¿Cuántos artículos y apartados hay en nuestra legislación penal actual? ¿Hay algún cambio después de la nueva revisión?
La "Enmienda a la Ley Penal de la República Popular China (Novena)" es la siguiente:
1 Agregar un artículo después del Artículo 37 de la Ley Penal como Artículo 37-. 1: "Por aprovechamiento de la propia posición. Si una persona es condenada por la comisión de un delito o por violar obligaciones específicas exigidas por sus funciones, el tribunal popular podrá, basándose en las circunstancias del delito y la necesidad de evitar la reincidencia, prohibir a la persona ejercer ocupaciones relevantes desde la fecha de cumplimiento de la sentencia o la fecha de libertad condicional por un período de tres a cinco años
“Si una persona a la que se le prohíbe ejercer ocupaciones relevantes viola la ley. la decisión tomada por el Tribunal Popular de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, será sancionada por los órganos de seguridad pública de conformidad con la ley; si el caso es grave, será sancionada de conformidad con el artículo 313 de esta Ley; . Proporciona sanciones por condena.
Si otras leyes o reglamentos administrativos les prohiben o restringen el ejercicio de las ocupaciones correspondientes, prevalecerán sus disposiciones
2. Modificar el primer párrafo del artículo 50 de la Ley Penal para que diga: "Durante el período de ejecución suspendida de la pena de muerte, si no existe delito intencional, la pena se reducirá a cadena perpetua al cabo de dos años; si efectivamente existe un servicio meritorio importante, la pena se reducirá a 25 años. de prisión de duración determinada después de la expiración de los dos años, si el delito es intencional y las circunstancias son atroces, la sentencia se informará al Tribunal Popular Supremo para su aprobación. La pena de muerte se ejecutará si no se ejecuta; en el caso de un delito intencional, el período de suspensión de la pena de muerte se volverá a calcular y se comunicará al Tribunal Supremo Popular para que conste en actas."
3. Modifíquese el artículo 53 del Código Penal para que diga: "La multa se pagará de una sola vez o en cuotas dentro del plazo fijado en la sentencia. Si no se paga al final del plazo, el pago será obligatorio. Si la multa no se puede pagar en su totalidad, el tribunal popular determina que la persona sujeta a ejecución tiene bienes ejecutables y debe recuperarse en cualquier momento
Si es realmente difícil de pagar debido a desastres de fuerza mayor y. Por otras razones, el tribunal popular podrá aplazar el pago, reducir el pago o eximirlo según corresponda
4 Ley Penal 60 Se añade un párrafo al artículo 9 como segundo párrafo: “El que sea condenado a pena determinada. La pena de prisión o prisión preventiva por varios delitos será sancionada con pena privativa de libertad de duración determinada. Si una persona es condenada a prisión de duración determinada, vigilancia pública o detención penal o vigilancia pública por múltiples delitos, la vigilancia pública aún debe implementarse después de la ejecución de la pena de prisión de duración determinada o detención penal. ”
El segundo párrafo original es el tercer párrafo.
5. Modificar el artículo 120 de la Ley Penal para que diga: “Quien organice y dirija una organización terrorista será condenado a pena fija. pena de prisión no menor de diez años”. La pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y multa; Los demás participantes serán condenados a penas privativas de libertad no mayores de tres años, prisión preventiva, vigilancia pública o privación de derechos políticos, pudiendo ser castigados simultáneamente con oro.
Quien cometa el delito del párrafo anterior y además cometa el delito de homicidio, explosión, secuestro, etc., será sancionado conforme a las disposiciones de la pena concurrente para varios delitos.
