La propiedad ha sido certificada ante notario como donación. ¿Sigue siendo válida la transferencia de propiedad después de la muerte del donante?
Según la “Ley de Contratos”, un contrato de donación es un contrato de compromiso. La propiedad de la casa objeto del contrato de donación de vivienda también se transfiere a partir de la fecha de registro del cambio de derechos de propiedad, no a partir de la fecha de firma del contrato. Aunque el contrato firmado por ambas partes entra en vigor a partir de la fecha de la firma, sólo entra en vigor la relación acreedor-deuda, no la transferencia de derechos de propiedad.
Después de la muerte del donante, la deuda del donante por los bienes donados surge debido al contrato de donación. Según el artículo 33 de la "Ley de Sucesiones", el heredero del donante (difunto) debe pagar la deuda si. hereda la deuda.
Además, el artículo 186 de la “Ley de Contratos” estipula que “el donante podrá revocar la donación antes de que se transfiera el derecho a donar el bien. Los contratos de donación con el carácter de obligaciones sociales y morales tales como alivio de desastres y alivio de la pobreza" Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplicará a los contratos de donación que hayan sido notariados. El artículo 180 estipula que “si el donante no entrega los bienes donados a un contrato de donación que tenga el carácter de bienestar social y moral obligaciones tales como ayuda en casos de desastre y alivio de la pobreza, o un contrato de donación notariado ", el donatario puede solicitar la entrega".