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Las consecuencias legales de la colusión maliciosa para dañar los intereses de otros

Las consecuencias legales de la colusión maliciosa para dañar los intereses de otros son las siguientes:

1. Responsabilidad penal: si la colusión maliciosa involucra delitos, como extorsión, provocar peleas y provocar problemas, etc. , será considerado penalmente responsable y podrá enfrentar penas como prisión y multas;

2. Compensación civil: la colusión maliciosa causa daño a los intereses de otros, y la parte infractora puede exigir compensación por pérdidas económicas y mentales. daño del infractor;

3. Sanciones administrativas: Aquellos que se confabulen maliciosamente para violar las regulaciones administrativas, como alterar el orden del mercado, el orden social, etc., estarán sujetos a sanciones administrativas y pueden enfrentar multas, licencias. revocación y otras sanciones;

4. Daño a la reputación social: la colusión maliciosa dañará gravemente la reputación social de un individuo u organización, puede generar desconfianza y disgusto público y afectar negativamente su desarrollo profesional.

Condiciones legales para que exista colusión maliciosa para perjudicar intereses ajenos;

1. Debe haber dos o más sujetos actuando concertadamente, y se implementa una colusión maliciosa, no la conducta de uno. una sola persona;

2. El sujeto de la colusión maliciosa debe tener la intención de confabularse y actuar en concierto, es decir, existe un propósito claro de la colusión;

3. conducirá inevitablemente a daños a los intereses de otros, es decir, a la infracción de los derechos e intereses legítimos de otros;

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4. orden y buenas costumbres, como extorsiones, amenazas e intimidaciones, violación de secretos comerciales, etc.

En resumen, la colusión maliciosa está prohibida por ley. Si la colusión maliciosa cumple las condiciones anteriores, se impondrán sanciones legales.

Base jurídica:

Artículo 143 del Código Civil de la República Popular China

Son válidos los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones:

(1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil;

(2) La manifestación de intención es verdadera;

(3) No viola la obligación disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos, no viola el orden público y las buenas costumbres.

Artículo 144

Son nulos los actos jurídicos civiles realizados por personas sin capacidad para conducta civil.

Artículo 154

Son nulos los actos jurídicos civiles en los que el actor se confabula maliciosamente con la contraparte y lesiona derechos e intereses legítimos de otros.