6. Artículo 120-1 de la Ley Penal revisado para que diga: “Quien financie organizaciones terroristas, personas que lleven a cabo actividades terroristas o financie entrenamiento terrorista será condenado a pena de prisión de duración determinada no superior a cinco años, detención penal, prisión pública vigilancia o privación de derechos políticos, y también será multado si las circunstancias son graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de cinco años y se le impondrá también multa o confiscación de bienes; p>
“Quienes organicen y realicen actividades terroristas o entrenen y transporten personal para actividades terroristas serán sancionados conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Si una unidad comete los delitos previstos en los dos párrafos anteriores, será multada y los responsables directos y demás responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero p>
7 Se añaden cinco artículos después del artículo 120 de la Ley Penal, a saber, el artículo 122, el artículo 123, el artículo 124, el artículo 125 y el artículo 120. Artículo 6:
“Artículo 120-. 2 El que se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias será condenado a pena privativa de libertad no superior a cinco años, prisión preventiva, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado si las circunstancias son graves; ser sentenciado a: Pena de prisión de más de cinco años, y multa o confiscación de bienes:
“(1) Preparar armas, mercancías peligrosas u otras herramientas para actividades terroristas;
“(2) Organizar entrenamiento de actividades terroristas o participar activamente en entrenamiento de actividades terroristas;
“(3) Para llevar a cabo actividades terroristas, contactar organizaciones o personal terroristas en el extranjero;
“( 4) Realizar actividades terroristas de “planificación u otros preparativos”. El que cometa los actos del párrafo anterior y constituya además otros delitos, será condenado y castigado conforme a lo dispuesto en las penas más severas.
“Artículo 120-3 Quien produzca o distribuya libros, materiales audiovisuales u otros artículos, enseñe o publique información, incite a actividades terroristas o promueva el terrorismo o el extremismo será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de cinco años, detención penal, vigilancia o privación de derechos políticos, y será multado si las circunstancias son graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de cinco años, y también multa o pena de prisión; bienes confiscados.
“Artículo 124: El uso de incitación extremista, coaccionar a las masas y socavar la implementación de los sistemas matrimonial, judicial, educativo, de gestión social y otros establecidos por las leyes nacionales será sancionado con pena fija. pena de prisión no mayor de tres años, detención criminal o vigilancia pública, y además será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años; y multa, si las circunstancias son particularmente graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de siete años y también se le impondrá una multa o se le confiscarán bienes;
“Artículo 125: El que utilice la violencia o la coerción para obligar a otros a vestir prendas o símbolos que promuevan el terrorismo o el extremismo en lugares públicos será sancionado con pena privativa de libertad no mayor a tres años, prisión penal , o vigilancia, y también Sanciones.
Artículo 126 Quien a sabiendas posea libros, materiales audiovisuales u otros elementos que promuevan el terrorismo o el extremismo y los posea ilegalmente, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, podrá imponerse detención o vigilancia penal, ambas o únicamente multa.
8 Modificar el artículo 133 de la Ley Penal para que diga: “El que conduzca un vehículo de motor en la vía pública en cualquiera de las circunstancias siguientes. será sentenciado a detención penal y también será multado:
“(1) Persecución y carrera en circunstancias graves;
“(2) Conducir un vehículo de motor en estado de ebriedad; p>
“(3) Participar en la operación de autobuses escolares o transporte de pasajeros, transportar pasajeros que excedan seriamente el número nominal de pasajeros o conducir a una velocidad que exceda seriamente la velocidad prescrita;
“(4) Transportar productos químicos peligrosos en violación de las normas de gestión de seguridad de productos químicos peligrosos, poniendo en peligro la seguridad pública.
“Serán sancionados los propietarios y administradores de vehículos de motor que sean directamente responsables de los actos previstos en los incisos 3 y 4 del párrafo anterior. de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Quienes cometan los hechos previstos en los dos párrafos anteriores y constituyan al mismo tiempo otros delitos, serán condenados y sancionados conforme a lo dispuesto en las penas más severas
9. párrafo del artículo 151 de la Ley Penal para que diga: "Quien contrabandee armas, municiones, materiales nucleares o moneda falsa, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de siete años, además de multa o confiscación de bienes; si el las circunstancias son especialmente graves, será condenado a cadena perpetua y se le confiscarán los bienes, si las circunstancias son menos graves, será condenado a una pena de prisión de tres años a una duración determinada de no menos de 10 años pero no más de 10 años; siete años, y a multa”
10. Modificar el primer párrafo del artículo 164 de la Ley Penal para que diga: “Con el fin de buscar beneficios indebidos, dando a una sociedad, empresa u otra persona”. Si la cantidad de bienes pertenecientes al personal de la unidad es relativamente grande, será condenado a pena de prisión de no más de tres años o prisión penal, y también se le impondrá una multa si la cantidad es enorme; será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa.”
