Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Intromisiones e intromisiones ilícitas.

Intromisiones e intromisiones ilícitas.

Análisis legal: Comportamiento perturbador se refiere al comportamiento que no cumple con las regulaciones en un aeropuerto o aeronave civil, o no obedece las instrucciones del personal del aeropuerto o miembros de la tripulación, alterando el buen orden del aeropuerto o aeronave. La interferencia con la aeronave incluye principalmente: apoderarse de asientos y portaequipajes; pelear, provocar peleas y provocar problemas; uso ilegal de teléfonos móviles u otros dispositivos electrónicos prohibidos, daño intencional o retiro no autorizado de artículos que salvan vidas y otras instalaciones y equipos de aviación; o apertura forzada de escotillas de emergencia; fumar (incluidos cigarrillos electrónicos) y el uso de fuego; acosar sexualmente a pasajeros en la cabina; difundir materiales obscenos y otros materiales impresos ilegales que obstruyan el desempeño de sus funciones; orden en el avión. La interferencia ilegal se refiere a actos o intentos de actos que ponen en peligro la seguridad de la aviación civil.

Base legal: El artículo 4 de las "Reglas de seguridad en los vuelos de pasajeros aéreos" define algunos términos utilizados en estas reglas de la siguiente manera:

En vuelo, significa que el avión está cargado y el la cabina está cerrada y todas las escotillas afuera hasta que se abra alguna escotilla para descargar. Cuando una aeronave sea obligada a aterrizar, se considerará que sigue en vuelo hasta que la autoridad competente asuma la responsabilidad de la aeronave, su personal y sus bienes.

Tripulación aérea se refiere al personal de aviación que realiza tareas en la aeronave durante el vuelo, incluido el capitán y el resto de la tripulación.

El comportamiento perturbador se refiere a un comportamiento que no cumple con el código de conducta o las instrucciones de la tripulación en la aeronave, perturbando así el buen orden y la disciplina en la aeronave.

La interferencia ilegal se refiere a actos o intentos de actos que ponen en peligro la seguridad de la aviación civil y el transporte aéreo, a saber:

⑴Secuestro ilegal de una aeronave en vuelo;

⑵ Secuestro ilegal de aeronaves en tierra;

(3) Tomar rehenes a bordo de aeronaves o aeropuertos;

(4) Irrumpir por la fuerza en aeronaves, aeropuertos o instalaciones de aviación;

(5) Introducir armas o dispositivos o materiales peligrosos en aeronaves o aeropuertos con fines delictivos;

(6) Difundir información que ponga en peligro a los pasajeros y la tripulación durante el vuelo o en aeronaves, aeropuertos o instalaciones de aviación civil. en tierra información falsa para el personal, el personal de tierra o la seguridad pública.

El período de servicio se refiere al momento desde que un oficial de seguridad de la aviación acepta una misión de vuelo organizada por una empresa de transporte aéreo público y se registra en un lugar designado para completar la misión (excluyendo el tiempo en tierra desde la residencia o residencia al lugar de notificación) al período continuo de tiempo que finaliza cuando se cancela la tarea. Durante un período de servicio, si un oficial de seguridad de la aviación puede descansar en un lugar donde se pueda dormir, no es necesario incluir el tiempo de descanso en el tiempo de servicio del período de servicio.

El período de descanso se refiere al tiempo continuo entre la llegada del oficial de seguridad aérea a la estación y la salida de la estación para realizar la siguiente misión. Durante este período, las empresas de transporte aéreo público no pueden organizar ningún trabajo ni causar interferencias a los funcionarios de seguridad aérea.