Normas sobre incorporación de personas sujetas a ejecución durante la etapa de ejecución
Tribunal Supremo Popular: Al número de personas sujetas a ejecución se pueden sumar 20 situaciones.
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Bufete de abogados Beijing Jingjia
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Según el "Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas al cambio y adición de partes en la ejecución civil", existen 20 situaciones en las que se puede agregar a la persona sujeta a ejecución:
1. Como sujeto ejecutable Si un ciudadano fallece o es declarado muerto, el albacea solicita cambiar o agregar la persona a ejecutar, heredero, legatario u otro sujeto que obtenga el patrimonio después de que muera el ciudadano sujeto a ejecución. o es declarado muerto.
2. Si el ciudadano objeto de ejecución es declarado desaparecido, el sujeto de ejecución deberá solicitar el cambio del custodio de bienes del ciudadano objeto de ejecución.
3. La persona jurídica u otra organización que es la persona sujeta a ejecución se extingue debido a fusión, y la persona sujeta a ejecución solicita cambiar la persona jurídica u otra organización que sobrevive o se establece nuevamente después. la fusión será la persona sujeta a ejecución.
4. La persona jurídica u otra organización que es la persona sujeta a ejecución se divide, y la persona sujeta a ejecución solicita cambiar o agregar una persona jurídica u otra organización recientemente establecida después de la división como persona. sujeto a ejecución, y la deuda estipulada en el documento legal vigente será de responsabilidad solidaria.
5. Si la empresa unipersonal como sujeto de ejecución no puede pagar las deudas especificadas en el documento legal vigente, el sujeto de ejecución deberá solicitar el cambio o la adición de sus inversionistas como sujeto de ejecución.
6. El nombre de un hogar industrial y comercial individual pertenece a la persona sujeta a ejecución, y el tribunal popular puede ejecutar directamente la propiedad del operador con este nombre.
7. La sociedad como sujeto de ejecución no puede saldar las deudas especificadas en el documento legal vigente y solicita al albacea que cambie o agregue un socio colectivo como sujeto de ejecución.
8. Si los bienes de la sociedad en comandita como sujeto a ejecución son insuficientes para pagar las deudas determinadas en el documento legal vigente, se solicitará al sujeto a ejecución que solicite un cambio y añadirse como sujeto de ejecución a los socios comanditarios que no hayan pagado íntegra y oportunamente el capital.
9. Una sucursal de una persona jurídica que es la persona sujeta a ejecución no puede pagar las deudas especificadas en el documento legal vigente y solicita al albacea que cambie o agregue la persona jurídica como persona sujeta a ejecución. Si los bienes pasivos administrados directamente por una persona jurídica aún no pueden pagar la deuda, el tribunal popular puede ejecutar directamente los bienes de otras ramas de la persona jurídica.
10. Si los bienes pasivos administrados directamente por una persona jurídica como sujeto de ejecución no pueden pagar las deudas determinadas en los documentos legales vigentes, el tribunal popular podrá ejecutar directamente los bienes de la sucursal de la persona jurídica. .
11. Si una organización que no sea una empresa unipersonal, una sociedad colectiva o una sucursal de persona jurídica no pueda pagar las deudas especificadas en el documento legal vigente como persona sujeta a ejecución, el sujeto que lo solicite. cambiar el albacea o agregar deudas de otras organizaciones de acuerdo con la ley es el sujeto sujeto a ejecución.
12. Como persona jurídica sujeta a ejecución, la propiedad es insuficiente para pagar las deudas especificadas en los documentos legales vigentes, y la persona que solicita la ejecución solicita cambiar o agregar accionistas o inversionistas que tengan no pagado o no haber pagado íntegramente, o Será el sujeto de ejecución el promotor que responda solidariamente del aporte de capital de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas.
13. Si los bienes de una persona jurídica jurídica como sujeto de ejecución son insuficientes para pagar las deudas determinadas en el documento legal vigente, el accionista o inversionista que solicita el cambio de sujeto. a la ejecución o al retiro del aporte de capital será objeto de ejecución.
