Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Aceptar inversiones de inversores que posean derechos de patente.

Aceptar inversiones de inversores que posean derechos de patente.

Subjetividad jurídica:

1. Los derechos de patente se pueden invertir. Los accionistas podrán realizar aportes dinerarios, o podrán realizar aportes de capital en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otras propiedades no dinerarias que puedan valorarse en moneda y enajenarse conforme a la ley, pero que no puedan utilizarse como; Se excluyen los aportes de capital conforme a leyes y reglamentos administrativos. 2. Base Jurídica Artículo 27 de la “Ley de Sociedades Anónimas” Los accionistas podrán aportar dinero, o podrán aportar capital en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otros bienes no dinerarios que puedan valorarse en moneda y ser transferibles de acuerdo con las ley. Sin embargo, se excluyen los inmuebles que no puedan utilizarse como aportes de capital según las leyes y normas administrativas. Los bienes no monetarios utilizados como aportes de capital deben ser evaluados y verificados, y su valor no debe sobreestimarse ni subestimarse. Si las leyes y reglamentos administrativos contienen disposiciones sobre evaluación y fijación de precios, prevalecerán dichas disposiciones.

Objetividad jurídica:

Artículo 27 de la “Ley de Sociedades Anónimas”: Los accionistas pueden aportar capital en moneda, o en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otras monedas no disponibles. -Inversión inmobiliaria monetaria que se valora y se transfiere de conformidad con la ley. Sin embargo, se excluyen los inmuebles que no puedan utilizarse como aportes de capital según las leyes y normas administrativas. Los bienes no monetarios utilizados como aportes de capital deben ser evaluados y verificados, y su valor no debe sobreestimarse ni subestimarse. Si las leyes y reglamentos administrativos contienen disposiciones sobre evaluación y fijación de precios, prevalecerán dichas disposiciones.