Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Requisitos legales y plazos para la incautación de vehículos

Requisitos legales y plazos para la incautación de vehículos

El plazo para la detención de un vehículo es el siguiente:

1. El departamento de gestión de tránsito del órgano de seguridad pública determinará el plazo para completar la inspección y tasación con la institución de tasación, y el plazo determinado. no excederá los 30 días;

2 si demora diez días, se informará al departamento de gestión de tránsito del órgano de seguridad pública del nivel inmediatamente superior para su aprobación, pero el período más largo no excederá los 30 días;

2. sesenta días.

¿Cuáles son las circunstancias en las que se puede confiscar un coche?

1. Conducir un vehículo de motor sin licencia de conducir de vehículo de motor o tener retenidas la parte delantera y trasera de la licencia de conducir de vehículo de motor

2. beber;

3. Conducir un vehículo de motor con una licencia de conducir de vehículo de motor prestada, sustraída, alterada, falsificada, utilizada de manera fraudulenta o inválida;

4. licencia que no se corresponda con el tipo de vehículo que se conduce;

5. Padecer enfermedades que impidan la conducción segura o la conducción de un vehículo a motor por fatiga excesiva.

Base legal: Artículo 58 del “Reglamento de Procedimientos para la Atención de Accidentes de Tráfico”.

Dentro de los cinco días siguientes a la fecha de confirmación del informe de inspección y dictamen de tasación, el departamento de gestión de tráfico del órgano de seguridad pública notificará al interesado para que recoja el vehículo accidentado incautado.

Los gastos ocasionados por la detención del vehículo correrán a cargo del departamento de gestión de tráfico del órgano de seguridad pública que tomó la decisión. Sin embargo, si el departamento de gestión de tráfico del órgano de seguridad pública notifica a la parte que debe recoger el vehículo. vehículo, los gastos de estacionamiento en que incurra la persona que no recoja el vehículo en plazo serán a cargo del interesado.

Si las partes no han recogido el vehículo transcurridos 30 días de haber sido notificadas, o no lo han recogido pasados ​​tres meses de haber sido anunciadas, el vehículo será retenido conforme a la ley.