¿Cuáles son las disposiciones de la legislación laboral cuando se trabaja sin contrato?
Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, se debe celebrar un contrato laboral escrito. El empleador deberá solicitar a la agencia de seguro social el registro del seguro social de sus empleados dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo. Si no se ha realizado el registro del seguro social, después de que la unidad de pago complete los procedimientos de declaración, la agencia del seguro social verificará las primas del seguro social que debe pagar, el empleador deberá declarar por sí mismo y pagar las primas del seguro social en su totalidad y a tiempo; , y conceder exenciones o exenciones. Las primas de seguro social que los empleados deben pagar serán retenidas y pagadas por el empleador, y el empleador deberá notificar al individuo los detalles del pago de las primas de seguro social mensualmente.
Objetividad jurídica:
El artículo 10 de la “Ley de Contrato de Trabajo” exige la celebración de un contrato de trabajo escrito para establecer una relación laboral. Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, se debe celebrar un contrato laboral escrito dentro de un mes a partir de la fecha de empleo. Si el empleador y el empleado celebran un contrato laboral antes del empleo, la relación laboral se establece a partir de la fecha del empleo. Artículo 11 Si el empleador no ha celebrado un contrato laboral escrito y la remuneración laboral acordada con el empleado no está clara, la remuneración laboral del empleado recién contratado se basará en las normas acordadas en el contrato colectivo. Si no existe contrato colectivo o no hay acuerdo en el contrato colectivo, se aplicará igual salario por igual trabajo. Artículo 82 Responsabilidad legal por no celebrar un contrato de trabajo escrito Si el empleador no concluye un contrato de trabajo escrito con el empleado durante más de un mes pero menos de un año a partir de la fecha de empleo, deberá pagarle al empleado el doble del salario mensual. . Si un empleador viola las disposiciones de esta Ley y decide no celebrar un contrato de trabajo de duración indefinida con un empleado, deberá pagarle el doble del salario mensual a partir de la fecha en que deba celebrarse el contrato de trabajo de duración indefinida.