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¿Las cartas de compromiso y los contratos tienen el mismo efecto jurídico?

Subjetividad jurídica:

1. ¿Las cartas y contratos de compromiso son legalmente vinculantes?

Un contrato es un documento legal formal con requisitos de formato fijos y términos específicos. Un compromiso no es un documento formal, pero se ajusta a la forma principal de un contrato y tiene el mismo efecto jurídico. El contrato estipula los derechos, obligaciones y condición jurídica de las partes. Una carta compromiso es sólo una declaración y reconocimiento obligatorio por una de las partes, y su efecto jurídico es diferente. Si lo aprueba el contrato, se puede realizar como parte del contrato.

2. Momento y lugar de celebración del contrato

1. Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando todas las partes firmen y sellen. o huella dactilar, si las obligaciones principales se han cumplido antes del sellado o de la toma de huellas dactilares, el contrato quedará establecido cuando la otra parte lo acepte;

El contrato se celebrará por escrito de conformidad con las disposiciones legales, administrativas. reglamento o acuerdo de las partes. Si las partes no lo hacen por escrito, pero una parte ha cumplido su obligación principal y la otra la ha aceptado, se forma un contrato.

2. Los interesados ​​deberán enviar nuevos documentos, mensajes de datos, etc. La celebración de un contrato requiere la firma de una carta de confirmación, y el contrato se establece cuando se firma la carta de confirmación si la información sobre los bienes o servicios publicada por una de las partes a través de Internet u otras redes de información cumple con las condiciones de la oferta; El contrato se establece cuando la otra parte selecciona exitosamente los bienes o servicios y presenta el pedido, salvo acuerdo en contrario entre las partes.

3. El lugar donde el compromiso produce efectos no es el lugar donde se establece el contrato; si el contrato se celebra en forma de mensaje de datos, el lugar de actividad principal del destinatario no es el lugar donde se realiza el contrato; Se establece el contrato. Si no existe lugar principal de negocios, su domicilio está en el contrato. Cerca del lugar de establecimiento. A menos que las partes acuerden lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo.

4. Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, firmarán, sellarán o tomarán las huellas dactilares en el último lugar donde no se haya establecido el contrato, salvo acuerdo en contrario de las partes.

Tres. Contenido del contrato

1. El nombre y domicilio de las partes del contrato son herederos de los derechos y obligaciones del contrato, y la determinación del nombre, título y domicilio puede; hacer que el contrato sea fijo y concreto.

2. Objeto; el llamado objeto es el objeto de los derechos y obligaciones del contrato. La certeza de la entrega del objeto puede hacer o deshacer la relación contractual.

3. Calidad y cantidad;

4. Precio o remuneración; el precio es el precio que se debe pagar para obtener la materia, y la remuneración es el precio que se debe pagar. pagado para obtener el servicio. El precio suele ser el precio del propio objeto subyacente.

5. Plazo, lugar y forma de ejecución.

Comprender los contratos puede ayudarnos a reducir algunos conflictos y disputas en nuestra vida diaria. Un contrato es una forma jurídica que regula los derechos y obligaciones entre las personas.

Objetividad jurídica:

¿Es un compromiso unilateral jurídicamente vinculante? ¿Qué condiciones deben cumplirse para que la carta compromiso entre en vigor? 1. La aceptación deberá realizarse por el destinatario al oferente. Tenga en cuenta que debe ser realizado al oferente por el destinatario o su agente autorizado. Si se hace una promesa a unas pocas personas específicas, entonces unas pocas personas específicas pueden ser los promitentes. Además, el tercero no es el destinatario y no puede aceptar la promesa. Una "promesa" hecha por un tercero se considera una oferta al oferente. 2. La aceptación deberá llegar al oferente dentro del plazo de validez de la oferta. El plazo fijo es el plazo especificado en la oferta. Si la oferta se hace mediante el diálogo, el prometiente debe hacer una aceptación de inmediato; si el contrato se hace sin diálogo, debe hacerse y llegar al oferente en un plazo razonable. Un período de tiempo razonable requiere que los candidatos lo comprendan y lo dominen. 3. El contenido del compromiso deberá ser coherente con el contenido de la oferta. La aceptación es aceptar una oferta. El compromiso debe ser incondicional y el contenido de la oferta no debe limitarse, ampliarse ni modificarse. De lo contrario, no constituye aceptación y debe considerarse como un rechazo de la oferta original y una nueva oferta, lo que se denomina contraoferta. 4. La aceptación deberá indicar que el destinatario ha decidido celebrar un contrato con el oferente. Los requisitos y compromisos deben ser claros e inequívocos. 5. La forma del compromiso deberá ajustarse a los requisitos de la oferta. Los compromisos podrán contraerse oralmente, por escrito o de otras formas. Sin embargo, cuando la oferta estipula que la aceptación debe realizarse de cierta manera, de lo contrario la aceptación será inválida, el modo de aceptación se convierte en un requisito especial para que la aceptación sea efectiva. Hay dos factores que afectan la validez legal de una garantía de aceptación unilateral: primero, si existe la intención de celebrar un contrato. Desde la perspectiva del derecho contractual, la celebración de cualquier contrato debe ser la verdadera expresión de las intenciones de ambas partes. Aunque una carta de compromiso y garantía unilateral es emitida unilateralmente por una de las partes, si la carta de compromiso y garantía expresa claramente una expresión de intención similar a "disposición a asumir responsabilidad solidaria" y la otra parte también expresa aceptación, entonces la expresión de intención en el acto de garantía debe considerarse tomada en posesión. La segunda es si la forma y el contenido de la carta de compromiso unilateral cumplen con las disposiciones de las leyes pertinentes. El artículo 22 de la Interpretación Judicial de la Ley de Garantías estipula que si un tercero emite unilateralmente por escrito al acreedor una carta de garantía y éste la acepta sin oponer objeción alguna, queda establecido el contrato de garantía. Si un compromiso unilateral expresa claramente su intención y la otra parte también expresa su aceptación, entonces el compromiso unilateral tiene efecto jurídico.