11. Modificar el artículo 170 de la Ley Penal para que diga: “Quien falsifique moneda será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y además se le impondrá multa al que cometa cualquiera de las siguientes circunstancias; más de diez años, y también será multado con multa o decomiso de bienes:
“(1) El cabecilla de un grupo de falsificación de moneda;
“(2) El monto de la moneda falsificada es particularmente grande;
“ (3) Hay otras circunstancias particularmente graves. "
12. Suprimir el artículo 199 de la Ley Penal.
Modificar el artículo 237 de la Ley Penal para que diga: "Mosificar a otros por la fuerza, mediante violencia, coacción u otros métodos. Cualquiera que insulte a una mujer. será condenado a pena privativa de libertad no mayor de cinco años o a prisión penal.
“El que reúna multitud en un lugar público o cometa abiertamente el delito mencionado en el párrafo anterior, o cometa otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años. p>
“Quienes abusen de niños serán castigados de conformidad con lo dispuesto en los dos párrafos anteriores. Prevé penas severas.
14. Modificar el segundo párrafo del artículo 239 de la Ley Penal para quedar como: “El que comete el delito del párrafo anterior y mata al secuestrado, o hiere intencionalmente al secuestrado, causándole lesiones graves o muerte, será condenado a cadena perpetua o muerte, y estará sujeto a confiscación de bienes.
15. Modificar el artículo 241, párrafo 6 del Código Penal para que diga: “Quien compre mujeres o niños secuestrados, no abuse de los niños comprados y no obstaculice el rescate, podrá recibir una pena más leve. ”; si la mujer no le impide regresar a su lugar de residencia original según sus deseos, se le podrá imponer una pena más leve o reducida. ”
16. El artículo 246 de la Ley Penal agrega un párrafo como tercer párrafo: “Si la víctima informa al tribunal popular de la conducta especificada en el párrafo 1 a través de la red de información, pero es realmente difícil aportar pruebas, el Tribunal Popular podrá solicitar asistencia de los órganos de seguridad pública. ”
17. Se revisa el artículo 253-1 de la Ley Penal para que diga: “Quien viole las regulaciones estatales pertinentes al vender o proporcionar información personal de ciudadanos a otros, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión”. pena de prisión fija no superior a tres años o prisión preventiva, y será sancionada con multa o únicamente si las circunstancias son especialmente graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años; no más de siete años, y también será multado.
“Quien viole las normas nacionales pertinentes al vender o proporcionar a otros información personal de ciudadanos obtenida en el ejercicio de sus funciones o prestación de servicios será severamente sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. p>
“Robo Cualquier persona que obtenga ilegalmente información personal de los ciudadanos a través de otros métodos será sancionada de conformidad con las disposiciones del párrafo 1.
Si una unidad comete los delitos de los tres primeros párrafos, la unidad será multada y las personas directamente responsables y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en cada párrafo
18. Se revisa el párrafo 3 del artículo 260 de la Ley Penal para que diga: "Los delitos del párrafo 1 sólo se procesarán si la víctima se queja, excepto cuando la víctima no pueda quejarse o no pueda quejarse debido a coerción o intimidación."
19. Se añade un artículo después del artículo 260 de la "Ley Penal" como artículo 260 Uno: "El que maltrate a menores, a ancianos, a enfermos o a personas incapacitadas, si las circunstancias son graves, serán condenados a pena de prisión de duración determinada no superior a tres años." O prisión penal.
