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Medidas de protección y gestión de los recursos pesqueros de la ciudad de Yangzhou

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la protección de los recursos pesqueros, mejorar el entorno ecológico de las áreas acuáticas y promover el desarrollo sostenible de la pesca, estas Medidas se formulan de conformidad con la Ley de Pesca de la República Popular China, el Reglamento de Gestión Pesquera de Provincia de Jiangsu y otras leyes y reglamentos, y a la luz de la situación real de esta ciudad. Artículo 2 Estas Medidas se aplicarán a la protección y ordenación de los recursos pesqueros dentro del área administrativa de este Municipio.

La protección y gestión de los recursos pesqueros en el tramo Yangzhou del río Yangtze, el lago Gaoyou, el lago Baoying, el lago Shaobo, el lago Baima y el tramo Yangzhou del río Yangtze, así como el germoplasma acuático nacional. La reserva y la reserva del lago Sheyang se implementarán de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 3 La protección y ordenación de los recursos pesqueros se ajustarán a los principios de estricta protección, ordenación científica, utilización racional y desarrollo sostenible. Artículo 4 Los gobiernos populares municipales y distritales (ciudades, distritos) incorporarán la protección y utilización de los recursos pesqueros en los planes nacionales de desarrollo económico y social, fortalecerán las garantías de los fondos financieros, fomentarán la investigación científica y la promoción de tecnologías avanzadas en la protección de los recursos pesqueros. y proteger el entorno ecológico de las aguas pesqueras, fortalecer la protección de la proliferación de los recursos pesqueros y la supervisión y gestión de la calidad de los productos acuáticos.

Las agencias de gestión de la Zona de Desarrollo Económico y Tecnológico de Yangzhou, la Nueva Ciudad de Ciencia y Tecnología Ecológica de Yangzhou y el Área Escénica del Lago Oeste Shugang-Slender de Yangzhou deberán, de acuerdo con sus responsabilidades, hacer un buen trabajo en la protección y gestión de los recursos pesqueros en sus respectivas zonas.

El gobierno popular del municipio (oficina subdistrito) debe hacer un buen trabajo en la protección y gestión de los recursos pesqueros. Artículo 5 El departamento de pesca municipal es responsable de la protección y ordenación de los recursos pesqueros en la ciudad; el departamento de pesca del condado (ciudad, distrito) es responsable de la protección y ordenación de los recursos pesqueros dentro de su propia región administrativa.

Los departamentos de seguridad pública, planificación y recursos naturales, medio ambiente ecológico, transporte, conservación del agua, turismo cultural, religión popular, supervisión y gestión del mercado y otros departamentos deben coordinar la protección y gestión de los recursos pesqueros de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 6 El departamento de pesca hará un buen trabajo en la publicidad de las leyes y reglamentos pesqueros y sensibilizará a toda la sociedad sobre la protección de los recursos pesqueros. Artículo 7 Los gobiernos populares municipales y distritales (ciudades, distritos) recompensarán a las unidades e individuos que hayan realizado contribuciones destacadas a la protección de los recursos pesqueros de acuerdo con las regulaciones. Artículo 8 Las autoridades pesqueras municipales y distritales (ciudad, distrito) fortalecerán la protección de los recursos de germoplasma acuático y organizarán actividades de protección y reproducción de especies.

Sin aprobación, ninguna unidad o individuo puede participar en actividades pesqueras en la zona de protección de recursos de germoplasma acuático. Artículo 9 Los gobiernos populares municipales y de condado (ciudad, distrito) fortalecerán la construcción y gestión de reservas naturales biológicas acuáticas, centrándose en la protección de los recursos biológicos acuáticos raros, en peligro y valiosos y sus orígenes.

Recolecte plantas acuáticas silvestres económicas, como castañas de agua, raíces de loto y semillas de gorgona, mantenga las semillas y plantas de acuerdo con las regulaciones e implemente rotaciones de cultivos razonables. Artículo 10 Las autoridades pesqueras municipales y distritales (ciudades, distritos) fortalecerán la protección de aguas pesqueras importantes, como zonas de desove, zonas de alimentación, zonas de invernada y canales de migración de peces, camarones, cangrejos, conchas, algas y otros organismos acuáticos. Artículo 11 Las unidades y personas físicas que se dediquen a la producción acuícola en aguas estatales y marismas determinadas en el plan de acuicultura deberán obtener un certificado de cría de conformidad con la ley. Artículo 12 Al dedicarse a la producción pesquera, se observarán las siguientes normas:

(1) No se utilizarán piensos ni cebos que contengan sustancias tóxicas y nocivas;

(2) Alimentación razonable , fertilizar y usar medicamentos para prevenir la contaminación ambiental y el daño ecológico;

(3) Eliminar de manera oportuna y razonable los cuerpos de agua contaminados o que contengan patógenos y los organismos reproductores muertos para prevenir la propagación de enfermedades y la contaminación del agua;

( 4) Evitar que especies exóticas escapen y causen contaminación de los recursos de germoplasma en aguas abiertas. Artículo 13 Las semillas acuáticas explotadas por cualquier unidad o individuo deberán ir acompañadas de certificados de calidad y certificados de cuarentena. Artículo 14 Los departamentos administrativos de pesca municipales y distritales (ciudad, distrito) formularán planes y planes de implementación para la proliferación y liberación basados ​​​​en el estado de los recursos biológicos acuáticos en las aguas naturales, las características del entorno ecológico de las aguas y otros factores, y científicamente. Determinar las áreas y tiempos para la proliferación y liberación de organismos acuáticos, tipo, especificación y cantidad. Artículo 15 Las unidades y personas que realicen actividades de proliferación y liberación de organismos acuáticos a gran escala deberán informar las especies, cantidades, especificaciones, tiempo y ubicación a las autoridades pesqueras locales con 15 días de anticipación y aceptar la supervisión e inspección.

No se liberarán en aguas naturales las especies acuícolas, exóticas, híbridas, genéticamente modificadas y otras especies acuáticas que no cumplan con los requisitos ecológicos.

Las actividades de liberación realizadas por diversas asociaciones, otras organizaciones e individuos también deben realizarse de acuerdo con las normas sobre proliferación y liberación y estar sujetas a supervisión para evitar causar desastres ecológicos. Artículo 16 Esta ciudad implementa un sistema de cuotas de pesca y licencias de pesca. Las licencias de pesca son emitidas por las autoridades pesqueras locales de la ciudad o condado (ciudad, distrito), a menos que las leyes y reglamentos dispongan lo contrario. Artículo 17 Las autoridades pesqueras municipales y distritales (ciudades, distritos) determinan los tipos y estándares de captura de los recursos pesqueros protegidos clave de acuerdo con la autoridad de gestión prescrita. En las zonas de desove, zonas de alimentación, zonas de invernada y canales de migración de importantes peces, camarones, cangrejos, mariscos, algas y otros organismos acuáticos importantes, estipular períodos y períodos de veda de pesca, y formular métodos de pesca que prohíban o restrinjan el uso de artes de pesca. , tamaño mínimo de malla y otras medidas para proteger los recursos pesqueros. Artículo 18 Queda prohibido pescar en zonas de pesca cerradas y en temporadas de veda.

Está prohibida la venta de pescado capturado ilegalmente en zonas de pesca cerradas o durante las temporadas de veda.

Está prohibido introducir peces explosivos, peces venenosos, peces eléctricos y otros dispositivos y aparatos, artes de pesca prohibidos y redes de tamaño inferior al mínimo de malla en la zona de pesca prohibida.