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¿Es útil la Ley de Acuerdo de Vivienda?

funciona. Si un acuerdo de vivienda es jurídicamente vinculante, puede ser eficaz siempre que el sujeto tenga responsabilidad civil, exprese el verdadero significado del contrato y no viole las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos. El proceso de presentación de contratos de bienes raíces consiste en llevar los materiales relevantes al departamento de administración de bienes raíces para su presentación, esperar la aprobación y firmar el contrato después de la aprobación. El acuerdo sobre derechos de propiedad no requiere certificación notarial. El contrato de propiedad de la vivienda en sí es una especie de contrato y la certificación notarial no es un requisito importante para que el contrato de propiedad de la vivienda entre en vigor. Si el donante y el donatario negocian y acuerdan la certificación notarial, es un acto independiente de ambas partes y no está prohibido por la ley.

El contrato de propiedad del inmueble está vigente. Una de las partes puede obtener la propiedad futura de la casa según el acuerdo, pero la propiedad de la casa debe registrarse; de ​​lo contrario, la propiedad no será legalmente efectiva. El contenido de un contrato de propiedad de una vivienda sólo es jurídicamente vinculante si no viola la ley.

El contenido de un contrato de propiedad de vivienda sólo es válido si no viola las disposiciones imperativas de la ley. No existe un formato especial, siempre que el contenido del acuerdo no viole disposiciones legales, es válido.

1. Garantizar la licitud del contenido y que el contenido no pueda violar las disposiciones obligatorias de la ley.

2. El contenido del acuerdo debe ser conciso y directo, con derechos; , obligaciones e incumplimiento de contrato claramente estipuladas según el tipo de acuerdo Responsabilidades, condiciones de terminación del contrato, período de vigencia y otros elementos;

3.

4. El billete firmado y sellado es auténtico.

Base jurídica:

Artículo 143 del Código Civil

Son válidos los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones:

(1 ) El actor tiene la correspondiente capacidad de conducta civil;

(2) La intención es verdadera;

(3) No viola las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos, y no No violar el orden público y las buenas costumbres.

Artículo 153

Son nulos los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos. Son nulas las acciones judiciales civiles que atenten contra el orden público y las buenas costumbres.