Soy vendedor y tengo una disputa contractual con un cliente. ¿El cliente demandará a mi empresa o a mí personalmente? ¿Qué responsabilidad personal tendré?
Análisis Legal
Depende de si el contrato firmado con el cliente se firma en nombre de la empresa o en nombre propio. Si se firma a nombre de una empresa, según la normativa pertinente, la empresa correrá con las consecuencias, es decir, el cliente demandará a la empresa. Si está firmado a su propio nombre, el cliente deberá demandar al particular. Si firma un contrato con un cliente de acuerdo con las normas de la empresa, no tiene nada que ver con usted personalmente. Si viola las reglas de la empresa, puede ser demandado personalmente o incluso conjuntamente con la empresa. Es un contrato firmado en nombre de la empresa y el cliente. El contrato suele estar sellado con el sello oficial de la empresa, por lo que si el cliente demanda, normalmente será la empresa la que indemnizará al cliente. o rescindir el contrato con el cliente por cualquier pérdida causada por sus propios errores. Si se le considera responsable, podrá ser despedido en ese momento. Si no se despide se podrá descontar el salario correspondiente a la empresa. Sin embargo, para convertirse en un agente eficaz, el agente debe tener la capacidad civil correspondiente y no violar las leyes y reglamentos pertinentes. Si yo fuera un vendedor y firmara un contrato en nombre de la empresa, no sería responsable cuando me fuera. Debido a que se trata esencialmente de una agencia, el agente generalmente debe participar en una conducta de agencia en nombre del principal, y las consecuencias legales de la conducta de agencia pertenecen directamente al principal. Anteriormente, celebré contratos como agente de la empresa para desempeñar las funciones de la empresa. Ahora que ha dimitido, su comportamiento de agencia con la empresa ha sido eliminado y el incumplimiento de contrato por parte de la empresa no tiene nada que ver con él.
Base Jurídica
Artículo 143 del "Derecho Civil de la República Popular China" Un acto jurídico civil es válido si cumple las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la capacidad correspondiente para la conducta civil; (2) La manifestación de la intención es verdadera; (3) No viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos, y no viola el orden público y las buenas costumbres.