Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Puedo regalarle la casa que compré a mi sobrino?

¿Puedo regalarle la casa que compré a mi sobrino?

La casa que compres se la puedes regalar a tu sobrino. Los detalles son los siguientes:

1. La casa se puede entregar a un sobrino. Siempre que la casa tenga derechos de propiedad legales, se puede entregar a cualquiera.

2. Pero estrictamente hablando, el sobrino no es un familiar inmediato, por lo que hay algunos impuestos que no se pueden deducir. Teniendo en cuenta que los jóvenes pueden tener otros planes para la casa en el futuro, comprar y vender regalos puede ser una mejor opción. Sin embargo, si desea tener requisitos adicionales para su sobrino, es mejor enviar regalos y transferir la propiedad.

El donante podrá revocar la donación en cualquiera de las siguientes circunstancias:

1. Viole gravemente los derechos e intereses legítimos del donante o de sus familiares cercanos;

2., el donante tiene una obligación de apoyo pero no la cumple;

3. El incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato de donación.

En definitiva, la casa se puede regalar a familiares no directos. Los propietarios de viviendas con derechos de propiedad tienen derecho a disponer libremente de sus casas y pueden donarlas a familiares directos o no inmediatos. Para donar bienes a otros, se debe firmar un contrato escrito de donación de bienes. Si el propietario dona la casa a otra persona, surtirá efectos cuando el donatario reciba el aviso de donación. Sin embargo, la transferencia de propiedad de la vivienda debe pasar por procedimientos de registro de transferencia; de lo contrario, los derechos de propiedad no cambiarán.

Base jurídica:

Artículo 657 del Código Civil de la República Popular China

Un contrato de donación significa que el donante dona su propiedad al destinatario gratuitamente. de forma gratuita y el destinatario Un contrato en el que una persona expresa la aceptación de un regalo.

Artículo 658

El donante podrá revocar la donación antes de que se transfieran los derechos sobre el bien donado.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplica a los contratos de donación notariados ni a los contratos de donación que tengan naturaleza de bienestar público y obligación moral tales como socorro en casos de desastre, alivio de la pobreza y asistencia a discapacitados y sean irrevocables de conformidad con con la ley.

Artículo 659

Si la donación de bienes requiere inscripción u otros trámites conforme a la ley, deberán realizarse los trámites correspondientes.

Artículo 660

En el contrato de donación escriturado ante notario o en el contrato de donación con carácter de bienestar público como socorro en casos de desastre, alivio de la pobreza y asistencia a discapacitados y una obligación moral irrevocable de conformidad Si conforme a la ley el donante no entrega el bien donado, el destinatario podrá solicitar la entrega.

Si los bienes donados que deban ser entregados conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior se dañan o se pierden por dolo o negligencia grave del donante, éste será responsable de la indemnización.