¿Las fotografías de los recibos son legalmente vinculantes?
Como prueba recabada, los recibos tienen efectos jurídicos siempre que cumplan con la objetividad, legalidad y pertinencia de la prueba.
Las fotografías se pueden utilizar como prueba y los recibos son prueba documental. En principio, deberán presentarse los documentos originales. Las fotografías, como copias, pueden presentarse legalmente como prueba, pero su efecto probatorio es bajo y deben combinarse con otras pruebas para una identificación completa.
Según las disposiciones legales al respecto, el juez puede revisar e identificar una sola prueba a partir de los siguientes aspectos:
1. la reproducción es consistente con el original o el original. ;
2. Si la evidencia es relevante para los hechos de este caso;
3. con los requisitos legales;
4. Si el contenido de la prueba es verdadero;
5. El testigo o la persona que aporta la prueba tiene algún interés en la parte interesada.
En resumen, el efecto legal de las fotografías de recibos es limitado y solo pueden considerarse copias y utilizarse como prueba auxiliar. Lo que necesitas saber es que la foto del recibo no es la original y debe estar respaldada por otra evidencia.
Base jurídica:
Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre Prueba en Litigios Civiles
Artículo 87
El juez podrá decidir desde el siguientes puntos: Revisar e identificar evidencia única desde varios aspectos:
(1) Si la evidencia es el original y si la copia o copia es consistente con el original o el original;
(2) Si la prueba está relacionada con los hechos del caso;
(3) Si la forma y fuente de la prueba cumplen con las disposiciones legales;
(4) Si la prueba el contenido de la prueba es verdadero;
(5) Testigos o pruebas aportadas Si la persona tiene un interés en la parte interesada.