Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Por qué debería fusionarse el delito de compra de mujeres y niños secuestrados con el de detención ilegal? Porque el delito de soborno a mujeres y niños y otros delitos son conductas distintas que vulneran distintos intereses jurídicos. Los intereses legales son los derechos e intereses legales de las personas. Si el comportamiento de una persona infringe los intereses legítimos de otros y no hay excusa para la legítima defensa o la evasión de emergencia, constituye un acto ilegal y, en casos graves, un delito. En términos generales, el comportamiento ilegal atenta contra intereses jurídicos y constituye un delito. La compra de mujeres y niños secuestrados constituye el delito de compra de mujeres y niños secuestrados. El acto de compra se establece al instante. Este es un delito de conducta. Siempre que compre este comportamiento, constituye este delito. Si no se impide a la víctima regresar a su hogar, no hay necesidad de exigir responsabilidad penal. Esto no significa que no haya cometido un delito, pero el tribunal no lo hará responsable de dicho comportamiento delictivo. El delito de compra de mujeres y niños secuestrados ya está establecido en el momento de la compra y no depende del trato que se les dé. Después de la venta, si el comprador comete otros actos que lesionen sus derechos e intereses legítimos, constituirán otros delitos. Por tanto, según la interpretación de este caso, si se restringe la libertad personal después de la compra, seguramente se establecerá el delito de detención ilegal, porque no tiene nada que ver con la compra anterior. Dos actos distintos vulneraban dos bienes jurídicos diferentes y no había ficción jurídica. Según el derecho penal, varios delitos deben castigarse conjuntamente. El amigo abogado del segundo piso que piensa que constituye un delito, creo que debería aprobar primero el examen departamental y luego convertirse en abogado.

¿Por qué debería fusionarse el delito de compra de mujeres y niños secuestrados con el de detención ilegal? Porque el delito de soborno a mujeres y niños y otros delitos son conductas distintas que vulneran distintos intereses jurídicos. Los intereses legales son los derechos e intereses legales de las personas. Si el comportamiento de una persona infringe los intereses legítimos de otros y no hay excusa para la legítima defensa o la evasión de emergencia, constituye un acto ilegal y, en casos graves, un delito. En términos generales, el comportamiento ilegal atenta contra intereses jurídicos y constituye un delito. La compra de mujeres y niños secuestrados constituye el delito de compra de mujeres y niños secuestrados. El acto de compra se establece al instante. Este es un delito de conducta. Siempre que compre este comportamiento, constituye este delito. Si no se impide a la víctima regresar a su hogar, no hay necesidad de exigir responsabilidad penal. Esto no significa que no haya cometido un delito, pero el tribunal no lo hará responsable de dicho comportamiento delictivo. El delito de compra de mujeres y niños secuestrados ya está establecido en el momento de la compra y no depende del trato que se les dé. Después de la venta, si el comprador comete otros actos que lesionen sus derechos e intereses legítimos, constituirán otros delitos. Por tanto, según la interpretación de este caso, si se restringe la libertad personal después de la compra, seguramente se establecerá el delito de detención ilegal, porque no tiene nada que ver con la compra anterior. Dos actos distintos vulneraban dos bienes jurídicos diferentes y no había ficción jurídica. Según el derecho penal, varios delitos deben castigarse conjuntamente. El amigo abogado del segundo piso que piensa que constituye un delito, creo que debería aprobar primero el examen departamental y luego convertirse en abogado.