leyes nacionales pertinentes, reglamentos administrativos, normas, políticas de desarrollo de la industria automotriz y políticas de macrocontrol.
(2) El solicitante es una empresa de fabricación de automóviles que ha obtenido la admisión como empresa de fabricación de vehículos de motor de carretera, o una empresa de fabricación de automóviles nuevos que ha completado los procedimientos de proyectos de inversión de acuerdo con las normas nacionales de gestión de inversiones pertinentes.
Si un fabricante de automóviles produce vehículos de nueva energía en todas las categorías de productos, también debe manejar los procedimientos de proyectos de inversión de acuerdo con las regulaciones nacionales de gestión de inversiones pertinentes.
(3) Tener las capacidades de diseño e I+D, capacidades de producción, capacidades de garantía de consistencia del producto, servicio posventa y capacidades de garantía de seguridad del producto necesarias para la producción de productos de vehículos de nueva energía, y cumplir con los requisitos de revisión de acceso. para empresas de fabricación de vehículos de nueva energía.
Para los grandes grupos de empresas automotrices que cumplen con las condiciones estipuladas por el Ministerio de Industria y Tecnología de la Información, bajo la premisa de que el grupo empresarial tiene una planificación unificada, una gestión unificada y las responsabilidades regulatorias correspondientes, sus empresas subordinadas (incluidas sus filiales y sucursales) se simplificarán (las condiciones de acceso para instituciones) se aplicarán a los requisitos de revisión de acceso de las empresas afiliadas al grupo empresarial.
(4) Cumplir con las normas de gestión de acceso para empresas fabricantes de automóviles convencionales de la misma categoría.