“Si una unidad comete el delito previsto en el párrafo anterior, la unidad será multada y el El responsable directo y los demás directamente responsables serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Quien cometa los hechos del primer párrafo y constituya además otros delitos, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en las penas más severas
20. Se modifica el primer párrafo del artículo 267. la Ley Penal quedará redactada de la siguiente manera: “Quien hurte bienes públicos o privados en cantidades relativamente importantes o robe varias veces será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión criminal o vigilancia pública, y también o únicamente multa; si la cantidad es enorme o concurren otras circunstancias graves, será condenado a una pena mínima de tres años y no inferior a diez años. Si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, el infractor será condenado a una pena fija. - Pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua y además será multado o confiscado sus bienes.
"
21. Se añade un párrafo al artículo 277 de la Ley Penal como párrafo quinto: "Quien agreda violentamente a un policía popular que esté cumpliendo sus funciones conforme a la ley, será severamente castigado de conformidad con las lo dispuesto en el párrafo primero.
22. Modificar el artículo 280 de la Ley Penal para que diga: “Quien falsifique, altere, compre y venda, o robe, incaute o destruya documentos, certificados o sellos oficiales de organismos estatales, será sancionado con pena fija. -pena de prisión no mayor de tres años.” , detención penal, vigilancia o privación de derechos políticos, y además será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de no menos de tres años; no más de diez años, y también será multado.
“Quien falsifique el sello de una empresa, emprendimiento, institución u organización popular será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado.
“Falsificación Cualquiera que altere o venda cédulas de identidad de residente, pasaportes, tarjetas de seguro social, licencias de conducir y otros documentos que puedan servir para probar la identidad conforme a la ley, será sancionado con pena fija. -pena de prisión no superior a tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años pero no; más de siete años, y también será multado. ”
23. Añadir un artículo después del artículo 280 de la Ley Penal como artículo 280-1: “En actividades en las que se requiera la presentación de certificados de identidad de conformidad con la normativa nacional, se permitirá el uso de documentos falsificados o alterados. robar cédulas de identidad de residentes, pasaportes, tarjetas de seguridad social, licencias de conducir y otros documentos que puedan acreditar la identidad conforme a la ley, si las circunstancias son graves, serán condenados a detención penal o vigilancia, pudiendo también o únicamente ser multados. "El que cometa los hechos del párrafo anterior y constituya al mismo tiempo otros delitos, será condenado y sancionado conforme a las penas más severas.
Modifíquese el artículo 283 de la Ley Penal para quedar: "Ilegal producción y venta de equipos especiales para espionaje o escuchas ilegales. Cualquier persona que utilice equipos especiales para robar fotografías será condenada a pena de prisión de no más de tres años, detención penal o vigilancia, y también podrá ser multada si las circunstancias son graves; será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y simultáneamente multa.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior
25. En el Código Penal se añade un artículo después del artículo 284 como artículo 284-1: “Quien haga trampa en los exámenes nacionales previstos por la ley será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años o a prisión penal. , y será también o únicamente multado; si fuere grave, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado cualquiera. Quien proporcione equipo de trampa u otra ayuda a otros para cometer el delito del párrafo anterior será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
“Cualquier persona que venda o proporcione ilegalmente las preguntas y respuestas del examen especificadas en el párrafo 1 a otros con el fin de hacer trampa en el examen será sancionada de conformidad con las disposiciones del párrafo 1.
En sustitución de otros o Quien permita que otros realicen en su nombre el examen previsto en el primer párrafo, será sancionado con prisión o vigilancia penal, y será también o únicamente multado
Se añade un párrafo. al artículo 285 de la Ley Penal como párrafo cuarto: "Si una unidad comete los delitos previstos en los tres primeros párrafos, la unidad será multada, y las personas directamente responsables y demás personal directamente responsable serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de cada párrafo. ”
27. Se añade un párrafo al artículo 286 de la Ley Penal como párrafo cuarto: “Si una unidad comete los delitos previstos en los tres primeros párrafos, la unidad será multada y el responsable directamente. Los responsables y los demás serán multados. Los responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1. "
28. Añadir un artículo después del artículo 286 de la Ley Penal como artículo 286-1: "Los proveedores de servicios de Internet no cumplen con las obligaciones de gestión de seguridad de la red de información previstas en las leyes y reglamentos administrativos, y se niegan a realizarlas. correcciones después de haber sido ordenado a hacerlo por las autoridades reguladoras. Será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, detención o vigilancia penal, y también o únicamente con multa, el que cometa cualquiera de las siguientes circunstancias:
“(1) Provocar la difusión de una gran cantidad de información ilegal;
"(2) Provocar la filtración de información del usuario, causando graves consecuencias;
"(3) Provocar la pérdida de pruebas en casos penales, y las circunstancias son graves;
"(4) Tener otras consecuencias graves en la trama.
“Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Existe un precedente Si los dos hechos constituyen al mismo tiempo otros delitos, serán condenados y sancionados conforme a lo dispuesto en las penas más severas
29. Añadir dos artículos después del artículo 287 de la Ley Penal como artículo 287 artículo 1 y artículo 287-2:
“Artículo 287 Quien utilice redes de información para cometer uno de los siguientes actos, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena fija- pena de prisión no superior a tres años o detención penal, y multa o multa única:
“(1) Establecer sitios web y grupos de comunicación para participar en actividades ilegales y delictivas como defraudar, enseñar métodos delictivos, fabricar o vender artículos prohibidos, artículos controlados, etc.;
(2) Publicar información sobre la fabricación y venta de drogas, armas, materiales obscenos y otros artículos prohibidos, artículos controlados u otras actividades ilegales y criminales;
"(3) Publicar información con el fin de cometer fraude y otras actividades ilegales y delictivas.
“Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero.
“ Si los hechos previstos en los dos párrafos anteriores constituyen a la vez otros delitos, serán condenados y sancionados conforme a lo dispuesto en las penas más severas.
"Artículo 287-2 Cualquier persona, a sabiendas, proporciona a otras soporte técnico, como acceso a Internet, alojamiento de servidores, almacenamiento en red, transmisión de comunicaciones, etc.
El que cometa un delito o preste asistencia en publicidad, pago y liquidación, etc., si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal, y será también o únicamente multado.
“Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero.
Sí, si los hechos previstos en los dos primeros párrafos constituyen al mismo tiempo otros delitos, serán condenados y sancionados conforme a lo dispuesto en las penas más severas.
30. Se revisa el artículo 288 de la Ley Penal para que diga: "En violación de las normas estatales, quien utilice una estación de radio, o utilice frecuencias de radio sin autorización, para interferir con el orden de las comunicaciones por radio, si las circunstancias son graves, deberá será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia pública, y será también o únicamente multado si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años; pena de prisión no mayor a siete años y multa. ”
31. Modificar el primer párrafo del artículo 290 de la Ley Penal para que diga: “Congregación de multitud para perturbar el orden social, las circunstancias son graves, provocando trabajo, producción, comercio, enseñanza, investigación científica, y tratamiento médico sea imposible, causando graves pérdidas, los cabecillas serán condenados a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años, los demás que participen activamente serán condenados a pena de prisión de plazo fijo; de no más de tres años, detención penal, vigilancia o privación de derechos políticos. ”
Añádase dos párrafos como tercer y cuarto párrafos: “Quien trastorne repetidamente el orden de trabajo de los órganos estatales y no realice correcciones después de una sanción administrativa, causando graves consecuencias, será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de tres años o prisión penal”.
Quien organice o financie múltiples reuniones ilegales ajenas y altere el orden social, si las circunstancias son graves, será sancionado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior
Artículo 291. -1 de la Ley Penal Se ha agregado un párrafo como segundo párrafo: “Quien fabrique información falsa sobre peligros, epidemias, desastres o alerta temprana y la difunda en redes de información u otros medios, o la difunda a sabiendas en redes de información u otros los medios de comunicación perturban intencionada y gravemente el orden social, será castigado con pena privativa de libertad no superior a tres años, detención o vigilancia penal si se causan consecuencias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no inferior a tres años; no más de siete años.”
33. Modificar el artículo 300 de la Ley Penal para: “Organizar y utilizar organizaciones de culto para socavar la implementación de leyes o reglamentos administrativos nacionales será condenado a penas fijas. pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y además será multado si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de siete años o cadena perpetua; será multado o confiscado sus bienes si las circunstancias son graves. Si el delito es grave, será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos; o únicamente multado.
“El que organice y utilice una organización sectaria o utilice la superstición para engañar a otros, causando lesiones graves o la muerte, será castigado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
"Quien cometa el delito del párrafo 1, y además cometa el delito de violación de mujeres, defraudación de bienes, etc., será castigado conforme a las disposiciones de pena concurrente para varios delitos."
Sustituir el artículo 302 de la Ley Penal Reformado para que diga: “Quien hurte, insulte o destruya intencionalmente cadáveres, huesos o cenizas, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, detención penal o vigilancia.”
35. Añadir un artículo después del artículo 307 de la Ley Penal, como artículo 307-1: “Quien interponga una demanda civil basada en hechos inventados, obstruya el orden judicial o atente gravemente contra los derechos e intereses legítimos de los demás, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia penal, y también o únicamente multa si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de tres años; pero no mayor de siete años, y también será multado.
“Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será sancionada con multa la unidad, y el responsable directo y las demás personas. El responsable directo será sancionado con multa conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
“Quien cometa el acto del párrafo 1, posea ilegalmente bienes ajenos o eluda deudas legales, constituyendo otros delitos, será condenado y castigado severamente de acuerdo con las disposiciones de penas más severas.
“El personal judicial hace uso de sus facultades, quien colabora con otros para cometer los hechos de los tres primeros párrafos será severamente castigado si constituye al mismo tiempo otros delitos, será condenado y castigado severamente conforme a lo dispuesto; en penas más severas. ”
36. Agregar un artículo después del artículo 308 de la Ley Penal como artículo 308-1: “Las filtraciones filtradas por personal judicial, defensores, agentes litigantes u otros participantes en el litigio no serán reveladas de conformidad con la ley. .” Cualquier información que no deba ser divulgada en un caso en trámite, causando difusión pública u otras consecuencias graves, será sancionada con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia penal, y también o únicamente multa. .
“El que cometa los actos señalados en el párrafo anterior y divulgue secretos de Estado será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en el artículo 398 de esta Ley.
“La divulgación pública y denuncia especificada en el primer párrafo Según la información del caso, si las circunstancias son graves, el infractor será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1.
“Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable y demás personal directamente responsable serán sancionados conforme a lo dispuesto en el párrafo primero.”
Modificar el artículo 309 de la Ley Penal para que diga: “Quien perturbe el orden judicial en cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva, vigilancia o multa:
"(1) Reunir una multitud para causar problemas y asaltar el tribunal;
"(2) Golpear a funcionarios judiciales o participantes en un litigio;
"(3) Insultar, calumniar, amenazar a funcionarios judiciales o participantes del litigio que se nieguen a escuchar las restricciones del tribunal y alteren gravemente el orden judicial;
(4) Destruir las instalaciones del tribunal, arrebatar y destruir documentos del litigio, pruebas y otros comportamientos que alterar la orden judicial, si las circunstancias son graves
38 Modificar el artículo 311 de la Ley Penal para que diga: “Sabiendo que otros están llevando a cabo actividades de espionaje, terroristas o extremistas, y negándose a proporcionar información relevante. cuando las autoridades judiciales investiguen la situación y reúnan de ellas las pruebas pertinentes, las circunstancias, si son graves, serán sancionadas con pena privativa de libertad no mayor a tres años, detención penal o vigilancia.”
