Análisis jurídico: Las deudas solidarias se refieren a deudas con más de dos deudores. Debido a la relación solidaria entre todos los deudores, todos los deudores tienen la obligación de pagar en su totalidad. El pago total de uno o más deudores es efectivo para todos los deudores, dando lugar a la eliminación de todas las relaciones de deuda. O simplemente se puede decir que cuando varias personas soportan la misma deuda, cada una de ellas soporta todas las obligaciones con el acreedor, esta es una deuda solidaria. En nuestro país existen varios tipos de responsabilidad solidaria directamente estipulados por la ley: (1) Responsabilidad solidaria en las relaciones de agencia. Se refiere a la relación de agencia entre tres partes Debido al surgimiento de asuntos legales, una parte * * * asume la responsabilidad solidaria de la otra parte. (2) Responsabilidad solidaria entre *** y el causante del daño (3) Deuda social (4) Responsabilidad solidaria en la garantía. Existen dos tipos de garantías: garantías generales y garantías solidarias. Garantía conjunta significa que cuando expira el período de cumplimiento de la deuda, el acreedor puede exigir al deudor que cumpla con la deuda y al garante que cumpla con la responsabilidad de la garantía.
Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"
Artículo 67 Si una persona jurídica se fusiona, sus derechos y obligaciones serán disfrutados y soportados por la persona jurídica fusionada. Si una persona jurídica se divide, sus derechos y obligaciones serán reclamados solidariamente por las personas jurídicas divididas, salvo pacto en contrario entre el acreedor y el deudor.
Artículo 75 Las consecuencias jurídicas de las actividades civiles realizadas por el promotor para constituir una persona jurídica serán a cargo de la persona jurídica; si no se constituye persona jurídica, las consecuencias jurídicas serán a cargo del fundador; . Si hay más de dos patrocinadores, gozarán de créditos solidarios y soportarán deudas solidarias. Un tercero tiene derecho a optar por solicitar a una persona jurídica o a un promotor que asuma las responsabilidades civiles derivadas del establecimiento de una persona jurídica para ejercer actividades civiles en su propio nombre.