14. Como sociedad sujeta a ejecución, su patrimonio es insuficiente para saldar las deudas determinadas por los documentos legales vigentes, y sus accionistas transfirieron su patrimonio y no cumplieron con sus obligaciones de aporte de capital de conformidad con el ley. El sujeto de ejecución solicita cambiar o agregar al accionista original o al promotor que sea solidariamente responsable del aporte de capital de conformidad con la Ley de Sociedades como sujeto de ejecución.
15. Como sujeto de ejecución, el patrimonio de una sociedad unipersonal de responsabilidad limitada es insuficiente para saldar las deudas determinadas por los documentos legales vigentes. Los accionistas no pueden probar que el patrimonio de la sociedad es independiente. de su propiedad, por lo que solicitan al albacea que cambie y agregue accionistas como la persona sujeta a ejecución.
16. La sociedad como sujeto de ejecución ha sido dada de baja sin liquidación, por lo que la sociedad no puede liquidarse. La persona sujeta a ejecución solicita cambiar o agregar accionistas, directores y accionistas mayoritarios de la misma. sociedad de responsabilidad limitada como sujeto de ejecución, responsable solidariamente de las deudas de la empresa.
17. Después de que la persona jurídica u otra organización que es la persona sujeta a ejecución sea revocada, se le revoque la licencia comercial, se le revoque, se le ordene el cierre, se suspenda el negocio, etc. , sus accionistas, aportantes o la autoridad competente aceptan gratuitamente sus bienes, resultando que el ejecutado no tenga herencia o la herencia sea insuficiente para saldar las deudas, y el solicitante de la ejecución cambie o agregue el accionista, aportante o la autoridad competente como sujeto de ejecución.
18. Si una persona jurídica u otra organización que sea la persona sujeta a ejecución es dada de baja sin haber sido liquidada conforme a la ley, cuando la autoridad registradora cancele el registro, el tercero se comprometerá por escrito a asumirá la responsabilidad de las deudas de la persona sujeta a ejecución y deberá informar a la parte ejecutante. La persona solicita cambiar o agregar un tercero como persona sujeta a ejecución.
19. Durante la ejecución, el tercero se compromete por escrito ante el tribunal de ejecución a cumplir voluntariamente las deudas especificadas en el documento legal vigente en nombre del sujeto de ejecución, y solicita al albacea su cambio. o añadir al tercero como sujeto de ejecución.
20. Si una persona jurídica u otra organización que sea el sujeto de ejecución asigna o transfiere bienes a un tercero gratuitamente de conformidad con una orden administrativa, resultando en bienes del sujeto de ejecución. siendo insuficiente para saldar la deuda especificada en el documento legal vigente, la solicitud del sujeto a ejecución solicita cambiar o agregar un tercero como sujeto a ejecución.
Base jurídica
Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas al cambio y adición de partes en la ejecución civil
Artículo 1 Durante el proceso de ejecución, la persona que solicita para su ejecución o Sus herederos y sucesores podrán solicitar al Tribunal Popular el cambio o adición de partes. Si la solicitud cumple las condiciones legales, el tribunal popular la apoyará.
Artículo 2 Si la persona física que es la persona que solicita la ejecución fallece o es declarada muerta, el administrador del patrimonio de la persona física, el heredero, el legatario o la persona que tenga derecho a documentos legales eficaces de acuerdo con la ley debida a la muerte o declaración de muerte de la persona natural. Si otros sujetos de derechos solicitan cambiarlos o agregarlos como solicitantes de ejecución, el tribunal popular lo sustentará.
Si una persona física que es la persona que solicita la ejecución es declarada desaparecida y el custodio de los bienes de la persona física solicita cambiarla o agregarla como la persona que solicita la ejecución, el Tribunal Popular lo apoyará.
Artículo 3: Cuando la persona física que es la que solicita la ejecución se divorcie, todos o parte de los derechos especificados en el documento legal vigente se dividirán al cónyuge si el cónyuge solicita cambio o. agregarlo como la persona que solicita la ejecución, el tribunal popular lo apoyará.