39. Modificar el artículo 313 del Código Penal para que diga: "Quien se niegue a ejecutar la sentencia o fallo del Tribunal Popular, si las circunstancias son graves, será castigado con una pena de prisión de duración determinada no superior a tres años". detención penal o multa si las circunstancias son especialmente graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años y también multa si es unitario; comete el delito mencionado en el párrafo anterior, la unidad será sancionada con multa y también será multada el responsable y demás responsables directos que resulten directamente responsables, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. p>
40. Modificar el artículo 322 de la Ley Penal para que diga: "Violación de leyes y reglamentos nacionales (fronterizos), quien cruce ilegalmente la frontera nacional (fronteriza), y si las circunstancias son graves, será sancionado con pena fija". -pena de prisión no superior a un año, detención o vigilancia penal, y también será multado quien cruce ilegalmente la frontera nacional (frontera) con el fin de unirse a una organización terrorista, recibir entrenamiento terrorista o realizar actividades terroristas; será sancionado con pena privativa de libertad no menor de un año ni mayor de tres años, y también multa.
41. Modificar los párrafos primero y segundo del artículo 350 de la Ley Penal para que diga: “Violar las normas estatales, producir, comercializar y transportar ilegalmente anhídrido acético, éter, cloroformo u otras sustancias utilizadas en la fabricación. Materias primas y preparados de drogas, o el ingreso y salida del país de los artículos antes mencionados, si las circunstancias fueren graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión o vigilancia penal, y también será multado si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado si las circunstancias son especialmente graves, el infractor será condenado a pena fija; - Pena privativa de libertad no menor de siete años y también multa o confiscación de bienes.
Quien a sabiendas fabrique, venda o transporte los artículos señalados en el párrafo anterior por quien a sabiendas fabrique drogas, será sancionado como delito de fabricación de drogas
Artículo 42 de la Ley Penal. 358 para que diga: "Quien organice u obligue a otros a ejercer la prostitución será condenado a pena de prisión de no menos de cinco años pero no más de diez años, y también será multado; si las circunstancias son graves, será será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, y además será multado o se le confiscarán sus bienes.
“Quien organice o fuerce a menores a ejercer la prostitución será severamente castigado de conformidad con las lo dispuesto en el párrafo anterior.
"El que cometa los delitos de los dos primeros párrafos y además cometa el delito de asesinato, lesiones, violación, secuestro, etc., será castigado conforme a las disposiciones de la pena concurrente para varios delitos.
"Reclutamiento con el fin de organizar la prostitución Quien transporte personas o ayude a otros a organizar la prostitución será condenado a una pena de prisión de no más de cinco años y también a una multa; si las circunstancias son graves, Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años y también multa. "
43. Suprimir el segundo párrafo del artículo 360 de la Ley Penal.
44. Modificar el artículo 383 de la Ley Penal para que diga: "Quienes cometan el delito de corrupción, y será sancionado de acuerdo con las siguientes disposiciones según la gravedad del caso:
“(1) Si el monto de la corrupción es relativamente grande o existen otras circunstancias graves, será sentenciado a pena de prisión de duración determinada no superior a tres años o detención penal, y también será multado.
“(2) Quienes malversan una cantidad enorme o tienen otras circunstancias graves serán condenados a pena de prisión de duración determinada de no menos de tres años ni más de diez años, y también serán multados o se les confiscarán sus bienes.
“(3) Si el nivel de corrupción es particularmente grande o concurren otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena de prisión de no menos de diez años o cadena perpetua, y también será multado o confiscado de sus bienes; si la cantidad es particularmente grande, los intereses del país y del pueblo sufrirán consecuencias especiales. Aquellos que sufran pérdidas graves serán condenados a cadena perpetua o muerte, y sus bienes serán confiscados. p>
“Si no se atienden múltiples malversaciones, la sanción se basará en el monto acumulado de malversación.
