Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - El hijo adoptivo cumple 17 años este año y su padre adoptivo ha sido obligado a morir. ¿Cómo disolver una relación de adopción?

El hijo adoptivo cumple 17 años este año y su padre adoptivo ha sido obligado a morir. ¿Cómo disolver una relación de adopción?

Subjetividad jurídica:

1. Condiciones para la terminación de la relación de adopción entre los padres adoptivos y sus hijos adultos adoptados

Si la relación entre los padres adoptivos y sus hijos adultos adoptados se deteriora y estos son Al no poder vivir juntos, pueden poner fin a la relación de adopción mediante acuerdo. Si la negociación fracasa, se puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular.

Dos. Condiciones para rescindir el acuerdo de adopción

1. Debe obtenerse el consentimiento de las partes. En lo que respecta al adoptante, se requiere el consentimiento de los padres adoptivos. En lo que respecta al adoptado, cuando el adoptado haya alcanzado la mayoría de edad, bastará el consentimiento del adoptado; cuando el adoptado sea menor de edad; Se debe obtener el consentimiento de los padres biológicos del niño adoptado o del tutor de la persona originalmente puesta en adopción. Si el niño adoptado tiene capacidad de identificación, también deberá obtenerse su consentimiento.

2. Las partes deben haber manejado adecuadamente sus asuntos patrimoniales y de vida, y no existen disputas. El acuerdo de adopción puede rescindirse mediante procedimientos de notariado o registro. Los procedimientos de rescisión de adopción por parte del notario público también se pueden dividir en tres etapas: solicitud, revisión y determinación. Después de que ambas partes lleguen a una resolución para dar por terminada la adopción, deben dirigirse a la notaría del lugar de registro del hogar y explicar los motivos de la terminación de la adopción. El notario deberá investigar los motivos de la terminación de la adopción y las circunstancias conexas para determinar si la terminación de la adopción se basó en los verdaderos deseos de las partes, si los motivos para solicitar la terminación de la adopción son legítimos y razonables, y si hay otras intenciones; si el manejo de las cuestiones de propiedad y vida por parte de las partes es legal; después de la revisión, si se cumplen las condiciones para la rescisión de la adopción, la adopción se certificará ante notario y se concederá la rescisión. La relación de adopción termina a partir de la fecha en que las partes reciben el acta notarial. Si no se cumplen las condiciones para la terminación del acuerdo de adopción, no se emitirá el certificado. Para disputas relevantes, se puede recomendar a las partes que presenten solicitudes de acuerdo con los procedimientos del litigio.

Las agencias gubernamentales de base o los departamentos de registro de hogares también deben revisar estrictamente las solicitudes de las partes y decidir si conceden el registro en función de las condiciones para levantar el acuerdo de adopción.

Tres. Notarización de la terminación de la relación de adopción

Significa que la agencia notarial certifica la autenticidad y legalidad de la terminación de los derechos y obligaciones de los padres adoptivos y de los hijos entre el adoptante y el adoptante o entre el adoptante. y el adoptado basándose en la solicitud de las partes interesadas.

1. La escrituración de la terminación de la relación de adopción será competencia del notario del domicilio del adoptante.

2. Cuestiones a las que se debe prestar atención al tramitar la legalización de la terminación de la relación de adopción:

(1) Las partes no confiarán a otros la legalización de la relación de adopción. terminación de la relación de adopción. Si el adoptado es una persona con capacidad de conducta civil limitada o una persona sin capacidad de conducta civil, la relación de adopción deberá ser terminada por sus padres biológicos o tutor legal de conformidad con la ley.

(2) La motivación de las partes para dar por terminada la relación de adopción debe ser legítima, y ​​no debe existir conducta que eluda el sustento y las obligaciones de manutención o atente contra la moral social.

(3) Si el adoptado alcanza la edad de 10 años, deberá manifestar personalmente su consentimiento para dar por terminada la relación de adopción e inscribirlo en el registro.

3. Si el notario concurre alguna de las siguientes circunstancias, no se admitirá la solicitud:

(1) No se ponen de acuerdo el adoptante y el adoptado que tiene capacidad de obrar. hasta la terminación;

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(2) El padre adoptivo incapacitado o limitado muere y no hay otro tutor;

(3) El padre biológico del adoptado incapacitado no está de acuerdo

(4) El adoptante o uno de los adoptados padece una enfermedad y no puede valerse por sí mismo

(5) El adoptante ha perdido la capacidad de hacerlo; trabajo y depende totalmente económicamente de la subsistencia del adoptado.

4. Para tramitar la escrituración de terminación de la relación de adopción se deberán presentar los siguientes documentos y materiales:

(1) Cédulas de residente, libretas de registro de domicilio y sus copias. de ambas partes;

(2) Notarización del establecimiento de la relación de adopción entre las partes u otros materiales de certificación que puedan probar el establecimiento de la relación de adopción;

(3) Acuerdo dar por terminada la relación de adopción;

(4) Notario público Otros materiales de respaldo que se consideren necesarios.

5. Si los padres adoptivos descubren que el niño adoptado tiene defectos físicos u otras enfermedades y solicitan terminar la relación de adopción, la relación de adopción generalmente no se dará por terminada. Pero los padres biológicos lo ocultaron deliberadamente cuando lo dieron en adopción. Se puede levantar.

Según las disposiciones legales, si la relación entre los padres adoptivos y sus hijos adoptivos adultos se deteriora y no pueden vivir juntos, pueden poner fin a la relación de adopción mediante acuerdo. Si la negociación fracasa, se puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular.