¿A cuántos años de prisión le condenarán por descargar aguas residuales?
Quien viole las normas estatales al descargar, arrojar o eliminar desechos radiactivos, desechos que contengan patógenos de enfermedades infecciosas, sustancias tóxicas u otras sustancias nocivas, contaminando gravemente el medio ambiente, será sancionado con pena privativa de libertad de duración determinada de no más de tres años o prisión penal, y también se le impondrá multa única si las consecuencias son especialmente graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a siete; años, y también será multado. Por tanto, la pena por contaminar es de al menos tres años de prisión.
1. Las siguientes sustancias deben determinarse como "sustancias tóxicas":
1 Residuos peligrosos, incluidos los incluidos en la lista nacional de residuos peligrosos y los residuos identificados según el listado nacional de residuos peligrosos. normas y métodos de identificación Residuos con características peligrosas;
2. Productos químicos altamente tóxicos, productos químicos incluidos en la lista de productos químicos peligrosos clave para la gestión ambiental y sustancias que contengan los productos químicos mencionados anteriormente;
(3 ) Sustancias que contengan plomo, mercurio, cadmio, mercurio y otros metales pesados;
2. Se considerará "gravemente contaminante del medio ambiente" cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1). Beber Descargar, verter o eliminar residuos radiactivos, residuos que contengan patógenos de enfermedades infecciosas y sustancias tóxicas en las áreas centrales de las áreas de protección de fuentes de agua de primer nivel y reservas naturales;
(2) Descarga, vertido o eliminación ilegal de residuos peligrosos3 toneladas;
(3) Descarga ilegal de metales pesados, contaminantes orgánicos persistentes y otros contaminantes que ponen en grave peligro el medio ambiente y la salud humana, superando las normas nacionales de descarga de contaminantes o las del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio dependiente directamente del Gobierno Central Más del triple de las normas de emisión de contaminantes establecidas de conformidad con la ley;
3. Delito de daño a los sistemas de información informática:
(1). Modificar parámetros o datos de monitoreo;
(2) Interferir con el muestreo, lo que resulta en una distorsión grave de los datos de monitoreo;
(3) Otros comportamientos que socavan el sistema de monitoreo de calidad ambiental. Si una unidad clave de descarga de contaminantes altera o falsifica los datos de monitoreo automático o interfiere con las instalaciones de monitoreo automático y descarga contaminantes tales como demanda química de oxígeno, nitrógeno amoniacal, dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, etc., y simultáneamente constituye el delito de contaminación ambiental. o el delito de destrucción de sistemas informáticos, será castigado con la pena más severa prevista para la condena. El personal involucrado en el mantenimiento y operación de las instalaciones de monitoreo ambiental que cometa o participe en la manipulación o falsificación de datos de monitoreo automático, interfiera con las instalaciones de monitoreo automático o dañe el sistema de monitoreo de la calidad ambiental será severamente castigado.
Base jurídica:
Ley Penal
Artículo 338
Verter, verter o eliminar residuos radiactivos o enfermedades infecciosas en violación de las leyes nacionales. reglamentaciones Quienes utilicen desechos patógenos, sustancias tóxicas u otras sustancias nocivas para contaminar gravemente el medio ambiente, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, pudiendo también ser multados si las circunstancias son graves; será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años y además será multado. El que cometa cualquiera de las siguientes circunstancias será sancionado con pena privativa de libertad no menor de siete años y además; ser multado:
(1) Verter, Verter y eliminar desechos radiactivos, desechos que contienen patógenos de enfermedades infecciosas y sustancias tóxicas, si las circunstancias son particularmente graves;
(2) Verter, Verter y eliminar desechos radiactivos que contengan patógenos de enfermedades infecciosas en ríos y lagos importantes designados por el estado. Desechos patógenos y sustancias tóxicas, si las circunstancias son particularmente graves;
(3) Causar una gran cantidad de desechos permanentes. las tierras de cultivo básicas pierdan funciones básicas o sufran daños permanentes;
(4) Provocar lesiones graves o enfermedades a varias personas, o provocar una discapacidad grave o la muerte.