“Quien cometa el delito del primer párrafo y confiese verazmente su delito antes de iniciar la acción pública, se arrepienta sinceramente, devuelva activamente los bienes robados y evite o reduzca el daño, podrá recibir una pena más leve. en las circunstancias especificadas en el primer párrafo, reducir o eximir de la pena si existen circunstancias especificadas en el párrafo 2 o en el párrafo 3, la persona podrá recibir una pena más leve;
Si una persona comete el delito. del párrafo 1 y es condenado a libertad condicional en las circunstancias especificadas en el párrafo 3, el Tribunal Popular podrá decidir, basándose en las circunstancias del delito, suspender la pena de muerte por dos años y conmutarla por cadena perpetua al expirar el plazo. el plazo de ejecución, sin conmutación ni libertad condicional. 45. Modificar el artículo 390 de la Ley Penal para que diga: "Quien ofrezca soborno, cualquiera que busque beneficios ilegítimos mediante el cohecho, si las circunstancias son graves o causan grandes perjuicios a los intereses nacionales, será condenado". a pena privativa de libertad no inferior a cinco años ni superior a diez años, y también será multado si las circunstancias son especialmente graves, o aquellos que causen daños especialmente graves a los intereses nacionales serán condenados a pena privativa de libertad de duración determinada; no menor de diez años o cadena perpetua, y además serán multados o confiscados sus bienes.
“Si un sobornador toma la iniciativa de confesar su soborno antes de ser procesado, se le puede imponer una pena más leve o reducida. Entre ellas, si el delito es menor y desempeña un papel clave en la detección de casos importantes, o ha realizado un servicio meritorio importante, se le podrá imponer una pena más leve o reducida.
”
46. Agregar un artículo después del artículo 390 de la Ley Penal como artículo 390-1: “Para procurar beneficios indebidos, a los parientes cercanos de funcionarios del Estado o de otras personas relacionadas con el Estado, el que tenga una relación estrecha con un funcionario del Estado, o un funcionario del Estado dimitido o sus parientes cercanos, o cualquier otra persona que tenga una relación estrecha con un funcionario del Estado, que soborne, será sentenciado a pena privativa de libertad de no más de tres años o detención penal, y también será multado si las circunstancias son graves, o Cualquier persona que sufra grandes pérdidas para los intereses nacionales será condenada a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años y también será multada; si las circunstancias son particularmente graves o los intereses nacionales sufren pérdidas particularmente graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de siete años pero no más de diez años y también a una multa.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, la unidad será multada, y la persona directamente responsable y demás personal directamente responsable será condenada a pena privativa de libertad no mayor de tres años o detención penal, y también será multado
47 Modificar el primer párrafo del artículo 391 de la Ley Penal para que diga: "Con el fin de buscar beneficios ilegítimos, entregar bienes a organismos estatales, empresas estatales, empresas, instituciones públicas y organizaciones populares, o violar las regulaciones en las transacciones económicas". El estado estipula que cualquier persona que dé sobornos o honorarios de manejo en diversos nombres será sentenciado a una pena de prisión de no más de tres años o detención penal, y También será multado. 48. Modificar el primer párrafo del artículo 392 de la Ley Penal, queda así: “Quien introduzca sobornos a funcionarios del Estado, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años. o detención penal, y también será multado."
49. Modificar el artículo 393 de la Ley Penal para: " Si una unidad paga sobornos por intereses ilegítimos o viola las regulaciones estatales al dar sobornos o honorarios al estado El personal, si las circunstancias son graves, la unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán condenados a pena de prisión de no más de cinco años o detención penal y multa si es ilegal. las ganancias obtenidas mediante cohecho pertenecen a particulares, serán condenados y sancionados de conformidad con lo dispuesto en los artículos 389 y 390 de esta Ley.”
50 Se reforma el artículo 426 para que quede: “Quien obstaculice a los comandantes o el personal de servicio impida el desempeño de sus funciones mediante violencia o amenazas, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años o prisión preventiva si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor; de cinco años pero no mayor de diez años, los que resulten especialmente graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua.”
51 Modificar el artículo 433 de la Ley Penal para: "Quien difunda rumores para confundir al público y sacudir la moral de los militares durante tiempos de guerra, será condenado a pena de prisión de no más de tres años si las circunstancias son graves". de no menos de tres años pero no más de diez años, si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua.”
52. Artículo. La modificación entrará en vigor en 2015+01.