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¿Las fotografías de los recibos son legalmente vinculantes?

Las fotografías de los recibos son legalmente vinculantes.

Como prueba recabada, los recibos tienen efectos jurídicos siempre que cumplan con la objetividad, legalidad y pertinencia de la prueba.

Las fotografías se pueden utilizar como prueba y los recibos son prueba documental. En principio, deberán presentarse los documentos originales. Las fotografías, como copias, pueden presentarse legalmente como prueba, pero su efecto probatorio es bajo y deben combinarse con otras pruebas para una identificación completa.

Según las disposiciones legales al respecto, el juez puede revisar e identificar una sola prueba a partir de los siguientes aspectos:

1. la reproducción es consistente con el original o el original. ;

2. Si la evidencia es relevante para los hechos de este caso;

3. con los requisitos legales;

4. Si el contenido de la prueba es verdadero;

5. El testigo o la persona que aporta la prueba tiene algún interés en la parte interesada.

En resumen, el efecto legal de las fotografías de recibos es limitado y solo pueden considerarse copias y utilizarse como prueba auxiliar. Lo que necesitas saber es que la foto del recibo no es la original y debe estar respaldada por otra evidencia.

Base jurídica:

Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre Prueba en Litigios Civiles

Artículo 87

El juez podrá decidir desde el siguientes puntos: Revisar e identificar evidencia única desde varios aspectos:

(1) Si la evidencia es el original y si la copia o copia es consistente con el original o el original;

(2) Si la prueba está relacionada con los hechos del caso;

(3) Si la forma y fuente de la prueba cumplen con las disposiciones legales;

(4) Si la prueba el contenido de la prueba es verdadero;

(5) Testigos o pruebas aportadas Si la persona tiene un interés en la parte interesada.