Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Puedo recuperar el dinero que gasté en mi novia?

¿Puedo recuperar el dinero que gasté en mi novia?

Durante la relación, el hombre gasta dinero en la mujer. ¿Todavía podrá recuperarse después de la ruptura?

De acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes de nuestro país, el dinero gastado por el hombre en la mujer durante la relación no puede ser devuelto después de la ruptura. Los artículos entregados a la mujer se consideran obsequios y otros. El consumo se considera gasto voluntario.

Derecho Civil

Artículo 657 Un contrato de donación es un contrato en el que el donante dona sus bienes al donatario gratuitamente y el donatario expresa su aceptación de la donación.

Artículo 658 El donante podrá revocar la donación antes de que se transfieran los derechos sobre los bienes donados. Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplicará a los contratos de donación notariados ni a los contratos de donación que tengan naturaleza de bienestar público y obligación moral tales como socorro en casos de desastre, alivio de la pobreza y asistencia a discapacitados y sean irrevocables de conformidad con la ley.

Cómo dividir los bienes cuando se termina una relación de convivencia

De la interpretación judicial anterior se desprende que si un hombre y una mujer solteros que viven juntos tienen una disputa y una de las partes solicita la Tribunal Popular para poner fin a la relación de convivencia, el Tribunal Popular no aceptará el caso.

Sin embargo, la solicitud de partición es propiedad de ambas partes durante el período de convivencia, y el tribunal debe aceptarla.

Durante la convivencia, los ingresos y los bienes adquiridos por ambas partes se tratan como bienes comunes.

El artículo 10 de las "Opiniones sobre los tribunales populares que conocen de casos de convivencia en nombre del marido y la mujer sin registro de matrimonio" del Tribunal Supremo Popular estipula que cuando se termina una relación de convivencia, los ingresos y bienes obtenidos por ambas partes durante el período de convivencia se considerará como enajenación general de bienes.

¿Qué son "* * *ingresos"? En general, se cree que los "* * * ingresos" con propiedades propiedad de ambas partes que viven juntas deben cumplir dos condiciones al mismo tiempo. Primero, ambas partes * * * viven juntas, lo cual es la base para la * * * formación; segundo, ambas partes * * * tienen el mismo trabajo, negocio o gestión, que es el requisito previo para la * * * relación. Sólo si se cumplen estas dos condiciones al mismo tiempo puede constituir el mismo ingreso; de lo contrario, debe considerarse ingreso personal.

Lo que es "propiedad general * * *" es decir, * * * * es propiedad de * * * *, es decir, ambas partes * * * tienen los mismos ingresos y compraron la propiedad durante la convivencia período, independientemente de si ambas partes Independientemente del monto del capital aportado, ambas partes tienen derechos de propiedad, independientemente de la participación. En principio, ambas partes deben compartirlo a partes iguales cuando se termina la relación de convivencia.

En la práctica judicial, generalmente se cree que no pertenecen al mismo patrimonio de ambas partes convivientes los siguientes bienes: 1. Los bienes de la parte anterior a la convivencia; 2. Los gastos médicos y prestaciones de invalidez que recibía; una de las partes por lesión física 3. Bienes heredados por una de las partes o recibidos como regalo durante la convivencia; 4. Leña, arroz, aceite y sal de una de las partes;

Si las dos partes que conviven pueden llegar a un acuerdo sobre la división de bienes, se tratará según el mutuo acuerdo; si no pueden llegar a un acuerdo, el tribunal lo dividirá conforme a la ley; En principio, los bienes de ambas partes se dividirán en partes iguales.

Las anteriores son las respuestas del editor a preguntas legales relevantes. Según las leyes y normas vigentes en nuestro país, el dinero gastado por un hombre en una mujer durante una relación no se puede devolver después de una ruptura. Los artículos entregados a la mujer se consideran obsequios y otros consumos se consideran gastos voluntarios.