Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Es legal registrar preventivamente 35 marcas?

¿Es legal registrar preventivamente 35 marcas?

Subjetividad jurídica:

La okupación de 35 marcas no constituye registro ilegal siempre que no se trate de un registro malicioso grave, pero puede constituir infracción. Una vez que el titular del derecho solicite una marca registrada, la marca registrada será declarada inválida.

Objetividad jurídica:

Artículo 32: La solicitud de registro de marca no lesionará derechos anteriores de otros, ni podrá utilizarse para registrar preventivamente a otros que ya la hayan utilizado y tengan ciertas derechos por medios desleales. El artículo 44 de la Ley de Marcas registra una marca en violación de lo dispuesto en los artículos 4, 10, 11, 12 o 19, párrafo 4, de esta Ley, o por medios engañosos u otros medios desleales si así lo fuere. registrada por medios, la Oficina de Marcas declarará inválida la marca registrada, otras unidades o individuos podrán solicitar a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que declare inválida la marca registrada;