Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Ayude a quienes entienden la ley.

Ayude a quienes entienden la ley.

Mátalos a todos antes de hacerlo. A menos que tengas pruebas de que quieren matarte, tienes que resistir, de lo contrario constituirá una defensa falsa y tendrás que asumir responsabilidad penal.

La defensa legítima no cambiará la naturaleza de la defensa por un cuchillo o una piedra.

Las condiciones para la legítima defensa son las siguientes

1. Las razones y condiciones de la legítima defensa se refieren a la existencia de infracciones ilegales socialmente nocivas y urgentes. (1) Debe haber infracción ilegal. (2) La infracción ilícita no se limita a actos delictivos. El alcance de la infracción ilícita. Debería incluir violaciones y crímenes. (3) La infracción ilícita debe existir en la realidad. En cuanto al grado de infracción ilegal, generalmente se limita a infracción ilegal violenta, destructiva y urgente. De hecho, no existe una infracción ilegal. El autor cree erróneamente que existe una infracción ilegal y se defiende contra la infracción imaginaria, que es una defensa ficticia. La defensa hipotética debe tratarse de manera diferente dependiendo de si el comportamiento es subjetivamente negligente.

2. Condiciones de tiempo. La condición temporal de legítima defensa significa que sólo podrá ejercitarse la legítima defensa mientras la infracción ilícita esté en curso, no pudiendo realizarse defensa previa ni posterior.

3. La condición objeto de la legítima defensa es que la legítima defensa sólo puede ejercitarse contra el propio infractor, pero no contra un tercero. El hecho de que el intruso ilegal haya alcanzado la edad legal de responsabilidad penal y tenga capacidad para ser penalmente responsable no afecta el establecimiento de la legítima defensa. Mientras exista una situación de emergencia en la que menores o personas con enfermedades mentales cometan una infracción ilegal, pueden defenderse independientemente de si saben de antemano que son menores de la edad legal de responsabilidad penal o que no tienen capacidad para asumir responsabilidad penal. Sin embargo, debería haber cierta moderación en los métodos defensivos.

4. Condiciones subjetivas. La condición subjetiva de legítima defensa significa que el defensor debe realizar la defensa subjetiva con fines de legítima defensa, es decir, para proteger los intereses nacionales, los intereses públicos y los derechos personales, patrimoniales y otros derechos propios o de otros contra infracciones ilegales. Si no es con el fin anterior no podrá establecerse la legítima defensa. Por tanto, las siguientes tres conductas no pertenecen a la legítima defensa (1) Provocación defensiva. Se refiere al comportamiento en el que el perpetrador provoca deliberadamente a la otra parte para que cometa una infracción ilegal con el propósito de infringirla y luego utiliza la defensa como excusa para dañar a la otra parte. (2) Infracción ilegal mutua. Se refiere al comportamiento de infracción mutua entre dos partes con la intención ilegal de infringir a la otra parte. (3) Defensa para proteger intereses ilícitos.

5. Restricciones. La condición límite de la legítima defensa significa que la legítima defensa no puede exceder evidentemente el límite necesario y causar un daño importante. Si excede claramente el límite necesario y causa un daño significativo es un signo que distingue la legalidad de la ilegalidad, la legitimidad de la defensa excesiva.

La defensa justificable es un derecho que la ley otorga a los ciudadanos y también es un medio importante para combatir la conducta delictiva. Los ciudadanos no son jurídicamente responsables de los daños causados ​​a terceros por legítima defensa. Sin embargo, los ciudadanos deben prestar atención a varios requisitos previos al implementar la legítima defensa: en primer lugar, la legítima defensa debe llevarse a cabo contra infracciones ilegales. Si la otra parte sólo amenaza verbalmente pero no actúa, no se puede utilizar la legítima defensa. En segundo lugar, debe ejercerse la legítima defensa en el proceso de infracción ilegal. Si la otra parte ha detenido la infracción ilegal, no continuará adoptando acciones de "legítima defensa". En tercer lugar, el objetivo de la legítima defensa es defender los intereses públicos y los derechos legales propios o ajenos. Si provoca deliberadamente a la otra parte para que lo ataque con el fin de lastimarla y luego usa esto como excusa para participar en el llamado comportamiento "defensivo" para lograr el propósito de dañar a la otra parte, esto es ilegal y no no constituye legítima defensa.

Acerca de "defensa infinita", generalmente tiene dos significados: uno se refiere al alcance ilimitado de la defensa, es decir, las personas pueden luchar contra todas las infracciones ilegales, el otro se refiere al poder de defensa ilimitado, es decir; , el comportamiento defensivo puede cualquier daño causado por una infracción ilegal. El Código Penal de nuestro país de 1979 negaba este derecho ilimitado de defensa, pero actualmente el derecho penal de nuestro país ha logrado un gran avance: el artículo 20, párrafo 3, del Código Penal ha establecido una cláusula denominada "defensa ilimitada" u "omisión preventiva" en el derecho penal. profesión jurídica. Se estipula claramente que "no constituye defensa excesiva y no está sujeto a responsabilidad penal". De hecho, el "carácter ilimitado del derecho penal" "Defensa" todavía tiene límites. En primer lugar, debe estar restringido por la naturaleza de la infracción específica, es decir, sólo puede cometerse contra delitos violentos que pongan en peligro grave la seguridad personal; en segundo lugar, estos delitos graves también deben aparecer como infracciones "continuas" y mostrar la "; urgencia del daño" en un estado objetivo".