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Consulta jurídica gratuita sobre herencia de inmuebles

Análisis jurídico: Primero, el concepto de herencia significa que el causante disfrutó de los bienes durante su vida y los transfirió a otros. Es heredero de los bienes que deja el causante al morir; realizado de conformidad con la ley o la voluntad legal del difunto. La persona que hereda el patrimonio del difunto es el heredero del derecho del heredero a heredar el patrimonio del difunto de conformidad con las disposiciones directas de la ley o; el testamento legal hecho por el causante es el derecho de herencia.

2. Los métodos de herencia se dividen en los siguientes cuatro tipos:

(1) Herencia testamentaria, es decir, el causante hace un testamento en vida y designa al heredero para heredar su herencia. bienes.

2) Legado significa que el causante hizo testamento antes de su muerte y donó la herencia al estado, a la colectividad o a una persona distinta del heredero legal.

(3) El acuerdo de manutención del legado se refiere a un acuerdo celebrado entre el difunto y el partidario, mediante el cual el partidario asume las obligaciones de nacimiento, manutención y entierro del difunto después de la muerte del difunto, todas o. parte de su propiedad se transfiere al pueblo partidario. Este método ocurre principalmente cuando las personas mayores no tienen apoyo.

(4) La herencia legal, es decir, a falta de las tres circunstancias anteriores, el orden que determina la ley según la distancia del parentesco. Si hay dos o más herencias al mismo tiempo, entre los cuatro métodos de herencia, el acuerdo de apoyo al legado es el más efectivo, el legado es el segundo y la herencia legal es el menos efectivo.

3. La pérdida de los derechos de herencia significa que el testamento del difunto descalifica al heredero legal para heredar, o que el heredero es descalificado por el tribunal popular por violar la ley.

Si un heredero comete cualquiera de los siguientes actos, perderá el derecho a heredar:

(1) Matar intencionalmente al causante

(2) Matar a otros herederos para competir por los derechos de herencia

(3) Abandonar al difunto o maltratar gravemente al difunto

(4) Falsificar, alterar o destruir el testamento y las circunstancias; son serios. "

Cuarto, orden de herencia

Después de la muerte del causante, el orden en que los herederos heredan la herencia. La herencia es el siguiente orden: primer orden: cónyuge, hijos , padres de segundo orden: hermanos, abuelos, abuelos maternos. Una vez iniciada la herencia, heredan los herederos de primer orden y los herederos de segundo orden no pueden heredar. El yerno viudo que ha cumplido con sus obligaciones alimentarias. el primer heredero.

Base jurídica: Artículo 121 del Código Civil Si en un mismo hecho intervienen varias personas que estén emparentadas por sangre, comienza la herencia. Si el tiempo de la muerte es difícil de determinar. se presume que ha muerto primero el que no tiene otros herederos, si hay otros herederos de distintas generaciones, se presume que ha muerto primero el mayor los de la misma generación, y los hay; sin herencia.

El artículo 122 del Código Civil se refiere a los bienes muebles jurídicos que deja una persona física al morir.

Herencia que no puede heredarse según la ley o la naturaleza. de la herencia no se heredará.

Artículo 122 del Código Civil Artículo 123: Comenzada la herencia, se tratará conforme a la herencia legal; según el testamento o legado; si hay pacto de legado y manutención, se tramitará conforme al pacto;

Artículo 12 del Código Civil: Artículo 14: Después de iniciada la herencia, si es el heredero. renuncia a la herencia, deberá hacer declaración escrita de renuncia antes de disponer de la herencia, si no hubiere expresión, se considerará que el legatario ha aceptado la herencia 60 años después de que tenga conocimiento de la herencia, dentro de unos días, una expresión de aceptación. o se hace renuncia a la herencia; si la expresión no expira, se tendrá por abandonada la herencia.

Artículo 125 del Código Civil: Si el heredero comete cualquiera de los actos siguientes, cometerá. perderá el derecho a heredar:

(1) Matar al difunto intencionalmente

(2) Matar a otros herederos para competir por los derechos de herencia; 3) Abandonar al difunto o Abusar del difunto es grave;

(4) Falsificar, alterar, ocultar o destruir testamentos, y las circunstancias son graves;

(5) Forzar u obstaculizar al causante mediante fraude o coacción; si el heredero establece, modifica o retira un testamento, las circunstancias son graves.

El heredero comete los actos enumerados en los incisos 3 a 5 del párrafo anterior. y verdaderamente muestra arrepentimiento, y el causante expresa posteriormente perdón o figura como heredero en el testamento, el heredero no perderá el derecho a heredar

Si el legatario comete los actos previstos en el apartado 1 de. este artículo, perderá el derecho a heredar.