Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - La Constitución de nuestro país estipula que el Comité de Vigilancia es un órgano de nuestro país.

La Constitución de nuestro país estipula que el Comité de Vigilancia es un órgano de nuestro país.

Análisis jurídico: La Constitución de nuestro país estipula que el Comité de Vigilancia es el órgano de control de nuestro país.

Base jurídica: “Constitución de la República Popular China”

Artículo 125: La Comisión Nacional de Supervisión de la República Popular China es el máximo órgano de supervisión. La Comisión Nacional de Supervisión dirige los comités de supervisión locales en todos los niveles, y el comité de supervisión superior dirige los comités de supervisión de nivel inferior.

Artículo 126: La Comisión Nacional de Supervisión es responsable ante el Congreso Nacional del Pueblo y el Comité Permanente de la APN. Los comités de supervisión locales de todos los niveles son responsables ante la autoridad estatal que los creó y ante el comité de supervisión del nivel inmediatamente superior.

Artículo 127 La Junta de Supervisores ejercerá su facultad de supervisión con independencia de conformidad con la ley y estará libre de injerencias de organismos administrativos, grupos sociales e individuos. Al abordar casos de violaciones y delitos oficiales, los órganos de control deben cooperar y limitarse entre sí con los órganos judiciales, los órganos de la fiscalía y los departamentos de aplicación de la ley.