¿Es seria la vigilancia residencial en un lugar designado?
Para cualquier delito involucrado, una vez que se archiva la causa penal y llega el sospechoso, se tomarán las medidas coercitivas penales correspondientes. Estas medidas obligatorias incluyen principalmente la libertad bajo fianza en espera de juicio, la vigilancia residencial, la vigilancia residencial designada, la detención, la detención penal, el arresto, etc. El gravamen será decidido por la autoridad de control a partir de la fecha de implementación de la Ley de Supervisión. Entre estas medidas coercitivas penales, la libertad bajo fianza en espera de juicio y la vigilancia residencial son las más leves, porque sólo restringen determinadas libertades personales y pueden circular libremente en condados y ciudades, pero no en otras.
¿Cuáles son los lugares designados de vigilancia residencial?
El domicilio designado por la agencia que lleva el caso. En cuanto a la residencia designada por el organismo que lleva el caso, la Ley de Procedimiento Penal y las Normas de Procedimiento Penal sólo tienen disposiciones restrictivas, es decir, debe tener condiciones normales de vida y descanso y estar separada del lugar del juicio e instalar equipos de vigilancia para facilitar el seguimiento; y gestión; y tener precauciones de seguridad para garantizar el manejo seguro de los casos; no se utilizará como centros de detención, centros de detención, prisiones y otros lugares de detención y supervisión, así como lugares especiales de manejo de casos y áreas de oficina, como salas de detención y salas de interrogatorios (deben excluirse otros espacios de oficina de los órganos de la fiscalía y de los órganos de seguridad pública, como "centros de formación" y "bases de prevención", etc.). Sin embargo, no está claro qué lugares pueden designarse como “residenciales”.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. En caso de duda, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica:
Artículo 77 de la Ley de Procedimiento Penal Los sospechosos y procesados bajo vigilancia domiciliaria deberán cumplir las siguientes disposiciones: (1) Sin la aprobación del organismo de ejecución, no el sospechoso criminal o el acusado pueden abandonar el lugar de vigilancia residencial; (2) no reunirse con otras personas ni comunicarse con otras personas sin la aprobación de la agencia de aplicación de la ley (3) estar presente en el interrogatorio de manera oportuna; interferir con el testimonio de los testigos en cualquier forma; (5) No destruir, fabricar pruebas ni confabularse en confesiones (6) Presentar pasaportes y otros documentos de entrada y salida, documentos de identidad y licencias de conducir a la agencia de aplicación de la ley para su conservación; Si los sospechosos o acusados de delitos bajo vigilancia residencial violan las disposiciones del párrafo anterior y las circunstancias son graves, podrán ser arrestados si el arresto es necesario, los sospechosos o acusados de delitos podrán ser detenidos previamente;