Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Seré procesado si recibo un aviso de asistencia jurídica de la Fiscalía?

¿Seré procesado si recibo un aviso de asistencia jurídica de la Fiscalía?

Definitivamente será procesado por la fiscalía, porque la fiscalía le ha notificado que puede solicitar asistencia jurídica gratuita. El propósito de la asistencia jurídica es cómo responde el acusado después del litigio.

El artículo 1 del "Reglamento de asistencia jurídica" está formulado para garantizar que los ciudadanos con dificultades financieras obtengan los servicios jurídicos necesarios y para promover y estandarizar el trabajo de asistencia jurídica. ?

Artículo 2 del "Reglamento de Asistencia Jurídica" Los ciudadanos que cumplan con las condiciones de este reglamento pueden obtener consulta jurídica, agencia, defensa penal y otros servicios legales gratuitos de acuerdo con este reglamento.

Artículo 11 del "Reglamento de Asistencia Jurídica en Procedimientos Penales" En cualquiera de las siguientes circunstancias, los ciudadanos podrán solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica:

(1) El penal el sospechoso está detenido Después del primer interrogatorio por parte de la agencia de investigación o desde la fecha en que se tomaron las medidas coercitivas, no se contrató a ningún abogado debido a dificultades financieras;

(2) ¿La víctima de un proceso público y su representante legal o familiares cercanos no han confiado un agente litigante debido a dificultades financieras desde la fecha en que el caso fue transferido para su revisión y procesamiento;?

(3) Desde que el Tribunal Popular aceptó el caso de la acusación particular, el fiscal privado y su agente legal no han designado un agente litigante debido a dificultades financieras. ?

¿El artículo 315 de la Ley de Procedimiento Penal de la Fiscalía Suprema del Pueblo? La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor.

La notificación podrá ser oral o escrita. Si la notificación es oral, se hará constar en la transcripción y será firmada por la persona a notificar; si la notificación es escrita, se hará constar en el expediente el recibo de la notificación.